Hace 2 años | Por --557077-- a eldiario.es
Publicado hace 2 años por --557077-- a eldiario.es

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid contra el Real Decreto del Currículo de Bachillerato aprobado por el Gobierno en el marco de la nueva ley educativa LOMLOE al entender que "hay una elevada carga ideológica".

Comentarios

themarquesito

#5 Si se ha admitido a trámite es que se ha presentado en tiempo y forma, y que además contiene algún fundamento jurídico en el escrito por somero o estúpido que sea.

MoñecoTeDrapo

#8 #9 salvando las diferencias, ya que aquí no existe delito, pero los principios jurídicos son los mismos:
En el trámite de admisión de una denuncia o querella, el órgano jurisdiccional debe en primer lugar realizar un primer juicio sobre el carácter delictivo de la conducta. En caso de que los hechos, tal como se describen en la denuncia o querella, no constituyesen delito, el Juez o Tribunal debe inadmitirla, motivando debidamente dicha resolución (arts. 269 y 313 LECrim).
“El artículo 313 de la LECRIM ordena al Juez de Instrucción rechazar la querella (…) cuando los hechos no sean constitutivos de delito” (Auto TS de 31 de octubre de 2019, FJ 2; Auto TS de 1 de abril de 2019, FJ 2; Auto de 25 de febrero de 2019, FJ 2).

Tal inadmisión, debidamente motivada, no atenta contra los derechos del querellante o denunciante. La interposición de denuncia o querella no da derecho a su admisión ni a la práctica de diligencias, sino solo a recibir una respuesta motivada en Derecho, que bien puede ser la inadmisión. Esta respuesta, cuando los hechos descritos en la denuncia no tienen carácter delictivo, es la debida y satisface plenamente el derecho al proceso (ius ut procedatur) (STC 26/2018, de 5 de marzo, FJ 3; STC 138/1997, FJ 5)

A lo que voy es que no basta con cualquier fundamento si este es somero y estúpido, y que la admisión a trámite no solo se limita a aspectos formales (legitimidad y competencia).

j

#11 apelas a principios jurídicos pero lo que comentas son fundamentos de derecho de la ley de enjuiciamiento criminal, cuyas diferencias no pueden salvarse para hacer una comparación con el caso que nos ocupa. Sea en el ámbito contencioso como en el civil o social, la admisión de una demanda se restringe a normas de legitimidad y competencia salvando ciertas excepciones en ámbito civil en donde en ciertos procedimientos se exigen requisitos especiales de admisión como en procedimientos especiales de la Lec. No hay normas que permitan al juzgador inadmitir directamente si no se dan esos requisitos de legitimidad y competencia. En el ámbito penal pasa diferente: el juez de instrucción si de la lectura de la denuncia o querella no ve indicios de delito en los hechos puede inadmitir contra cuyo auto cabe apelación, por supuesto.
Por tanto, no se puede comparar pq simplemente son jurisdicciones con normas y principios distintos

MoñecoTeDrapo

#14 si, creo que tienes razón. Lo que me consuela e indigna simultáneamente. Por un lado por el automatismo de la decisión y por otro por los recursos públicos utilizados para que un partido político filibustee.

j

#16 para mí no cabe duda de la instrumentación que se hace de la justicia desde la política, en este caso por parte del PP madrileño en su afán de autoproclamada resistencia al gobierno. No les importa el precio de los recursos públicos siempre que sea para cumplir sus fines. En este caso, el PP habla de ideología en la ley, pero más ideológico es su demanda. Dan vergüenza

j

#5 la relevancia es la que cada uno quiera darle. La admisión de un recurso contencioso como éste se limita a comprobar que existe legitimidad para interponerlo y competencia objetiva para conocer. Dándose estos requisitos se admite el trámite. Lo relevante será la resolución sobre el fondo como han comentado más arriba

lonnegan

Lo raro es que no se admita a trámite cualquier cosa, esta es una NO noticia

D

D

#1 A ver que dice ahora la gente cuando el juez de turno diga las escuelas tienen la obligacion de ejecutar solo el 25% del currículo de Bachillerato del Gobierno... (por poner un ejemplo absurdo)

Con el tema del catalan a la peña le pareció bien que un juez se metiera en estas cosas...

D

Admitirá a trámite quemarlos luego? porque están a una caña de hacerlo junto con Ayuso en la plaza mayor

Nova6K0

Todo recurso, bien fundamentado, debe ser admitido a trámite. Y eso no significa absolutamente nada, de hecho muchas veces, aunque se admita se falla en contra.

Saludos.

MikeR

Que se tramite dice poco más que han sabido poner los nombres en el sitio correcto

Solinvictus

Definitivamente, que le den a la Mahou.
Bienvenida la Alhambra.

España toroidal.

Cehona

#10 Son mejores los atardeceres en Fisterra.

N

Qué rápido llegan al supremo "banalidades" como ésta y lo que tardan otras cuestiones realmente importantes...

P

#19 Es el Tribunal competente para conocer estos asuntos.

I tu pones una denuncia en el juzgado de lo socialpor un despido también será admitida rápidamente, aunque señal en el juicio para dentro de un año, o más.