El derecho constitucional a la libertad de expresión ya tiene su límite en los delitos de odio y el derecho a no ser ofendido no puede limitarlo porque jurídicamente no existe
Aunque la blasfemia no conste como bien jurídicamente protegido, la utilización del escarnio a los sentimientos religiosos sirve para que, en pleno crecimiento de la ultraderecha, grupúsculos de fanáticos herederos del nacionalcatolicismo exijan una protección especial de su fe para acallar la libertad de expresión de los que piensan diferente. Y esta práctica, se admitan o no a trámite las querellas, cuesta tiempo y dinero a los acusados por el hecho de ejercer su derecho constitucional de expresar libremente sus ideas, lo que desincentiva cualquier expresión contraria al catolicismo e impone el tabú sobre ideas e iconografías que son parte del espacio público y de la historia común. Es así como el pecado de blasfemia sigue latente en nuestro Código Penal no en su forma explícita pero sí en su resultado material coercitivo.
Nuestros legisladores tienen en sus manos el corregir esta discordancia entre la Constitución y el Código Penal para que por ese punto, el artículo 525 -nuestro Aleph-, no se nos cuele aquella idea arcaica de España como Estado confesional contraria al pensamiento liberal de las democracias modernas. Cerrarán así la ventanita por la que los demonios del pasado intentan volver para reclamar sus privilegios en un presente en el que ya no mandan y son ni más ni menos que uno más entre iguales.
En 1978, se elaboraron cuidadosamente las trabas adecuadas para que se avanzara lo mínimo posible en cuestión de laicismo. Y está funcionando.
#7:
#6#2 De hecho no sé si ha llegado a haber alguna condena en firme por el 525. A mí al menos no me suena. Es un sinsentido. El TEDH sólo acepta los ataques a una religión cuando inciten gravemente al desorden o la violencia, nunca las meras injurias.
#5 Otra cosa curiosa es que el 525.2 sanciona de igual modo a quien haga escarnio de quien no profese religión alguna. Yo me pregunto, ¿cuántos ateos o agnósticos conoces que estén a favor de ello o que alguna vez hayan incoado proceso por esto?
Así que no, me temo que no "todos son iguales".
#6:
#2 El problema es que a la Asociación de Abogados Cristianos, que es la que se dedica a poner querellas a troche y moche porque tira con pólvora del rey, no se le castiga adecuadamente por abuso del sistema judicial.
Comentaba hace nada con @PasaPollo que la temeridad procesal no está adecuadamente punida.
Aunque la blasfemia no conste como bien jurídicamente protegido, la utilización del escarnio a los sentimientos religiosos sirve para que, en pleno crecimiento de la ultraderecha, grupúsculos de fanáticos herederos del nacionalcatolicismo exijan una protección especial de su fe para acallar la libertad de expresión de los que piensan diferente. Y esta práctica, se admitan o no a trámite las querellas, cuesta tiempo y dinero a los acusados por el hecho de ejercer su derecho constitucional de expresar libremente sus ideas, lo que desincentiva cualquier expresión contraria al catolicismo e impone el tabú sobre ideas e iconografías que son parte del espacio público y de la historia común. Es así como el pecado de blasfemia sigue latente en nuestro Código Penal no en su forma explícita pero sí en su resultado material coercitivo.
Nuestros legisladores tienen en sus manos el corregir esta discordancia entre la Constitución y el Código Penal para que por ese punto, el artículo 525 -nuestro Aleph-, no se nos cuele aquella idea arcaica de España como Estado confesional contraria al pensamiento liberal de las democracias modernas. Cerrarán así la ventanita por la que los demonios del pasado intentan volver para reclamar sus privilegios en un presente en el que ya no mandan y son ni más ni menos que uno más entre iguales.
En 1978, se elaboraron cuidadosamente las trabas adecuadas para que se avanzara lo mínimo posible en cuestión de laicismo. Y está funcionando.
#2 El problema es que a la Asociación de Abogados Cristianos, que es la que se dedica a poner querellas a troche y moche porque tira con pólvora del rey, no se le castiga adecuadamente por abuso del sistema judicial.
Comentaba hace nada conPasaPollo que la temeridad procesal no está adecuadamente punida.
#6#2 De hecho no sé si ha llegado a haber alguna condena en firme por el 525. A mí al menos no me suena. Es un sinsentido. El TEDH sólo acepta los ataques a una religión cuando inciten gravemente al desorden o la violencia, nunca las meras injurias.
#5 Otra cosa curiosa es que el 525.2 sanciona de igual modo a quien haga escarnio de quien no profese religión alguna. Yo me pregunto, ¿cuántos ateos o agnósticos conoces que estén a favor de ello o que alguna vez hayan incoado proceso por esto?
#7 lo explica bien el artículo, en la parte que cito en el primer comentario. Aparte de que no puedes equiparar, como hacen en el código penal, religión y ateísmo, puesto que la base del ateísmo es precisamente la crítica de la religión. Los religiosos siempre se sentirán ofendidos.
El 525 no condena como delito que te sientas ofendido sino la intención de ofender. Lo hemos repetido miles de veces y ahí está el quid de la cuestión.
Es un delito que uno mismo tiene que decidir cometer, no puede el ofendido decidir si lo has cometido.
Y usar la palabra blasfemia con respecto al 525 hace llorar al niñito Jesús
#19 Pero no fue por este artículo exactamente. Fue condenado en el 82, y según este propio artículo:
En la Constitución del 1978 se vuelve al modelo de un Estado aconfesional que reconoce y garantiza la libertad religiosa y en 1983 se reforma el Código Penal para ajustarlo al nuevo marco constitucional democrático. Se elimina la protección especial a la religión católica y en la Ley Orgánica de 1988 la blasfemia deja de ser delito, aunque se mantiene como falta para suprimirse finalmente en 1989. Pero permanecerá la protección a la sensibilidad de los fieles, que se colará en el Código Penal de 1995, vigente actualmente, donde ya no queda ni rastro de la palabra blasfemia pero sigue latiendo en el artículo 525 con lo que, desde tiempos remotos, es parte de su definición: el escarnio a los sentimientos religiosos.
Que en pleno siglo XXI estemos discutiendo sobre como una secta impone sus dogmas a todos, como si no hubiéramos salido del medievo, es para hacernos reflexionar.
Me parece que cuando le conviene, la gente se hace la tonta a la hora de interpretar conceptos. Creo que cualquier ser racional entiende la diferencia entre expresarse libremente con una crítica e insultar (injuriar, técnicamente).
No es lo mismo que diga que es injusto que la Iglesia no pague IBI, por ejemplo, que cagarme en la madre que parió al Papa de Roma.
Luego, encima, esa "incapacidad" para ver lo evidente, se la aplican muchos ofendiditos también en el sentido contrario. Es decir, por un lado llegan a la insulto directo alegando libertad de expresión, pero por otro lado se ofenden ante simples opiniones, tachándolas de odio.
#16 Así es, solo hay que ver los comentarios en este foro para darte cuenta de que hacia un lado se puede insultar todo lo que se quiera, pero para el otro, cuidado....
Ya podian haber avanzado en esto en vez de otras cosas de genero.
La religion fuera de los colegios, !ya!. ni como extraescolar, no somos un estado Catolico (aunque si seamos de tradiccion catolica), el que quiera adoctrinar a su hijo que lo haga en la intimidad de su casa.
En el texto ya admite que el titular es erróneo, que no hay blasfemia, pero aun así no ha renunciado al gancho. Ya da una idea de la escasa honestidad intelectual del autor.
Es el mismo derecho al honor de los individuos aplicado a comunidades religiosas. Lo que tendría que ser una cuestión de buena educación, pero que por la existencia de gente sin ella como el autor hay que poner en la ley para evitar abusos.
No, esto no va de defender la libertad de expresión. Va de unos maleducados que quieren abusar de una comunidad religiosa, a la que odian, con impunidad. Mala gente. Veneno social.
Comentarios
Copio
Aunque la blasfemia no conste como bien jurídicamente protegido, la utilización del escarnio a los sentimientos religiosos sirve para que, en pleno crecimiento de la ultraderecha, grupúsculos de fanáticos herederos del nacionalcatolicismo exijan una protección especial de su fe para acallar la libertad de expresión de los que piensan diferente. Y esta práctica, se admitan o no a trámite las querellas, cuesta tiempo y dinero a los acusados por el hecho de ejercer su derecho constitucional de expresar libremente sus ideas, lo que desincentiva cualquier expresión contraria al catolicismo e impone el tabú sobre ideas e iconografías que son parte del espacio público y de la historia común. Es así como el pecado de blasfemia sigue latente en nuestro Código Penal no en su forma explícita pero sí en su resultado material coercitivo.
Nuestros legisladores tienen en sus manos el corregir esta discordancia entre la Constitución y el Código Penal para que por ese punto, el artículo 525 -nuestro Aleph-, no se nos cuele aquella idea arcaica de España como Estado confesional contraria al pensamiento liberal de las democracias modernas. Cerrarán así la ventanita por la que los demonios del pasado intentan volver para reclamar sus privilegios en un presente en el que ya no mandan y son ni más ni menos que uno más entre iguales.
En 1978, se elaboraron cuidadosamente las trabas adecuadas para que se avanzara lo mínimo posible en cuestión de laicismo. Y está funcionando.
#2 El problema es que a la Asociación de Abogados Cristianos, que es la que se dedica a poner querellas a troche y moche porque tira con pólvora del rey, no se le castiga adecuadamente por abuso del sistema judicial.
PasaPollo que la temeridad procesal no está adecuadamente punida.
Comentaba hace nada con
#6 #2 De hecho no sé si ha llegado a haber alguna condena en firme por el 525. A mí al menos no me suena. Es un sinsentido. El TEDH sólo acepta los ataques a una religión cuando inciten gravemente al desorden o la violencia, nunca las meras injurias.
#5 Otra cosa curiosa es que el 525.2 sanciona de igual modo a quien haga escarnio de quien no profese religión alguna. Yo me pregunto, ¿cuántos ateos o agnósticos conoces que estén a favor de ello o que alguna vez hayan incoado proceso por esto?
Así que no, me temo que no "todos son iguales".
#7 Bueno, exactamente iguales no van a ser.
Nadie es exactamente igual a otro.
#8 No, ni exactamente iguales ni iguales a secas en esto, me temo.
#7 lo explica bien el artículo, en la parte que cito en el primer comentario. Aparte de que no puedes equiparar, como hacen en el código penal, religión y ateísmo, puesto que la base del ateísmo es precisamente la crítica de la religión. Los religiosos siempre se sentirán ofendidos.
#9 Los religiosos siempre se sentirán ofendidos.
El 525 no condena como delito que te sientas ofendido sino la intención de ofender. Lo hemos repetido miles de veces y ahí está el quid de la cuestión.
Es un delito que uno mismo tiene que decidir cometer, no puede el ofendido decidir si lo has cometido.
Y usar la palabra blasfemia con respecto al 525 hace llorar al niñito Jesús
#7 Que yo sepa el Cabrero acabó en la cárcel por decir me cago en dios.
#19 Pero no fue por este artículo exactamente. Fue condenado en el 82, y según este propio artículo:
En la Constitución del 1978 se vuelve al modelo de un Estado aconfesional que reconoce y garantiza la libertad religiosa y en 1983 se reforma el Código Penal para ajustarlo al nuevo marco constitucional democrático. Se elimina la protección especial a la religión católica y en la Ley Orgánica de 1988 la blasfemia deja de ser delito, aunque se mantiene como falta para suprimirse finalmente en 1989. Pero permanecerá la protección a la sensibilidad de los fieles, que se colará en el Código Penal de 1995, vigente actualmente, donde ya no queda ni rastro de la palabra blasfemia pero sigue latiendo en el artículo 525 con lo que, desde tiempos remotos, es parte de su definición: el escarnio a los sentimientos religiosos.
Al pobre lo pillaron un año antes de la reforma.
Cago en Dios y en to el santoral, no jodas.
Que en pleno siglo XXI estemos discutiendo sobre como una secta impone sus dogmas a todos, como si no hubiéramos salido del medievo, es para hacernos reflexionar.
Es que a lo de sentirse ofendidos juegan todos.
De hecho, en este artículo hay gente que se siente ofendida porque los religiosos pueden sentirse ofendidos.
Y de hecho el asunto va a más, y por estas cosas ahora hay menos libertad de expresión que antes (y por la ley mordaza)
Menos mal que no me escuchan cuando me cabreo,me lloverían las querellas...
Me parece que cuando le conviene, la gente se hace la tonta a la hora de interpretar conceptos. Creo que cualquier ser racional entiende la diferencia entre expresarse libremente con una crítica e insultar (injuriar, técnicamente).
No es lo mismo que diga que es injusto que la Iglesia no pague IBI, por ejemplo, que cagarme en la madre que parió al Papa de Roma.
Luego, encima, esa "incapacidad" para ver lo evidente, se la aplican muchos ofendiditos también en el sentido contrario. Es decir, por un lado llegan a la insulto directo alegando libertad de expresión, pero por otro lado se ofenden ante simples opiniones, tachándolas de odio.
En resumen, mucha demagogia en estos asuntos.
#16 Así es, solo hay que ver los comentarios en este foro para darte cuenta de que hacia un lado se puede insultar todo lo que se quiera, pero para el otro, cuidado....
#17 Al fin y al cabo, en España, política y religión van de la mano.
Ya podian haber avanzado en esto en vez de otras cosas de genero.
La religion fuera de los colegios, !ya!. ni como extraescolar, no somos un estado Catolico (aunque si seamos de tradiccion catolica), el que quiera adoctrinar a su hijo que lo haga en la intimidad de su casa.
La ofensa en el código penal, es tan ridículo como creer que los muertos resucitan.... oh wait....
Jehová!!
#13 Hastur.
En el texto ya admite que el titular es erróneo, que no hay blasfemia, pero aun así no ha renunciado al gancho. Ya da una idea de la escasa honestidad intelectual del autor.
Es el mismo derecho al honor de los individuos aplicado a comunidades religiosas. Lo que tendría que ser una cuestión de buena educación, pero que por la existencia de gente sin ella como el autor hay que poner en la ley para evitar abusos.
No, esto no va de defender la libertad de expresión. Va de unos maleducados que quieren abusar de una comunidad religiosa, a la que odian, con impunidad. Mala gente. Veneno social.
Me acuerdo de mi abuelo que solía decir: "Me cago en don Dios, por no faltarle al respeto"
¿Osea que si me invento una religion con un dogma ad hoc puedo meter en problemas a quien quiera?
La semántica riojana está formada por:
Sujeto, cagondios y predicado.
Y según muchos, ahí se inventó el idioma.