Hace 4 años | Por inar a linkedin.com
Publicado hace 4 años por inar a linkedin.com

Hoy hablaré de la famosa sentencia de Google Spain y del Caso C-136/17 GC y otros contra CNIL, en el que se explican los motivos legales para el procesamiento de datos de categoría especial. FUNDAMENTAL para entender qué datos podemos pedir que se retiren de nosotros, y por qué. El derecho a ser olvidado es esencialmente el concepto de que las personas tienen derecho a solicitar que se eliminen sus datos (recopilados por otros). Pero ¿cuáles son los derechos aquí en juego? Dos, el derecho a la privacidad y el de a la libertad de expresión.

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inar

La segunda parte:
¿Tenemos derecho a que Google olvide nuestros datos a nivel global? O, ¿el Derecho al Olvido tiene límites territoriales? (II)
¿Podemos pedir a Google que nos olvide en nuestro país, Y EN TODO EL MUNDO?

¿Derecho al Olvido, global, o no?. Pues, como siempre, la primera respuesta a esta pregunta no es la que nos va a dar las pistas, sino los matices a esta respuesta. Vamos allá con el hilo.

Antes de entrar de lleno en esta nueva sentencia, vamos a recordar qué se consiguió en las dos sentencias de Derecho al Olvido anteriores explicadas en el hilo de la semana pasada, que lo podéis leer aquí en formato artículo ...

https://www.linkedin.com/pulse/tenemos-derecho-que-google-olvide-nuestros-datos-o-el-manuela/