Hace 9 años | Por abe_ilicitano a elblogsalmon.com
Publicado hace 9 años por abe_ilicitano a elblogsalmon.com

Como pasa el tiempo. Hace ya cinco años os expliqué una pequeña escapatoria fiscal de nuestro marco legal en Propuesta de reforma fiscal: eliminar la exención de la plusvalía del muerto. Lo cierto es que me quedó la sensación de que no había sabido explicar bien lo que es una de las opciones fiscales más interesantes, así que hoy vuelvo a la carga, a explicar explícitamente cómo hacerle un "sinpa" a Hacienda mediante la plusvalía del muerto y los fondos de inversión.

Comentarios

ccguy

#5 Porque los ahorros una vez que se transfieren a otra persona ya no son ahorros; son una herencia.

Es como si yo te pago a ti 1000 euros por un servicio. Yo ya había pagado impuestos para tener esos 1000 euros (seguramente fueran 1300 antes), y a ti te toca volver a pagar sobre ellos.

noloquiero

#8 Pues depende. Te pongo un caso. Un matrimonio trabaja duro durante toda su vida y con su esfuerzo consiguen hacerse con cierto patrimonio, por ejemplo un piso. Pues si uno de los dos se muere y la herencia es de uno para otro, tócate los pies que tienes que volver a pagar impuestos por el piso que os comprasteis entre los dos y del que ya pagasteis impuestos en su momento (y los sigues pagando, of course, que el IBI no lo regalan).

Stash

#8 no digo que el heredero no deba pagar por los rendimientos de la herencia después de adquirida sino que no entiendo tener que pagar por el simple hecho de la transmisión cuando aún no han generado rendimientos o plusvalías.

Si yo heredo 100€ el uno de enero es justo que pague por lo que a partir de ese momento me rinda. Pero no entiendo tener que pagar por esos 100€ el día uno.

oliver7

#5 No entiendo. A mi estos temas económicos como que no tengo idea. ¿Podrías explicarlo para un newbie en este tema como es mi caso? Gracias.

Stash

#14 Situación más o menos aproximada y salvo error u omisión:

Tu padre tiene un total de 100.000€ en una cuenta normal de ahorro que ha ahorrado trabajando.
Cuando ha ganado ese dinero ha pagado impuestos (IRPF por rendimientos del trabajo).
Ese dinero le renta un 5% en el banco con lo que al año le gana 5.000€ en intereses. De esos 5.000€ paga el 25% (tipo de ejemplo) a hacienda en impuestos por rentas del capital mobiliario.
Ahora volvamos a los 100.000€ 'pelaos'

----- SIN FONDO DE INVERSIÓN -----
Tu padre fallece (dios no lo quiera) y heredas su dinero.
En el momento de heredar Hacienda te exige el pago del impuestos de sucesiones por esos 100.000€ que, según las tablas generales, supondría un 18,70% (salvo que la comunidad autónoma tenga dispuesto otro tipo). Es decir, solo por el simple hecho de heredar, en el momento de hacer la liquidación con hacienda, debes pagar 18.700€ en impuestos, con lo que realmente te queda de herencia 81.300€

A partir de ese momento, y todos los años, tendrás que pagar el 25% de lo que te renten esos 81.300€


----- CON FONDO DE INVERSIÓN -----
Lo que plantea el artículo es que si tu padre se lo ha leído hará una cosa.
Invierte hoy esos 100.000€, que no se va a gastar y que os quiere dejar en herencia, en un fondo de inversión (F.Ibex 35 http://www.ingdirect.es/fondos-inversion/ por ejemplo).

Tu padre muere al salir de la firma del banco (ya lo siento que sea dos veces) con lo que tu vas a heredar ese fondo con los 100.00€ íntegros. Al ser un fondo de inversión queda exento de tributar por impuesto de sucesiones, esto es, el 18.70% del caso anterior, con lo que tu heredas un fondo que tiene 100.000€.
Total que te has ahorrado pagar hasta ahora el 18.70% del impuesto de sucesiones al momento de heredar (18.700€).

Lo que si tendrás que pagar, casi como en el caso anterior, es el 25% de impuestos de los beneficios obtenidos por el fondo, pero solo cuando saques la pasta. Si lo dejas tres años, tres años que no pagas IRPF por ellos. Si lo sacas al año y te han rentado un 33.27% en total (33.270€), pagarás el 25% de los 10.000 (8.317€).

----- Resumen ---
Que siendo legal ambas situaciones, si se pretende dejar en herencia pasta, es mejor hacerlo con el dinero metido en un fondo de inversión. No pagas IRPF mientras el dinero esté dentro y cuando lo heredan tus herederos lo heredan todo y no pagan por heredarlo.
Contratar un fondo lo puedes hacer a partir de 1€ como en el caso de ING que te he puesto y lo puedes hacer online. No tienes que ir al despacho del banquero con un testaferro.

Stash

Fe de erratas de #15.
Donde dice: "Si lo sacas al año y te han rentado un 33.27% en total (33.270€), pagarás el 25% de los 10.000 (8.317€)."
Debe decir: "Si lo sacas al año y te han rentado un 33.27% en total (33.270€), pagarás el 25% de los 33.270 (8.317€)."

cc/ #14

D

Cada vez hay más familias que no pueden pagar la mordida del impuesto de sucesiones. Como tengas pocos recursos y estes en paro lo mismo incluso te desahucian de la casa de tus padres donde has vivido toda tu vida.

M

#7 Pero lo que se comenta en el post no es ninguna trampa ni ninguna burla a la ley, no se está haciendo ningún tipo de triquiñuela. Además que tener un fondo de inversión no es nada del otro mundo, en este caso los impuestos se van a pagar por medio del impuesto de sucesiones. No habría ninguna diferencia si el finado sacara la pasta antes de palmar, pagara impuestos, se lo fundira todo en coca; el estado iba a ingresar su parte.

w

Hablar de los Fondos de Inversión es una desverguenza; en un país con 6 millones de parados, 30% de pobreza, 500.000 exiliados económicos, con salarios que no llegan al día 15, con hospitales cerrados, con pobreza energética. No hay derecho a hablar de productos financieros cuando la Gran Banca oprime al Estado, y este, a los ciudadanos.

Carta de Pablo Iglesias a los Corintios, año 1 Era Podemista

D

#0 He dejado aviso en Ntm sobre este envío. @1996227

ailian

#1 Gracias por avisar, votada positivo.

D

#3 Ahí se ve la integridad de cada cual... gracias por votar en consecuencia y por comentar.

#6 Tal vez en el mismo concepto de "burla a la ley". Ley no es igual a moral.

Podríamos apelar al ejemplo dado por los políticos y sus mismas evasivas para cobrar más y pagar menos. Pero aceptar y llevar a cabo esto nos convertiría en nuestro mismo objeto de crítica, de tal modo que es incluso preferible renegar del ejemplo de nuestros "padres" estatales antes que seguir su infame camino.

O eso, o dejar de llamarles corruptos. Porque por la misma regla de tres, no lo son si asumimos este "vericueto legal" que hasta el día de hoy pudiera permanecer oculto. Entonces aceptaríamos que ellos no son estrictamente corruptos, simplemente "Herméticos", manejan información que al usuario medio se les es premeditadamente vedada (lo cual es ya una forma de corrupción al no ser mentira, pero ser "media verdad").

Dab

#7 Lo que yo nunca podré entender es la gente que era y es capaz de invertir 100.000 euros en acciones, bonos, preferentes o llámalo como quieras, pero no son capaces de pagarle 35 euros a un asesor para que se lo mire y se lo remire.

cathan

El titular es erróneo, no es un "simpa"; pagas, pero te devuelven una parte (en caso de haber obtenido beneficios financieros por otro lado con los que compensarlos).

El cabreo de #1 me parece pueril, pues el artículo solo te explica cómo hacer una cosa completamente legal sin tener que acudir a una asesoría fiscal. Es como cabrearse por recalcular la declaración de la renta en vez de aceptar el borrador.