Hace 9 años | Por Ka0 a xataka.com
Publicado hace 9 años por Ka0 a xataka.com

Cada vez que comienza un año, se libera un montón de obras culturales y pasan a ser de dominio público. Si nos ceñimos a la legislación de la mayoría de los países europeos nos encontramos con un plazo de 70 años desde la muerte de su autor. 2015 va ser un gran año en este sentido por la cantidad (y calidad) que engrosan esta lista.

Comentarios

D

#8: Absurda sería en otro país, aquí es lo normal. Y da gracias que no sea: "Trompetea como puedas" o "Tú la tuba y yo el trombón".

Wayfarer

#8 Sí, pero es la primera foto que sale al buscar Glenn Miller en Google.

Periodismo de nivel, ¿eh?

#25 Lo has clavado lol

cathan

#1 Ya no tienes que pagar derechos por reproducir esas obras. Por ejemplo, si quieres hacer una lectura pública de El Principito, puedes hacerlo sin pasar por caja, o si quieres editar tu propia versión del libro también puedes hacerlo.

Con la foto o la pintura creo que sucede igual: ya no tiene copyright porque el fotógrafo falleció hace 70 años: puedes reproducirla y montarte una exposición sin pasar por caja. Si siguieran sujetas a copyright entonces no serían de dominio público.

Por eso hay por ahí, por ejemplo, cientos de ediciones diferentes de El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha, como está libre de derechos cualquier editorial puede coger el texto y publicarlo.

N

¿Ian Fleming escribió Chitty Chitty Bang Bang? Las cosas de las que se entera una...

javierchiclana

#0 Comprueba el género del titular, aún siendo el de la fuente creo que "estos" sería lo correcto...

Nova6K0

Cuando una obra pasa a dominio público sólo expiran los derechos patrimoniales:

- Derecho de copia: Reproducción o copyright, que no se debe confundir con lo que en países anglosajones se denomina "copyright" también llamado derecho anglosajón, si bien es cierto que está fuertemente ligado al derecho de copia.
- Distribución.
- Comunicación pública
- Transformación (traducirla, adaptarla...)
- Colección: El derecho de hacer colecciones y catálogos de sus obras
- Otros relacionados: Compensación (canon por copia privada) y participación (por ejemplo los autores plásticos reciben una pequeña parte por la reventa de sus obras)

Todos estos expiran, que son precisamente los relacionados, con lo económico, y por tanto son derechos económicos.

Es decir que siempre que se respete los derechos morales (autoría e integridad de la obra. La autoría obviamente ya se sabe que es. La integridad de la obra es el derecho del autor a que no se hagan obras derivadas de ella y no cambie su esencia. En todo caso salvo el primer derecho que es irrenunciable el segundo no todos los autores lo ejercen. Y básicamente porque chocaría con la transformación y adaptación de la obra. Significando que si la obra entra en dominio público el derecho de integridad de la obra está por encima del de transformación o básicamente significando que el autor sólo te deja su obra tal cual, pero no te permite modificarla de ninguna forma. Por cierto esto es muy similar a la licencia CC sin obra derivada, de las licencias, digamos menos restrictivas) podrás hacer lo que quieras.

Por cierto hay una gran diferencia entre los derechos morales y los patrimoniales. Estos primeros son inalienables, es decir no se puede en un contrato hacer una transferencia de estos derechos. No se puede renunciar a ellos (irrenunciables) nunca se pierden, es decir son imprescriptibles y además tampoco se pueden embargar (inembargables). Y sinceramente para mí, son los derechos puros de autor y los verdaderos derechos.

Por eso digo que no hay ninguna ley que diga que tienes que ser millonario con tus obras, pero la misma si te obliga a ser el autor de dichas obras (cosa tonta el querer renunciar a su autoría, por muy mal que lo hagas, je je)

Salu2

ElPerroDeLosCinco

O sea que cuanto antes muera un artista, antes pasará su obra al dominio público.

...Yo no quiero dar ideas, pero ahí os dejo el dato a los admiradores de Justin Bieber.

D

#21 qué cabrón lol

Aquí y en este momento declaro "transgresora obra de arte" el irreverente acto de abrir una de esas putas latas a ver qué hay dentro. Quien tenga una y lo haga, verá automágicamente duplicado el precio de su inversión.

A ver si cuela.

D

"la legislación de la mayoría de los países europeos". Y en España ¿cómo vamos? Que lo mismo se sacan una ley para que estas obras en España pasen a ser propiedad de CEDRO, SGAE y sus primas hermanas...

o

A ver cuando pasan a ser de dominio libre esas obras que eran cacas de warhol puestas en una lata

D

#6 diría que eso es Manzoni. Lo de Warhol eran meados.

D

#9 Eran de piña. Sólo Latas de piña.
Saludos.
Y por cierto, Marinetti estará partiéndose la caja en su caja con esta noticia.

D

#19 no sé si me hablas de Manzoni o de Warhol. En cualquier caso miraré dos veces las latas de piña cuando las abra.

D

#20 De Manzoni, Piero, (13 de julio de 1933 - 6 de febrero de 1963) y todo lo relativo a las latas etiquetadas como Mierda de Artista, son un enorme fake del arte de S. XX y las Vanguardias históricas. No crea nada de nada.
Saludos

Shotokax

Anda, la foto es del abuelo de Rafael Hernando, no?

Crul

Mi reino por una nueva edición de Tierra de Hombres.

ktzar

Al ser de dominio público, ¿puedes incluso publicar El Principito poniéndote a tí como autor?

D

#12 de la wiki: [...] las obras pueden ser explotadas por cualquier persona, pero siempre respetando los derechos morales de sus autores (básicamente la paternidad), pues lo que en realidad expira son los derechos de autor de carácter patrimonial [...]

Ahí entiendo que lo que expira es el derecho de copia y que la autoría no (supongo que no expira nunca).

angelitoMagno

#12 No. Lo que si puedes hacer es una película de El Principito sin tener problemas legales. Es lo que pasa con la obra de Lovecraft, que cualquiera puede sacar juegos de rol, de tablero o de ordenador basados en los Mitos de Cthulhu sin tener que pagar derechos a nadie.

Lo interesante es que se queden libres los derechos de las novelas de Ian Fleming. Porque en teoría, ahora cualquiera podría adaptar las novelas de 007 sin tener que pagar derechos a Metro-Goldwyn-Mayer. Vamos, que si a la HBO le da la gana sacar una serie de televisión sobre James Bond podrían hacerlo.

N

#12: No, los derechos morales como "la autoría de la obra y la integridad de la misma" no expiran nunca, al menos en la ley española. Otra cosa es que quisieras hacer secuelas, precuelas o versiones. Ahí tienes vía libre, pero tienes que poner "basada en la historia original de..."

D

Entonces que sucede con el diccionario, donde se encuentran las palabras que ya estan libres de derechos ? Y por lo mismo: ¿ se pueden registrar palabras y su definicion p. Ej. Selfie ?

N

Y si esto sucede cada cierto tiempo, como es posible que hace unos años el pueblo de fuenteovejuna tuviera problemas con la SGAE por reproducir la obra del Fénix de los Ingenios...¿Alguien sabe de esto? no lo entiendo...

pd: se que hace poco se liberó también la obra de Arthur Conan Doyle, por si alguien quiere escribir un remake de Sherlock Holmes.
Pd2: ¡Que sexys las portadas de James Bond! así dan ganas de leer y todo.

Cerdopolla

Genial!!!

Por fin serán de dominio público las obras del tío que pintaba rectas, curvas y círculos coloreados, del tío que pintaba a acuarela de la mala, del tío que pintaba cuadrados y rectángulos, del franchute del libro ñoño y del estupendo ideólogo que dibujaba letras descolocadas, sin olvidarnos del tío que tocaba el trombón.