Hace 5 años | Por exmarginalexquo... a lamarea.com
Publicado hace 5 años por exmarginalexquoque a lamarea.com

Más allá del caso del cantante Evaristo Páramos, el uso del término ‘retener’ se ha normalizado, especialmente a raíz de la aprobación de la Ley Mordaza. Por ello, hemos consultado a diversas fuentes jurídicas sobre las consecuencias de la normalización de una figura que el Tribunal Constitucional ya rechazó en una sentencia en 1986 porque no hay “zonas intermedias entre detención y libertad”. Una “trampa semántica” que incluso podría trasladar a la ciudadanía la sensación de que es menos grave que ser detenido...

Comentarios

D

#2

No, no vulnera la Constitución porque el tribunal constitucional no ha dicho eso.
Que lo digas tú o cualquier pimplin en Tuiter no es suficiente

D

#8 Por supuesto que está politizado

(menos cuando votan a mi favor, que entonces son profesionales y objetivos...)

Maelstrom

#8 Deseoso estoy por ver tu fulgurante carrera en la judicatura con las tablas de la Ley.

Bley

#8 Tendrás pruebas como para ir soltando semejantes injurias y calumnias.

Wintermutius

#1 Yo creía que se retenía el tiempo necesario para que acudan los agentes que te identifiquen, detengan, etc. O te suelten. Vamos, que retener no es nada. Es solo un trámite físico previo a uno legal.

Eso sí, si te vas, entonces te podrían detener por resistencia a la autoridad, o darte a la fuga, o algo así, que como es un delito flagrante, ya lo pueden hacer. Aunque no hubiera delito previo.

Seguro que a cualquiera de nosotros se nos ha requerido alguna vez para que contáramos lo que habíamos visto en un accidente, pelea o suceso. Pues se nos estaba reteniendo para aclarar lo sucedido.

Está feo contar que a Evaristo se le retuvo. Incluso sabiendo que a lo mejor estaba feo lo que dijo.

Sinfonico

#14 "Seguro que a cualquiera de nosotros se nos ha requerido alguna vez para que contáramos lo que habíamos visto en un accidente,"...
No es justo así, un agente puede pedirte que cuentes lo ocurrido, pero no tienes por qué hacerlo si no quieres,otra cosa es que te citen en un juicio.
Dicho esto queda claro que ni te retienen, porque lo haces voluntariamente y en caso de negarte no te pueden retener, como mucho se te identificará y se te citará en un juicio, si procediera, pero tienen que dejarte marchar, otra cosa es que te detengan porque consideren que tu testimonio es importante.

KirO

#20 si contestas te esta reteniendo sin ir en contra de tu voluntad. Igual que el ascensor te retiene en el descansillo hasta que llega.

Si te requieren la documentación, para comunicarte una denuncia por ejemplo, te retienen independientemente de tu voluntad, porque tú te puedes ir, pero cometiendo un delito al no cumplir con el requerimiento.

Sinfonico

#28 Si contestas te estás prestando voluntario, osea que nadie te retiene si te prestas voluntario.
El ascensor no te retiene, eres tú el que decide usarlo, eres tú el que se retiene.

Si te requieren la documentación te están identificando,una vez identificado eres libre de irte si no te detienen.
Estás obligado a identificarte, no a quedarte con el policía el tiempo que a él le parezca.Para esto debe detenerte.

a

#20 que hay del delito de desobediencia?

Sinfonico

#30 No hay delito de desobediencia mientras ejerces tu derecho a no declarar.

a

#34 los testigos no tienen derecho a no declarar

Sinfonico

#36 Por supuesto que sí, cualquiera tiene derecho a guardar silencio...¿de dónde sacas tamaña mentira?

Ley de Enjuiciamiento Criminal:

“Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no desea hacerlo, y a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen” (art. 118 LECrim)

“a) Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el juez. b)Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.” (art. 520.2 LECrim.)

a

#39 tu lo has dicho, enjuiciamiento criminal. Pero no eres un acusado sino un testigo.

Y un testigo tiene la obligación a declarar y a decir la verdad.

Sinfonico

#40 Creo que no me has leído desde el principio,estamos hablando de la obligación de declarar ante un policía, si un juez te cita es evidente que estás obligado a declarar.

D

Entonces, por ejemplo, si hacen una redada en un pafeto y no te dejan salir mientras terminan, ¿qué estás?, ¿en el limbo?

Lo pregunto en serio, porque no tienes libertad para irte pero no estás detenido.

O cuando te paran a hacer un control alcoholímetro, o cuando te paran para pedirte el carnet, o cuando ha habido un accidente y no quieren que nadie se vaya hasta ver qué ha pasado...

D

#6
Esa pregunta que haces es de fachas, que lo sepas. No se puede parar a nadie, porque es antidemocrático.

Te tengo calado, cuidado con lo que escribes.

D

#6 #7 Una pregunta, ¿os habéis leído el artículo?
Porque lo explican bastante bien.

againandagain

#12 No, no lo han leido, no sea que aprendan algo.

D

#6. Vaya, MNM no me permite votar ni editar... Te debo el positivo por hacer pensar...

D

#6 o estás detenido o estás libre , no hay medias tintas . Pero la detención es impedir a una persona si libertad ambulatoria , sea para efectuar una comprobación o pagar ponerlo a disposición judicial

redscare

#6 Los controles de carretera tienen legislación específica que los cubre. Si no te dejan salir de un pub tras identificarte y cachearte es detención ilegal (buena suerte con la denuncia, pero eso no quita que sea ilegal). La identificación también está cubierta por doctrina específica del supremo o constitucional, y legalmente no pueden llevarte a otro sitio para hacerlo. Y si ha habido un accidente te pueden identificar y PEDIR que te quedes a declarar (o citarte una vez identificado) pero no obligar. Sobre el papel es básicamente puro sentido común. La realidad ya tal.

a

#6 digamos que no estas detenido, pero al irte estarías cometiendo un delito de desobediencia y podrían detenerte.

D

#31 que en la práctica es estar retenido

a

#35 solo que ese término no existe jurídicamente

D

#37 Entonces el titular "El concepto “retención” es ilegal" no es correcto, el concepto (y el hecho) existe, pero no la forma jurídica.

Maelstrom

El artículo entra en varias contradicciones palmarias. O se puede retener o no se puede, pero no decir que sí se puede en ciertas circunstancias (identificación para efectuar una denuncia o como prevención para la comisión de un ilícito, etc.), para luego negar la mayor enteramente confundiéndola con una detención.

D

Ya se ha dicho todo. Cualquier agente de la autoridad puede "retenerte" mientras se recaban datos, te identifican y tal.

De hecho cualquier ciudadano puede "retenerte" solo el tiempo necesario y con el uso mínimo de la coacción, hasta que se presente una patrulla.

S

#18 Eso que dices es una detención y serás citado al juzgado como testigo y pueden pedirte explicaciones, mínimas ya que tu no eres policía y si es todo lógico sin problema.

Y en el caso de Evaristo es simple. Si grita "policías hijos de puta" entre canciones eso no está amparado en libertad de expresión ya que no es una sátira en una canción y mas si fue dirigida a los presentes en el concierto, guardia civil. De ahí que le cojan y le pidan la documentación para tramitar una sanción, como no la tenía encima fueron con el a buscarla para hacer la notificación. Así de fácil.

m

#19 igual que así de fácil #18 tiene razón, en determinados casos sin ser agente de la autoridad, un cuiudad puede retener o incluso detener.

Correcto también es que casi con total probabilidad serás identificado para prestar declaración posteriormente.

D

Que se cometan algunos excesos no debe hacernos decir incoherencias... Si te han de identificar los agentes, estas temporalmente "retenido" que no es mas que una interrupción temporal de la libertad deambulatoria, que debe ser justificada.
Los tramites básicos para esa identificación, la información de que vas a ser denunciado y el porqué (un derecho reconocido) y otras circunstancias están mas que recogidas y reconocidas en el ordenamiento jurídico español.
Todo tiene límites y se exige justificación. No se puede dilatar esos trámites en el tiempo mas que lo necesario. Los traslados a comisaria o cuartelillo son el último recurso desde hace años... Pero si te van a denunciar, es preceptivo para dar curso el identificarte correctamente, e informarte del echo que provoca tal situación (os recuerdo que es un derecho que os informen de forma clara y comprensible de los motivos) y los derechos que te asisten como denunciado. Eso necesita tiempo, y si los agentes te piden apartarte a un lugar menos público y mas discreto
(ojo! no en un cuarto cerrado que os conozco ) te están reconociendo otros derechos (intimidad e imagen por ejemplo) y lo están haciendo correctamente.
Otra cosa es que estemos o no de acuerdo con la denuncia, que se puede recurrir. Si yo llamo en un vídeo de Youtube "hijos de puta" a los pelirrojos... Puede que se molesten y acaben denunciandome. Otra cosa es que llegue a ser sancionado.
No quiero extenderme mas en cosas tan de sentido común, y me reafirmo en que se esta tensando la cuerda por parte de ambos "frentes" y no tiene pinta de que acabe bien para ninguno.

D

detencion momentanea

marioquartz

Me pregunto como es posible que se pueda publicar algo de La Marea aquí. Pero si se les ha pillado muchas veces. En fin...

Se puede retener temporalmente hasta aclarar si te llevan detenido o te dejan ir.
Lo que hay que leer.

m

“los uniformados que llegaron a continuación, llevar visibles sus placas identificativas”.....mejor paro de leer wall

marioquartz

#22 Ve mal algo que es bueno.

I

Es decir. Legalmente sólo le podían haber parado para identificarlo o lo demás detenerlo. ¿No le conocen o que? otro absurdo más, "Identificar" al cabeza de cartel que es conocido por todo el mundo (bueno, en los cuartelillos igual son más de Manolo Escobar).

No se si es legal o ilegal pero aquí en el país Vasco era habitual que la Guardia Civil te parase en cualquier carretera solitaria, hiciese dejar todos tus efectos sobre el vehículo, te apartase de el y te tuviese contra una pared encañonado haciendo ruidos con el arma mientras tardaban media hora en "identificar" y registrar el vehiculo sin tu presencia. Decían que eran controles "anti-terroristas" bastante paradójico teniendo en cuenta el terror que causaba estar mirando a una pared mientras tenias a un tío detrás haciendo ruidos metálicos con un arma.

S

#32 Para proponer una sanción hacen falta muchos datos. Nombre, apellidos, DNI, nombre de los padres, fecha y lugar de nacimiento, domicilio para notificaciones etc

Vamos, lo que ves en tu DNI por detrás.

Por cierto, las armas no hacen ruídos cuando las mueves como en las películas.

D

No, la policía no puede parar a nadie. Tiene que pedir la documentación en movimiento . Freaks ...