#4:
Bastaba con haberse leído la Constitución, esa que tanto dicen defender. Artículo 88
Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos
Pablo Casado ha confundido proyecto de ley con proposición de ley, que son dos cosas distintas. La proposición de ley es cuando la iniciativa legislativa procede del Congreso, del Senado, o de una Iniciativa Legislativa Popular.
Artículo 89. 1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87.
2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.
Lo que dice el artículo 87 mencionado en el anterior citado es esto:
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.
3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
#1:
El PP desautorizando aún más a Llarena, pretendiendo modificar la ley vigente para que lo ocurrido si se repite sí pueda ser delito.
#25:
#20 Anulen las condenas e impongan al estado español el pago de cuantiosas multas a los políticos catalanes que han sido encerrados injustamente. Vamos, que nos van a sacar la pasta y los colores.
Pd: no soy de Cataluña.
#5:
Hablan para sus votantes. No digo ná y lo digo tó.
#20:
#1 saben que en cuanto haya condena firme a Junquera y demás van a ir subiendo recursos hasta Estrasburg donde lo más probable es que anulen las condenas....
#11:
#9 Yo pienso que no serviría de nada. En cinco minutos montan otro partido.
Yo confío más en los efectos pedagógicos de la cárcel.
¿Has visto cómo ahora los políticos del Parlament se andan con mucho más cuidado a la hora de desobedecer a los tribunales? ¿Por qué será?
#22:
#21 Al césar lo que es del césar. Que no eres tonto se ve a Las leguas. Que tragas sapos por tusmotivos (que los tendrás) también.
#1 saben que en cuanto haya condena firme a Junquera y demás van a ir subiendo recursos hasta Estrasburg donde lo más probable es que anulen las condenas....
#20 Anulen las condenas e impongan al estado español el pago de cuantiosas multas a los políticos catalanes que han sido encerrados injustamente. Vamos, que nos van a sacar la pasta y los colores.
Bastaba con haberse leído la Constitución, esa que tanto dicen defender. Artículo 88
Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos
Pablo Casado ha confundido proyecto de ley con proposición de ley, que son dos cosas distintas. La proposición de ley es cuando la iniciativa legislativa procede del Congreso, del Senado, o de una Iniciativa Legislativa Popular.
Artículo 89. 1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87.
2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.
Lo que dice el artículo 87 mencionado en el anterior citado es esto:
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.
3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
#4 Una pregunta sincera, porque en su día intenté buscar información y no conseguí enterarme del todo bien.
¿La única diferencia entre un proyecto de ley y una proposición es quién la emite? (gobierno vs resto de la cámara).
¿Hay alguna otra diferencia en cuanto al proceso que deben seguir para ser aprobadas? Me pareció entender en su día que los proyectos de ley también tienen que pasar por escrutinio del parlamento, lo cual tiene todo el sentido, claro está. Pero entonces no capto del todo que "ventajas" tiene respecto de una proposición.
De paso... ¿El último punto muestra que una proposición de ley puede ser llevada a petición popular si se reúnen las firmas necesarias? ¿Una firma con DNI electrónico se podría considerar una firma acreditada?
PD: Son muchas preguntas, perdona si te hago escribir un muro de texto por ello, pero tengo verdadera curiosidad.
#58 La diferencia entre proyecto de ley y proposición de ley es, efectivamente, sobre quién tiene la iniciativa legislativa (consejo de ministros frente a Congreso, Senado, o parlamentos autonómicos).
Para esto se puede recurrir al Diccionario de Español Jurídico, editado por la RAE con la colaboración del CGPJ:
Proyecto de ley: Anteproyecto de ley que, tras su aprobación por el Consejo de Ministros, es remitido al Congreso de los Diputados en el ejercicio de la iniciativa legislativa del Gobierno.
Proposición de ley: Iniciativa legislativa que, a diferencia del proyecto de ley, se presenta ante el órgano legislativo competente (Congreso, Senado, parlamentos autonómicos) por órgano distinto del Gobierno, ya sea por el Congreso, Senado, Asamblea Legislativa Autonómica o iniciativa legislativa popular.
El último punto regula la iniciativa legislativa popular, que es un procedimiento legislativo perfectamente conocido y reglado. Sin embargo, las ILP tienen un grandísimo problema: los reglamentos de las cámaras no obligan a someter a votación una ILP, sólo a someterla a debate. Esto se hace así entendiendo que una ley redactada no por legisladores cualificados, sino por ciudadanos ordinarios (que puede incluir abogados u otros profesionales del derecho), puede presentar defectos y vicios, con lo que se espera que el parlamento pueda modificarla o que un grupo parlamentario o una comisión la adecuen a los formalismos legales normales, además de al marco constitucional o estatutario pertinente.
En principio una firma con DNI electrónico es una firma legalmente acreditada, pues tiene validez ante las administraciones públicas. Normalmente esto de las recogidas de firmas se suele hacer a pie de calle, donde el ciudadano escribirá en un papel su nombre completo, DNI, y pondrá su firma, ante alguien que coteja la identidad y la da por buena. Luego las firmas han de ser validadas ante notario, que certifique que todo está a la orden del día.
#59 De acuerdo, entonces es lo que tenía entendido, pero en mi cabeza suena extraño que pongan diferente nombre a ambos conceptos únicamente por quien es el precursor, sin que haya diferencia en el procedimiento. A nivel práctico me parece algo inútil diferenciarlos si en verdad resultan ser, en todo el proceso, lo mismo.
Respecto a las iniciativas populares, entiendo que haya que llevarlo a debate. Y me parece curioso que, a pesar de que las firmas con DNIe tengan validez, y un lector de DNIe no conlleva un gasto muy grande de dinero (15 o 20 euros creo que me costó a mi en su día, pero tendría que revisarlo), me extraña que no haya salido ninguna plataforma para realizar iniciativas populares. Mucho change.org, pero lo que tiene validez legal de verdad no se explora, curioso.
Un gracias enorme por la información, estar en páginas como esta da gusto al rellenar los huecos de ignorancia personal
#61 Incluso podrían habilitar una plataforma así a través de la web del Congreso con el fin de facilitar las ILP. Las firmas tendrían que ir validadas con DNI electrónico o mediante certificado electrónico de la FNMT. No creo que sea algo tan complejo.
#5 Supongo que será eso y llamadas al voto a los que se les han ido a cuñadanos, VOX y demás. Aunque tampoco descarto del todo que sólo sea un ataque de euforia y este tío se crea que ha ganado algo más.
#12 No, es que viven en los cuentos de yupi y pensaban que la UE iba a ejercer presión al gobierno español para habilitar un referendo o ceder en sus demandas.
Cuando los gobiernos europeos en bloque, por separado, en público y seguramente en privado les han dicho en activa y por pasiva que no iban a apoyarles de ninguna de las maneras... cuando han visto que iban entrando en la cárcel o se tenían que quedar en el extranjero...
#11 tiene que ser duro ser inteligente y tener que venir a decir sandeces para desviar el foco del imbècil que os han plantado de heredero. Lo siento de verás.
#11 Como te veo muy puesto en esto asuntos me permito hacerte una pregunta:
¿Por qué el PP va a presentar una propuesta de ley para convertir en delito los referendums y a la vez tenemos gente encarcelada por convocar referendums ilegales, pero de una ilegalidad que todavía hay que presentar una ley para ilegalizarlos ... ¿quiere decir eso que no son ilegales? No se, me explota el cerebro.
#53 No están encarcelados por convocar un referéndum, sino por la declaración de independencia.
Lo que no sé es para qué me preguntas. Tú piensas que la justicia española está politizada y es una mierda. Nada de lo que te diga te hará cambiar se opinión.
#54 la propuesta de ley también incluirá el delito de sedición que no es mas que declarar la independencia, que es por lo que están encarcelados. Pero eso da igual. Te puedes inventar el delito y en el juicio saldrás inocente pero ya te has chupado dos años de cárcel, que es el tiempo que tardará el juicio (contando desde el día en que los metieron).
#31 calla coño, que es del PP. Aquí lo que mola es reirnos sin criterio del otro bando. Darles motivos para que siga la confrontación por los siglos de los siglos, amén.
PD para los del gatillo fácil: por mi Casado se puede ir a zurrir mierdas con un látigo
Si lo hacen, llegado el caso lo llamarán “encuesta popular condicionadamente vinculante” y los indepes tirarán pa lante. Parece mentira que no les conozcáis..
Que país por dios, que país, con la austeridad de la derecha y la corrupción nos quedamos con las cuentas a 0. Y con la izquierda nos viola un negro... madre mía...
Comentarios
El PP desautorizando aún más a Llarena, pretendiendo modificar la ley vigente para que lo ocurrido si se repite sí pueda ser delito.
#1
#1 saben que en cuanto haya condena firme a Junquera y demás van a ir subiendo recursos hasta Estrasburg donde lo más probable es que anulen las condenas....
#20 Anulen las condenas e impongan al estado español el pago de cuantiosas multas a los políticos catalanes que han sido encerrados injustamente. Vamos, que nos van a sacar la pasta y los colores.
Pd: no soy de Cataluña.
#25 multas? En todo caso serían indemnizaciones.
#25 No importa, eso será dentro de años, después de las elecciones
#20 Llevo escuchando eso y cosas similares... Y luego es que todo el planeta es facha.
Iría más bien el tema por pedir un indulto al gobierno de turno.
#20 yo creo que es lo que buscaban desde el principio.
#20 Cada vez veo más cerca eso. Y el Estado a pagar indemnizaciones a Junqueras y otros. No se puede hacer más el ridículo.
Bastaba con haberse leído la Constitución, esa que tanto dicen defender.
Artículo 88
Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos
Pablo Casado ha confundido proyecto de ley con proposición de ley, que son dos cosas distintas. La proposición de ley es cuando la iniciativa legislativa procede del Congreso, del Senado, o de una Iniciativa Legislativa Popular.
Artículo 89.
1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87.
2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.
Lo que dice el artículo 87 mencionado en el anterior citado es esto:
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.
3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.
#4 Y así es como, 12 años después, alguien habló con conocimiento de causa en menéame
#4 Una pregunta sincera, porque en su día intenté buscar información y no conseguí enterarme del todo bien.
¿La única diferencia entre un proyecto de ley y una proposición es quién la emite? (gobierno vs resto de la cámara).
¿Hay alguna otra diferencia en cuanto al proceso que deben seguir para ser aprobadas? Me pareció entender en su día que los proyectos de ley también tienen que pasar por escrutinio del parlamento, lo cual tiene todo el sentido, claro está. Pero entonces no capto del todo que "ventajas" tiene respecto de una proposición.
De paso... ¿El último punto muestra que una proposición de ley puede ser llevada a petición popular si se reúnen las firmas necesarias? ¿Una firma con DNI electrónico se podría considerar una firma acreditada?
PD: Son muchas preguntas, perdona si te hago escribir un muro de texto por ello, pero tengo verdadera curiosidad.
#58 La diferencia entre proyecto de ley y proposición de ley es, efectivamente, sobre quién tiene la iniciativa legislativa (consejo de ministros frente a Congreso, Senado, o parlamentos autonómicos).
Para esto se puede recurrir al Diccionario de Español Jurídico, editado por la RAE con la colaboración del CGPJ:
Proyecto de ley: Anteproyecto de ley que, tras su aprobación por el Consejo de Ministros, es remitido al Congreso de los Diputados en el ejercicio de la iniciativa legislativa del Gobierno.
Proposición de ley: Iniciativa legislativa que, a diferencia del proyecto de ley, se presenta ante el órgano legislativo competente (Congreso, Senado, parlamentos autonómicos) por órgano distinto del Gobierno, ya sea por el Congreso, Senado, Asamblea Legislativa Autonómica o iniciativa legislativa popular.
El último punto regula la iniciativa legislativa popular, que es un procedimiento legislativo perfectamente conocido y reglado. Sin embargo, las ILP tienen un grandísimo problema: los reglamentos de las cámaras no obligan a someter a votación una ILP, sólo a someterla a debate. Esto se hace así entendiendo que una ley redactada no por legisladores cualificados, sino por ciudadanos ordinarios (que puede incluir abogados u otros profesionales del derecho), puede presentar defectos y vicios, con lo que se espera que el parlamento pueda modificarla o que un grupo parlamentario o una comisión la adecuen a los formalismos legales normales, además de al marco constitucional o estatutario pertinente.
En principio una firma con DNI electrónico es una firma legalmente acreditada, pues tiene validez ante las administraciones públicas. Normalmente esto de las recogidas de firmas se suele hacer a pie de calle, donde el ciudadano escribirá en un papel su nombre completo, DNI, y pondrá su firma, ante alguien que coteja la identidad y la da por buena. Luego las firmas han de ser validadas ante notario, que certifique que todo está a la orden del día.
#59 De acuerdo, entonces es lo que tenía entendido, pero en mi cabeza suena extraño que pongan diferente nombre a ambos conceptos únicamente por quien es el precursor, sin que haya diferencia en el procedimiento. A nivel práctico me parece algo inútil diferenciarlos si en verdad resultan ser, en todo el proceso, lo mismo.
Respecto a las iniciativas populares, entiendo que haya que llevarlo a debate. Y me parece curioso que, a pesar de que las firmas con DNIe tengan validez, y un lector de DNIe no conlleva un gasto muy grande de dinero (15 o 20 euros creo que me costó a mi en su día, pero tendría que revisarlo), me extraña que no haya salido ninguna plataforma para realizar iniciativas populares. Mucho change.org, pero lo que tiene validez legal de verdad no se explora, curioso.
Un gracias enorme por la información, estar en páginas como esta da gusto al rellenar los huecos de ignorancia personal
#61 Incluso podrían habilitar una plataforma así a través de la web del Congreso con el fin de facilitar las ILP. Las firmas tendrían que ir validadas con DNI electrónico o mediante certificado electrónico de la FNMT. No creo que sea algo tan complejo.
Hablan para sus votantes. No digo ná y lo digo tó.
#5 Supongo que será eso y llamadas al voto a los que se les han ido a cuñadanos, VOX y demás. Aunque tampoco descarto del todo que sólo sea un ataque de euforia y este tío se crea que ha ganado algo más.
#15 no entiendo pq te han votado negativo....
#42 Como dijo Maradona...
#49
¿Qué es lo que dijo?
#51
#21 Al césar lo que es del césar. Que no eres tonto se ve a Las leguas. Que tragas sapos por tusmotivos (que los tendrás) también.
Este notas se saltaría las clases, pero es que la sala está llena de palmeros que tampoco saben por dónde les da el aire.
Políticos lamentables.
#3 Saltarse clases es una cosa y falsear títulos otra. Tan distintas que una es una chorrada y la otra es delito.
Uh, alguien ha tenido un lapsus linguae. ¡Paren las rotativas!
#13 Pues algunos han ido a la cárcel por su patria cosa que no haría ningún pepero
#27 Anda que no. Olvidas que su patria es el dinero.
Me extraña que todavía no hagan una proposición de ley para ilegalizar los partidos independentistas.
#9 Yo pienso que no serviría de nada. En cinco minutos montan otro partido.
Yo confío más en los efectos pedagógicos de la cárcel.
¿Has visto cómo ahora los políticos del Parlament se andan con mucho más cuidado a la hora de desobedecer a los tribunales? ¿Por qué será?
#11 ¿Tal vez porque piensan que hay persecución política?
#12 Yo creo que es más porque los padres de la patria no son lo que se dice unos seres valerosos.
#13 No lo son, ni en Catalunya ni en España.
#16 Creo que podría darte la razón, aunque hay algunos indepes que ven a Puchi como el Mesías.
#19 Les falta el toque de cinismo necesario.
#12 ¿piensan? yo diría que la sufren
#12 No, es que viven en los cuentos de yupi y pensaban que la UE iba a ejercer presión al gobierno español para habilitar un referendo o ceder en sus demandas.
Cuando los gobiernos europeos en bloque, por separado, en público y seguramente en privado les han dicho en activa y por pasiva que no iban a apoyarles de ninguna de las maneras... cuando han visto que iban entrando en la cárcel o se tenían que quedar en el extranjero...
#12 La persecucion politica se da desde el ambito politico.... Esto seria persecucion Judicial, pero como eso no suena tan guay...
#11 tiene que ser duro ser inteligente y tener que venir a decir sandeces para desviar el foco del imbècil que os han plantado de heredero. Lo siento de verás.
#17 Gracias por lo de inteligente. No considero que sea alguien inteligente.
Para mí inteligente es alguien que realiza investigaciones con un alto índice de impacto. No es mi caso.
#21 Yo sospecho que tu eres Luis Solom
#29 Es Salom. No soy él.
#29 Una vez le dije los mismo
Edito: Luis Salom, con a.
#21 admítelo: formas parte de ese 90% de personas que se cree más inteligente que el resto
#66 Yo pienso que el 95% de la población, entre la que me incluyo, tiene una inteligencia más o menos parecida.
Luego hay un 5% de gente realmente brillante.
#17 Bueno, sus buenos billets le pagan...
#11 Se llama precaución. Es algo que también hubo en épocas dictatoriales.
#11 Como te veo muy puesto en esto asuntos me permito hacerte una pregunta:
¿Por qué el PP va a presentar una propuesta de ley para convertir en delito los referendums y a la vez tenemos gente encarcelada por convocar referendums ilegales, pero de una ilegalidad que todavía hay que presentar una ley para ilegalizarlos ... ¿quiere decir eso que no son ilegales? No se, me explota el cerebro.
#53 No están encarcelados por convocar un referéndum, sino por la declaración de independencia.
Lo que no sé es para qué me preguntas. Tú piensas que la justicia española está politizada y es una mierda. Nada de lo que te diga te hará cambiar se opinión.
Quizá quieras discutir. Yo paso de eso.
#54 la propuesta de ley también incluirá el delito de sedición que no es mas que declarar la independencia, que es por lo que están encarcelados. Pero eso da igual. Te puedes inventar el delito y en el juicio saldrás inocente pero ya te has chupado dos años de cárcel, que es el tiempo que tardará el juicio (contando desde el día en que los metieron).
#9 quieres que gane Podemos las elecciones? con el 60% de voto en cataluña el 40% en el País Vasco sería el revulsivo que necesita
Que tendrá el cargo de presidente del PP que a todos les confunde.
PD: este puede ser tranquilamente un lapsus, no tiene por que ser ignorancia.
#31 calla coño, que es del PP. Aquí lo que mola es reirnos sin criterio del otro bando. Darles motivos para que siga la confrontación por los siglos de los siglos, amén.
PD para los del gatillo fácil: por mi Casado se puede ir a zurrir mierdas con un látigo
Pablo Aprobado haciendo de las suyas...
Pablo Casado, proyecto de persona.
Menudo zasca
epic fail
¿Quién coño es el que tweetea? ¿Abogado experto en diversidad, un poco batman e intento de triatleta?
Para llegar a esas conclusiones tampoco hace falta estudiar derecho.
La de zascas que le esperan a este, recordemos que seguramente seguirá el mismo camino:
La foto de la entradilla da a entender que si te saltas las clases, serás un triunfador rodeado de jamelgas. O presidente del PP
Con los 18.000€ que se gastó sánchez en su vuelo al concierto da para pagarle a estos sus clases universitarias.
Llegas a presidente del PP
Errónea, al titular le falta el signo de abrir pregunta.
Si lo hacen, llegado el caso lo llamarán “encuesta popular condicionadamente vinculante” y los indepes tirarán pa lante. Parece mentira que no les conozcáis..
Pues no hay derecho
Ya. Pero en las clases de Derecho se enseña una cosa que NO EXISTE: la División de Poderes. Así, que no creas que va tan desencaminado en el fondo.
Él dirá lo de "poteito, potato"... No sé si hay equivalente en español
Que país por dios, que país, con la austeridad de la derecha y la corrupción nos quedamos con las cuentas a 0. Y con la izquierda nos viola un negro... madre mía...
Más tonto y se afilia a VOX