Hace 3 años | Por --629520-- a confilegal.com
Publicado hace 3 años por --629520-- a confilegal.com

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de tres años y diez meses de prisión a un hombre por el acceso no autorizado y apoderamiento de datos personales alojados en el móvil de su exmujer. El dispositivo estaba asociado a un correo electrónico cuyo administrador único era el acusado. Esto le permitía conocer las claves de acceso a los servicios del teléfono, entre ellos, aplicaciones de fotografías o correos electrónicos.

Comentarios

D

#6 Yo no he dicho en cuál acertaron y en cual no... digo que algo no anda bien.

r

#23 Pues di que no acertaron en la noticia que no acertaron. Aquí se hace raro.

sorrillo

#1 Estás intentando comparar una imprudencia que acaba en tragedia con un acto deliberado.

Son categorías completamente distintas.

sorrillo

#13 Obviamente.

¿Tú no?

D

#15 No, una imprudencia es ir sin prudencia (cautela, cuidado). Ponerse a conducir borracho y drogado va mas allá.

sorrillo

#17 ¿No consideras una imprudencia conducir borracho y drogado?

D

#18 No, una imprudencia lo considero un acto inconsciente, ir borracho o drogado no, es deliberado.

sorrillo

#19 Pues nada, conducir borracho y drogado no es una imprudencia.

Tú ganas.

Katsumi

#19 Me encantan estas definiciones jurídicas sacadas de mis cojones 33 lol
cc #20

hasta_los_cojones

#19 #20 "haiga paz"

Conducir borracho y drogado es una imprudencia.

Emborracharse y drogarse sabiendo que después vas a conducir, es un acto deliberado.

¿amigos otra vez?

D

#17 Desde el punto de vista legal, es una imprudencia. Otra cosa es que debiese legislar de otro modo para acercar ese tipo de casos a un homicidio.
Pero es que si bien beber y drogarse es vomuntario, los actos que se derivan del mismo, no se consideran así en función del nivel de embriaguez.

N

#10 pero aún así el nivel de daño provocado no tienen nada que ver.

sorrillo

#14 Precisamente por que el nivel y tipo de daño provocado no tienen nada que ver la comparación no tiene sentido alguno. Y no basta con evaluar el daño, hay que evaluar también lo que lleva a ese daño.

A menos que pretendas defender que toda pena que no suponga la muerte de alguien debe ser siempre inferior a cualquier pena que haya supuesto la muerte de alguien (mala praxis médica, por ejemplo).

DangiAll

#10 ¿ Ahora resulta que beber alcohol y drogarse no es deliberado ?

Katsumi

#26 Lo que es deliberado es el acto delictivo en sí. En la noticia el señor se apropia de los datos personales de la mujer deliberadamente. El atropello de la otra noticia no es (en principio) deliberado, la mujer no bebe ni se droga para atropellar a nadie, sino que comete el atropello como consecuencia de su imprudencia.
Y efectivamente, son categorías de delitos completamente distintas: el primero se considera delito doloso y está más penado que el segundo, que se considera delito por imprudencia.
https://www.abogadopenalsevilla.com/blog/dolo-e-imprudencia-que-significan

#26 si. Pero aunque lo hagas no van a meterte en la cárcel por ello. O según tu deberían?

DangiAll

#30 Si coges el coche borracho y drogado si.

#35 año y medio de carnet como mucho... Salvo reincidencia.

Unregistered

#1 Ojo al dato:

Para el tribunal la conducta realizada, que afecta a derechos fundamentales como la intimidad y la privacidad, así como el disfrute de la vivienda, “aunque ahora no se trate de delimitación física sino una pálida semblanza concretado en su domicilio virtual”, justifica ampliamente la calificación de las coacciones como graves.

P.D.: dedazo, te lo compenso...

hasta_los_cojones

#11 Espero que siente jurisprudencia de lo "domicilio virtual" y que la inviolabilidad del domicilio se extienda también a los dispositivos electrónicos y las cuentas online.

Komod0r

¿Esto se aplica también a los Vicepresidentes?

G

#5 es que el acusado no tenía dinero ni poder para montar un "periódico" para poner a la ex de directora con un buen sueldo.

Vodker

El dispositivo estaba asociado a un correo electrónico cuyo administrador único era el acusado

Entonces a efectos legales tiene acceso, ¿no?
Hay cosas que no entiendo.

Vodker

#4 ya, pero no es que tú me des llaves de tu casa, es mas bien que yo te doy llaves de la mía. Y eso no te da derecho a llenarme la casa con tus trastos.

m

#8 Yo creo que en este símil la casa es el móvil y la cuenta es la llave. Y parece ser que así lo ha interpretado el tribunal.

D

Aparte de que lo he ha hecho el tipo esta mal, creo que ha enfocado mal su defensa.

Por lo que leo, debe de ser un movil Apple y una cuenta de Apple ID.
La cuenta de Apple ID y su email vinculado pertenecen a el acusado, segun la noticia.

La victima parece que tenia, de siempre, asociada esa cuenta a su telefono personal.
Dando asi acceso al acusado a todos los datos del telefono.

El acusado deberia haber basado su defensa en que la cuenta era suya y era responsabilidad de la victima eliminarla al terminar la relacion; y si acaso contraatacar diciendo que es él el violentado y se dio cuenta de que ella estaba accediendo a su cuenta de Apple ID.
Ella accedio a los datos que le pertenecian, dado que las cuentas eran suyas.

Podia incluso decir que le comunico verbalmente en varias ocasiones que la eliminara de su telefono y el borro todo (arrevato vengativo, pero en su derecho ya que la cuenta es suya) tras ver que ella no escuchaba su solicitud de disvincular su telefono. (Nadie puede verificar esto).

hasta_los_cojones

#22 quien denuncia primero tiene las de ganar.

ailian

La condena es también por coacciones.

Pero que no pare el sensacionalismo y el victimismo.

agente_naranja

Hombre claro, espiar está muy feo y más si no eres de una agencia gubernamental. El tipo tendría que hacer hecho las cosas bien y apuntarse primero al servicio secreto, y ya hubiera podido robar información a gusto

El_higado_de_Jack

Y cuatro años a la borracha drogada que mató a tres ciclistas con el coche.

Todo muy proporcional y tal.

Mltfrtk

Ese machista tendrá tiempo de aprender a respetar a las demás personas y a no intimidar a nadie.