SE ACUERDA, sin previa audiencia de la parte contraria, la medida cautelar consistente en que los trabajadores de la Administración Regional Castellano Manchega que venían prestando servicios por teletrabajo a raíz de la declaración de estado de alarma, puedan continuar prestando servicios por dicho sistema, sin obligación de acudir presencialmente a su puesto de trabajo en tanto así lo establezca el Ministerio de Sanidad en las sucesivas normas que regulan las fases de desescaladas derivadas de la epidemia del Covid-19
Comentarios
...la medida cautelar consistente en que los trabajadores
de la Administración Regional Castellano Manchegaque venían prestando...Así debería ser, por normal general para todo el país y así lo quiera.
#1 esto ya sienta jurisprudencia, así que con enseñar esta sentencia a algun jefe flipado que quiera llevar a sus curritos al redil presencial sin una causa justificada se le quitarán las ganas.
#3 Ya hay varios. Tengo un vecino que trabaja en una consultora de traje y cortaba y ahí está yendo a la oficina. Y en la empresa de mi mujer, las que no tienen hijos, igual. ¿Y por qué? Porque sí.
#4 pues pasale esta sentencia y a su sindicato de cabeza
La especia debe fluir.
No por favor.
Necesito distanciamiento social con mi mujer!