Hace 5 años | Por --542032-- a republica.com
Publicado hace 5 años por --542032-- a republica.com

El Tribunal Supremo ha hecho pública este miércoles la sentencia por la que el pasado 2 de octubre desestimó los dos recursos contencioso-administrativo presentados por la Generalitat de Cataluña contra la decisión del Gobierno de Mariano Rajoy de intervenir las cuentas catalanas en septiembre de 2017. Incide en que “sin el paraguas del artículo 155 de la Constitución se pueden adoptar medidas de intervención económica “como las aprobadas por el acuerdo y que acudir al mencionado artículo “aparece excesivo”.

Comentarios

mononoque

#1 #3

Con "podrá adoptar las medidas necesarias" se pueden entender muchas medidas a tomar. Tú puedes interpretar que no entra la destitución pero si se ha hecho es porque se puede y muchos juristas han interpretado que sí. Es muy vago el artículo y es muy "interpretable".

Copio y pego el artículo 155.

La Constitución española de 1978.
Título VIII. De la Organización Territorial del Estado
Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas

Artículo 155
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

c

#5 Es muy fácil, si lo que se pretende es destituir al President y al Parlament, hay otros artículos en la Constitución que te lo pueden permitir sin ninguna discusión... pero a lo mejor no gustan de aplicarlos, ver art. 116.

mononoque

#6
Gracias por la información pero no veo dónde dice que se pueda destituir al presidente de una comunidad Autónoma en el art. 116. Además está en el apartado "De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales" mientras en el art. 155 está claramente definido en el apartado "De las comunidades autónomas".

Copio y pego el artículo 116

La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.

El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.

El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.

El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.

No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.

La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.

c

#8 Es el único artículo donde te dice que se pueden disolver las cámaras parlamentarias.

mononoque

#9
Corrígeme si me equivoco pero el art. 116 tampoco habla de la disolución de las cámaras.
Solo habla de la posibilidad de declaración de estados de sitio y estados de excepción y de que en algunos de esos estados no se podrá disolver el Congreso y, en los que si se pueda disolver o si ya ha acabado su mandato, que será una Diputación Permanente la que asuma sus competencias.

s

#5 Se supone que es copia del artículo alemán pero este no permite suspender una autonomía (bueno eso)

mononoque

#11
De dónde se han fijado para confeccionar el artículo 155 no importa. Lo que importa es la
propia redacción del mismo y esa redacción la que es.
Te remito al comentario #5 en donde lo he copiado y pegado.

s

#19 Lo que se haga en nombre del artículo 115 no puede ir contra la misma constitución y menos contra un articulo superior como el 2 que es muy superior al 115

punto

Que diga todo lo necesario no permite empezar a fusilar disidentes porque violaría la contitución
Tampoco suspender la autonomía porque también la viola como fusilar disidentes

mononoque

#20
La aplicación del articulo 155 no ha ido en contra de la constitución. No sé de donde sacas eso. En ningún momento se ha suspendido ninguna autonomía, lo que se ha hecho ha sido cesar a sus dirigentes por no atender al requerimiento del Gobierno de cumplir la legalidad. Sí, por mucho que te pese no es legal declarar unilateralmente la independencia de una comunidad autónoma.
Un resumen de la aplicación del 155 lo tienes en la wikipedia por si lo quieres leer:
https://es.wikipedia.org/wiki/Aplicaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo_155_de_la_Constituci%C3%B3n_espa%C3%B1ola_de_1978_en_Catalu%C3%B1a

Espero que no consideres que se vaya a fusilar a nadie.

s

#21 Si. Fue directamente contra el artículo 2 de la constitución al aplicar una suspensión clara y rotunda de la autonomía catalana pasando el control al gobierno español. Cosa que no puede permitir el 115

Y tu mismo has probado claramente que es lo que se hizo en #23 sin resquicio para duda alguna de que efctivametne fue una suspensión de la autonomía catalana lo que se hizo no el 115

**
Sí, por mucho que te pese no es legal declarar unilateralmente la independencia de una comunidad autónoma.
*
Irrelevante. Asesinar con atentados terroristas no es legal. Ejecutar a los terroristas tampoco

Es tan ilegal declarar unilaterlamente la independencia como suspender la autonomía. Las dos cosas son igual de exactamente ilegales dado que son las dos violaciones directas del artículo 2 de la constitución

Se declaró la independencia catalana durante 8 minutos y se suspendió la autonomía catalana como respuesta durante meses

Dan asco las dos partes. Son igual de repulsivas y asquerosas tanto unos como otros. Una mierda de pais

s

#5
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Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
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La unidad de España está por encima del 115 por tanto declarar la independencia de una autonomía es un golpe de estado pero aplicar el 115 para suspender una autonomía también es un golpe de estado equivalente

Pero como es autocontradictoria y se interpreta como da la gana a quien tiene el poder para ello

mononoque

#12

Primero, yo no considero que haya un golpe de estado mientras no haya violencia. Lo que hay con la declaración de independencia es una falta del cumplimiento de las obligaciones por parte de una comunidad autónoma como bien se especifica en el art. 155: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, ..."

Con el art 155 no se ha suspendido ninguna comunidad autónoma, lo que se ha hecho ha sido cesar a sus dirigentes, previo requerimiento para que cumplieran sus obligaciones.

Segundo, como bien dices el articulo 155 está interpretado y aplicado por los diputados y senadores que tienen poder para ello que son los que hemos elegido todos democráticamente. Se han aplicado las leyes y la consitución bajo la supervisión del poder judicial y con la atenta mirada de Europa.

Tercero, lo que si es peculiar es que cites tanto como argumento el artículo 2 de la constitución que aboga por la solidaridad entre todas las regiones y uno de los más repetidos motivos para la independencia sea el "España nos roba".

s

#22
*
Primero, yo no considero que haya un golpe de estado mientras no haya violencia
+*+
Los sobornos y algunas cosas tienen más poder que las ametralladoras para doblegar voluntades de un poder sobre otro

Es un golpe de estado cuando uno de los poderes pasa a controlar al resto u otros. Hay golpes duros pero hay de blandos

*
Con el art 155 no se ha suspendido ninguna comunidad autónoma,
*
Con el 155 se suspendió la autonomía. Tal cual
TU mismo en #23 lo has puesto literalmente. has peusto una suspensión de la autonomía

has dicho que no fue suspendida para después probar totalmente y sin duda alguna que se suspendió

Tus palabras:
***
La asunción de las competencias de las Consejerías catalanas por parte de los Ministerios correspondientes. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, asumieron las funciones y competencias que correspondían al presidente y vicepresidente de la Generalidad de Cataluña respectivamente
*+
Hasta pedro sanchez y otros políticos dicen que lo que hicieron es suspender la autonomía

Y es que encima eso es lo que describes con toda claridad. pasas el control de las funciones de la autonomía al gobierno central. A ver si pegarle 20 tiros en la cabeza a alguien no es matarlo porque se peinaba mal

joder

mononoque

#25

Cataluña sigue siendo comunidad Autónoma y en ningún momento ha dejado de serlo. No se ha suspendido nada. Si no tienes comprension lectora, entiendes lo que se te ocurre y ves "claramente" lo que no se dice en ningún sitio de mis comentarios allá tú. ¡Viva tú imaginación!!!!

Parece estoy dialogando contra un muro que se ha dado cuenta del error en el que ha caído y no quiere recular por no hacer el ridículo. wall

Que te quede claro: cesar a unos cargos que no cumplen la ley, poner a otros que si la cumplen con cargos "en funciones" hasta que haya elecciones democráticas no es suspender una autonomía.
¿No lo entiendes o no lo quieres entender?

s

#29 Cataluña ha estado durante meses sin capacidad de autogobierno ni autodecisión pasando el control de la misa y sus órganos públicos al control del gobierno del PP

*
Que te quede claro: cesar a unos cargos que no cumplen la ley, poner a otros que si la cumplen con cargos "en funciones" hasta que haya elecciones democráticas no es suspender una autonomía.
*
Si se ponen cargos sustitutos por el parlamento catalán que representa a los catalanes no es suspender la autonomía. Si no se pone ninguno y qeuda suspendido el gobierno catalán representante de la voluntad de los catalanes de todas sus funciones, el parlamento catalán queda suspendido de todas sus funciones y las instituciones públicas pasan al control del gobierno de España que era del PP ... SÏ es sjuspender la autonomía ¿o es que suspender la autonomía es hacer barbacoas?

Y lo que se hizo fue una suspensión de la autonomía. Tanto Pedro Sanchez como infinidad de políticos cuando hablan han dicho una y otra vez que con el 115 suspendieron la autonomía catalana

Lo siento pero contar solo una parte de la realidad cuando has dicho la completa en otro mensaje para negar el resto de realidad me parece que se le denomina disonancia cognitiva

mononoque

#32
"Cataluña ha estado durante meses sin capacidad de autogobierno ni autodecisión pasando el control de la misa y sus órganos públicos al control del gobierno del PP"

Más parada que está ahora el Parlamento de Cataluña creo que nunca ha estado en su historia
-----------------
"Si se ponen cargos sustitutos por el parlamento catalán que representa a los catalanes no es suspender la autonomía. Si no se pone ninguno y qeuda suspendido el gobierno catalán representante de la voluntad de los catalanes de todas sus funciones, el parlamento catalán queda suspendido de todas sus funciones y las instituciones públicas pasan al control del gobierno de España que era del PP ... SÏ es sjuspender la autonomía ¿o es que suspender la autonomía es hacer barbacoas?"

Suspender una autonomía es eliminar sus instituciones y organismos y este no ha sido el caso con la aplicación del 155. Si se hubiera eliminado el Parlamamento Catalán y la comunidad Catalana hubiera dejado de existir eso sí que hubuera sido la suspensión de la autonomía Catalana. Deberías estar acostumbrado a que en los medios queda mas bonito exagerar y poner en los titulares "Suspensión de la autonomía Catalana" que poner que cesan a los cargos.

Lo tuyo es falta de comprensión lectora ya que te imaginas lo que no está escrito en mis comentarios.

s

#33
*
Suspender una autonomía es eliminar sus instituciones y organismos y este no ha sido el caso con la aplicación del 155.
+*
Eliminar sus instituciones y organismos sería eliminar su autonomía
Suspender sus instituciones y organismos (y pasarlas al gobierno del PP Español) SÍ es suspender la autonomía

Me estás negando la tabla de sumar cambiando operaciones de la tabla del 3 con la del 2

Eliminar es eliminar y suspender es suspender. NO hagas trampas

Y se suspendió varios meses. Me estás negando la misma realidad que tu mismo relatas una y otra vez y que no niegan los gobernantes aunque rajoy sí tuvo cuidado de negar que fuera una suspensión cuando la propuso porque sabía que era delito tan grave como una declaración de independeicia lo que hizo

s

#2 ¿suspender la automonía de una autonomía violando el artículo 2 de la constitución?
Creo que no. Pero se ha hecho

La aplicación de un artículo no debería de poder ir contra la misma constitución

El problema es que un artículo dice que todos los españoles son iguales ante la ley y otro que el rey español es inimputable ante la ley y así

Luego el TC decide como se ha de interpretar aunque se vaya contra el texto literal de la misma. O simplemente se salta (como en derechos básicos fundamentales) y no pasa nada diciendo que es una guía de lo que se ha de conseguir pero solo una guía según las necesidades (hay gente del PP que opina así)

Es decir queda en paño mojado que sirve de excusa para lo que se desea.

Da miedo

themarquesito

#10 No se suspendió la autonomía, se destituyó a un gobierno que se negaba a cumplir sus obligaciones constitucionales y se convocaron elecciones. En ningún momento se suspendió la vigencia del Estatuto de Autonomía

s

#13
*
#10 No se suspendió la autonomía,
*
Si se hizo como el mismo sanchez y demás politicos se les ha escapado explícitamente más de una vez

Se suspendió la autonomía pasando a estar bajo el control de Soraya Saenz Santamaria dicha autonomía dejando solo la mesa de decoración hasta la celebración de elecciones cuando se levantó la suspensión

Fue violado el artículo 2 de la constitición al mismo nivel que la declaración de independencia pero mucho más tiempo. Esta solo se mantuvo durante 8m minutos y la suspensión durante meses

*
n ningún momento se suspendió la vigencia del Estatuto de Autonomía
*
FAlso. Se suspendieron la aplicación de varios artículos fundamentales

themarquesito

#14 Soraya y el resto de ministros asumieron las competencias en tanto que no hubiese gobierno puesto que al estar el gobierno catalán destituido no podía haber "gobierno catalán en funciones", con lo que alguien tendría que hacerse cargo temporalmente de la ordinaria administración catalana

s

#15
Exactamente. Tu lo has dicho. Autonomía suspendida. Las fuinciones no las tenía la generalidad elegida por los catalanes. Estaba suspendida

s

#15 Vamos que no es que se quite al presidente o a ministros y el gobierno de la generalidad ponga otros en su lugar. Es que la autonomía se suspendió y pasó el control al gobierno del estado español directamente

Y esto desde el senado. Un golpe de estado palaciego en toda regla. Desde el senado que tiene competencias para aplicar el 115 pero no tiene competencias para algo así. Esto era del congreso y por otros artículos y de otra forma. Pero el PP no tenía mayoría para sacarlo adelante entonces y de su forma en en congreso

Así que... Golpe de estado contra el artículo 2

mononoque

#18

No, no se suspendió la autonomía Catalana. wall
Cesar a sus dirigentes no es suspender una autonomía por mucho que tú lo digas. No, ha sido un golpe es estado palaciego no, como mucho un "golpe de estado blando" ha sido la declaración de independeicia de Pugdemont...

Por si te quieres informar en la wikipedia te lo explican:
https://es.wikipedia.org/wiki/Aplicaci%C3%B3n_del_art%C3%ADculo_155_de_la_Constituci%C3%B3n_espa%C3%B1ola_de_1978_en_Catalu%C3%B1a

s

#23
**
No, no se suspendió la autonomía Catalana. wall
**
**
- La asunción de las competencias de las Consejerías catalanas por parte de los Ministerios correspondientes. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, asumieron las funciones y competencias que correspondían al presidente y vicepresidente de la Generalidad de Cataluña respectivamente,
**

Te contradices de pleno. Me dices que no se suspendió para acto seguido confirmar sin posibilidad de duda alguna que fue suspendida y parte de las leyes del estatuto de autonomia anuladas dado que pasaron a cargo del gobierno español competencias que el estatuto fuerza que sean exclusivas de la generalitad catalana ¡¡madrreeee!

Te deberías de aclarar

¿o sea que niegas que fuera suspendida para luego acto seguido confirmar totalmente que sí fue suspendida?

En fin. ¡Que locura!

Si no hubiera sido suspendida el control de Cataluña sigue sobre la generalidad y el gobierno elegido por esta. Se anuan los cargos y el gobierno de la autonomía elije sustitutos

Si anulas la autonómia y pasas el control al gobierno español es que anulas la autonomía



NO se ceso a los dirigentes y ya está porque entonces el gobierno habría puesto sustitutos
Se suspendió la autonomia que pasó a cargo de Soraya. la generalidad no pudo nombrar sustitutos porque quedó sin efecto la autonomía y por tanto sus competencias y el estatutlo

POr más que repitas lo contrario
Su además lo ha admitido varias veces Pedro Sanchez y otros políticos que lo han dicho expresamente varias veces que se suspendió la autonomía

*
, como mucho un "golpe de estado blando" ha sido la declaración de independeicia de Pugdemont...
*
Durante 8 minutos luego suspendió la independencia
La suspensión de autonomía es nua violación del MISMO artículo 2 que violó puigdemont. Y se alargó durante meses
Puigdemont violó el inicio del párrafo del artículo y el gobierno español el final del mismo

**
- La asunción de las competencias de las Consejerías catalanas por parte de los Ministerios correspondientes. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, asumieron las funciones y competencias que correspondían al presidente y vicepresidente de la Generalidad de Cataluña respectivamente,
**
¿y me dices que no se suspendió la autonomía para que me confirmes que sí se suspendió?

Bah

Que sí que acabas de confirmar tu mismo que fue suspendida y el control pasó a manos del gobierno del PP

mononoque

#24
suspender una ley de una autonomía no es suspender esa autonomía.
Cesar un cargo y poner un sustituto, sea quien sea, no es suspender una autonomía.
Que haya políticos que mientan para ganar votos no te debería sorprender así que aunque lo hayan dicho no significa que sea verdad.

Si para ti suspender una autonomía es cesar un cargo y poner a un sustituto...


Por último, no paras de decir que se violan los artículos de la Constitución pero que sepas que tú no eres quien debe decidirlo si no el Tribunal Constitucional que está para eso. Ellos tienen los conocimientos jurídicos para evaluar si se cumple o no la Constitución en vez de tu opinión en el que creo que todas son suposiciones desacertadas.

s

#30
**
suspender una ley de una autonomía no es suspender esa autonomía.
**
Antes habias dicho que no se había suspendido dicha Ley. Vamos avanzando

Suspender la ley destituir a los cargos electos, anular el gobierno electo y pasar todas las funciones del mismo al gobierno español y el control de los organismos públicos al gobierno español es exactamente y no es otra cosa que suspender la autonomia

¿o es que suspender la autonomía es que Cataluña se mantenga flotando en el aire para ti?

Me describes la suspensión de la autonomía con todo detalle negando al mismo tiempo que la autonomía haya sido suspendida

Cuando además tanto el actual presidente del gobierno como muchos otros políticos dicen sin empacho que aplicaron el 115 para suspender la autonomía

En fin. Me parece ridícula esta charla y sin pies ni cabeza

D

#13 Pues mira tú que el 155 no permitía en realidad destituir al gobierno, simplemente obligarle a acatar ordenes o directamente asumir ciertas funciones. Y desde luego entre esas funciones no estaba ni el destituir al gobierno autonómico ni el convocar elecciones. El gobierno central interpretó el 155 como le dio la real gana. Hasta tal punto que el tribunal constitucional se puso manos a la obra para establecer lo que se puede hacer y lo que no para futuras ocasiones. Ciertamente el redactado del artículo 155 queda bastante genérico, probablemente para que se pudiera desarrollar mediante leyes la forma de aplicarlo, pero ante la ausencia de otras leyes se pasaron "un pelín".

c

mmmmmm..

Es una decisión controvertida y tiene graves consecuencias sociales. Deberían reunirse y replanteárselo...

D

en realidad las cuentas ya estaban intervenidas desde bastante antes de la aplicación del 155.