Hace 4 años | Por TribunaVioleta a eldiario.es
Publicado hace 4 años por TribunaVioleta a eldiario.es

Una sentencia pionera en España considera que el trabajo de las camareras de piso de los hoteles entraña una peligrosidad que debe ser atendida como tal en la prevención de riesgos laborales. El fallo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, asegura que la norma laboral ha ignorado la peligrosidad de las profesiones feminizadas y debe ser interpretada con perspectiva de género.

Comentarios

hasta_los_cojones

#2 los empresarios no quieren, porque tendrían que pagarles más por hacer el mismo trabajo

D

#4 No tendrían o, mejor dicho, no podrían.

hasta_los_cojones

#6 yo soy hombre y no aceptaría trabajar de camarero de piso por una miseria.

Hay otros trabajos poco cualificados en los que puedo ganar más dinero.

Si necesitan hombres para cubrir una cuota, van a tener que subir el salario para competir con otras ofertas de trabajo.

D

#7 Tú; muchos otros sí.
Ése es el problema... Que siempre hay alguien dispuesto a hacer el trabajo por menos dinero, independientemente de que sean hombres o mujeres.

hasta_los_cojones

#8 en el campo de los trabajos poco cualificados, la oferta disponible para hombres y mujeres es diferente, por cuestiones biológicas y culturales.

Una mujer media no puede estar todo el día cargando sacos de cemento, y no tiene interés en trabajar con herramientas pesadas.

Un hombre medio no tiene el tono de voz y los rasgos suaves que funcionan mejor con los bebés, y la sociedad no tiene mucho interés en que hombres extraños cuiden a sus bebés.

Un tío desesperado por trabajar buscará en cualquier lugar antes que de camarero de piso, porque en otros sitios cobra más.

D

#9 ¿Estás diciendo que hombres y mujeres son distintos y tienen capacidades distintas? ¿Estás diciendo que a las mujeres se les da mejor cuidar bebés y a los haberes los trabajos con maquinaria pesada?
¿En serio?

hasta_los_cojones

#11 hay una diferencia estadística en tales materias, y parte de la causa son diferencias biológicas.

Lo cual no implica que no haya mujeres capaces (y con ganas de) descargar camiones, y hombres capaces (y con ganas de) cambiar pañales.

Las estadísticas no dicen nada de los individuos concretos, pero unas diferencias estadísticas son capaces de explicar otras.

Por ejemplo una diferencia estadística en talla y fuerza puede explicar una diferencia estadística en personas que trabajan descargando camiones.

D

#12 ¿Y las diferencias biológicas se reducen sólo a ésas o puede haberlas de otro tipo que diferentes aptitudes para trabajos menos físicos?

hasta_los_cojones

#16 puede haber otras, y no sólo de capacidades sino de intereses

D

#12 ¿Cómo se justifica la diferencia en las pruebas físicas para el acceso a determinadas profesiones?

hasta_los_cojones

#17 pues es injustificable

hasta_los_cojones

#11 #18 talla, peso medio y masa corporal

España
hombres 1.76 m 84.3 kg 27.2
Mujeres 1.63 m 66.7 kg 25.1

https://www.datosmundial.com/estatura-prom

D

#13 ¿Te has parado a pensar si, además de esas diferencias, existen otras?

hasta_los_cojones

#18 ¿te has parado a pensar si las otras diferencias de las que hablas se deben a éstas a las que yo hago mención?

chorche77

#10 Pues resulta incómodo. Si yo me voy a la vista de comentarios espero ver opiniones, no un contenido que ya está en la noticia.

TribunaVioleta

Esta perspectiva, dice, debe aplicarse también a la hora de aplicar la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para graduar las sanciones a las empresas. Con estos principios, revoca una sentencia anterior e impone a una empresa hotelera -Bercuma S.L. por su hotel Hesperia en Yaiza, Lanzarote- la multa más elevada por no haber llevado a cabo la evaluación ergonómica de los puestos de las camareras de piso.

El inicio de la historia se remonta a marzo de 2017, cuando la Inspección de Trabajo levanta un acta de infracción grave contra el hotel de Lanzarote por no haber llevado a cabo una evaluación ergonómica de los puestos de trabajo de su departamento de pisos. La sanción propuesta era de 20.491 euros. Sin embargo, la empresa recurrió y un juzgado de primera instancia rebajó la multa hasta los 2.046 euros.

D

#3 Lo hace para comodidad del lector .

D

#3 Está claro que sí. #teahorrounclick