El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley 5/2025, que incorpora una deducción específica en el IRPF para trabajadores con ingresos anuales iguales o inferiores a 18.276 euros, es decir, quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional. Aunque la norma entra en vigor formalmente en julio de 2025, la disposición señala que sus efectos serán retroactivos desde el 1 de enero de 2025, por lo que el impacto se reflejará en la declaración de la renta que se presente en 2026.
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etiquetas: hacienda , irpf , deducciones
¿Se han currado el titular para que parezca que te quitan pasta de la nómina?
La nómina de la.imagen no tiene nada que ver con la.noticia e induce a error
Aquí lo explican algo mejor.
garanta.es/la-nueva-deduccion-de-340-e-en-el-irpf-como-funciona-y-quie
La imagen de la nómina que aparece en la noticia parece indicar que sí, pero no. Es una nómina de 2015. Ese recuadro que aparece es engañoso.
No me creáis, mirad la modificación en la disposición final tercera de la ley 5/2025, a ver si habla de retenciones.
Si tienes un contrato de 6 meses y vienes del paro te van a retener un 2 en vez de un 24 o un 14 o un 11 o lo que te corresponda según tu situación familiar.
Es decir ese tipo es variable según lo que pagues de IRPF.
Es más, puedes ajustarlo tú y pedir que te retengan más si quieres. "La declaración" es… » ver todo el comentario
No sé si estás liado o estás intentando justificarte huyendo hacia adelante pero no desinformes.
Por deducción se suele entender como el descuento en la declaración de la renta, no en la nómina.
En la nómina se pagan cotizaciones que luego se pueden deducir en la declaración.
Esto beneficia a quienes se han visto obligados a tributar tras las subidas del SMI.