Hace 3 años | Por Yonicogiosufusi... a eldiario.es
Publicado hace 3 años por Yonicogiosufusil27 a eldiario.es

La magistrada María Begoña Calvet argumenta que en su opinión la concesión del puesto fijo en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera (aunque sin el reconocimiento de ese título) es la única solución que cumple con las condiciones que establece la justicia europea: acordar una sanción proporcionada, pero también lo bastante efectiva y disuasoria al abuso.

Comentarios

fofito

Si durante 13 años has ocupado una plaza y desarrollado unas funciones, evidente, la temporalidad no es tal y, por tanto, lo justo ha de ser que se te otorgue la plaza como si hubieras pasado una ope.

curaca

#3 Pues no. Esa plaza puede pertenecer ya a un funcionario, que se encuentre en excedencia con reserva de plaza. Una misma plaza no puede tener dos propietarios. Esa plaza debe salir a concurso y adjudicarse si no fuera así.

Yonicogiosufusil27

#6 Error, cuando pides una excedencia por más de 2 años pierdes la plaza, pero no la condición de funcionario.

Yonicogiosufusil27

#2 Las duples, unas triunfan y otras no. Es cuestión del momento. Me parecía interesante insistir por la relevancia y el número de personas a las que afecta.
Por ahora los sindicatos se contradicen: por una parte ofrecen sus servicios jurídicos y por otra hacen llamamientos a la Administración para que acelere los procesos selectivos de concurso-oposiciones sabiendo que la sentencia del TJUE los rechaza como sanción.

Yonicogiosufusil27

La sentencia repasa varias posibles consecuencias a este fraude, pero según el criterio de la jueza ninguno cumple con los principios exigidos. Organizar procesos selectivos o de estabilización debe quedar descartado de acuerdo a la sentencia europea de marzo, apunta la magistrada, así como el reconocimiento del estatus de "indefinido no fijo", una categoría creada por los tribunales por la que los empleados temporales pueden permanecer en sus puestos, pero solo hasta que la plaza sea ocupada legalmente en los procesos selectivos que se acuerden.

Por último, la jueza también descarta que la indemnización sea una sanción válida. "Establecer una indemnización que fuera lo suficientemente eficaz y disuasoria, y que además protegiera debidamente al empleado público, alcanzaría una cifra tan elevada que difícilmente podría ser satisfecha por la Administración", recoge la sentencia.