Hace 1 año | Por Grahml a diario16.com
Publicado hace 1 año por Grahml a diario16.com

El conocimiento financiero debería ser clave en la formación de los jueces españoles. Sin embargo, no es así y tiene una consecuencia fatal para las víctimas de los abusos de los bancos porque este analfabetismo financiero provoca que los grandes despachos de abogados (Uría y Menéndez, Garrigues, Cuatrecasas, Baker McEnzie, Ramón y Cajal, etc.) se aprovechen para presentar escritos que, al final, los jueces no entienden.

Comentarios

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no sólo financiero, en temas de patología constructiva por ejemplo la mayoría tampoco tienen ni pajolera. He visto abogados explicar el fenómeno de condensación exhalando sobre el cristal de sus gafas. Si acceder a la judicatura ya es muy complicado, imagínate formarlos en un tema tan específico.

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Solo es financiero, y sobre el informático que...

Robus

#2 Recuerdo un caso que se hizo famoso hace mucho tiempo, creo que fue de Oracle contra Sun por el MySql (pero puedo estar confundido).

Oracle denunciaba que mucho del código del MySql se copiaba del de Oracle, y su abogado puso como ejemplo la función TRIM para eliminar espacios del inicio y del fin de una cadena indicando que el código de las dos era prácticamente el mismo.

En ese momento salto el juez y dijo algo así como: "Yo, por afición, he hecho un curso de programación, y mientras usted hablaba he programado, sobre papel, como haría la función, y me ha salido lo mismo. No me he copiado de unos o de otros, simplemente es la forma más sencilla de hacerlo". Si quiere que su caso tenga base le suguiero que busque ejemplos mucho más complejos.

El abogado dijo algo así como "no pongo en duda su palabra porque seguro que sabé más de programar que yo".

Al final todo quedó en nada porque Oracle compró Sun Micosystems.

strike5000

"En la sentencia de diciembre de 2017 indica que «dado carácter esencial de la propia cláusula, no cabe considerar que el consumidor no se apercibiera de su importancia económica y jurídica y que pudiera conocer que el interés resultante en dicho periodo se calculaba mediante la aplicación de un índice oficial consistente en una media de los índices hipotecarios de todas las entidades que actuaban en España al que se sumaba un margen o diferencial»."

Qué digo yo, que quien tendría que explicarle al cliente lo que es el IRPH o preguntarle si lo ha entendido en todo caso sería el notario, ¿no? El juez debería comprobar si las clausulas son ajustadas a Derecho o no, simplemente.