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La Inspección de Trabajo cambia de opinión y confirma que los salarios deben cobrarse en los cinco primeros días hábiles

La Inspección de Trabajo cambia de opinión y confirma que los salarios deben cobrarse en los cinco primeros días hábiles

Con respecto a esta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de La Coruña, que apuntamos en el titular, en un primer termino se nos comunicó por parte de la Inspección de Trabajo que la empresa acreditaba que aunque los trabajadores percibían sus salarios los días 10, 11, 12 etc, el ingreso la empresa lo realizaba el día 5 de cada mes.

| etiquetas: derecho , laboral , empleo
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