Hace 1 año | Por --543566-- a eldiario.es
Publicado hace 1 año por --543566-- a eldiario.es

El Ministerio Público está centrado en dar la batalla ante las revisiones de condenas que ya eran firmes antes de que entrara en vigor la nueva regulación y que se han visto reducidas en virtud del principio básico del derecho que obliga a aplicar al reo la ley penal más favorable. Al menos 721 condenas se han visto reducidas, según los últimos datos oficiales difundidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Comentarios

D

#12 consiguieron colártela. busca una declaración de cualquier político juez o meneante en la que dijeran que se revisarían las penas de condenas de penas mínimas, es absurdo, cualquier condena en años anterior se podría haber puesto en la ley si es si, el TS llevando de careo al ganado.

El CGPJ alertó el 25 de febrero de 2021, en el punto 245 de su informe preceptivo sobre el anteproyecto de la norma, que la reforma comportaría revisiones de las condenas máximas establecidas antes de la entrada en vigor de la ley: “La reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se haya impuesto las penas máximas conforme la regulación vigente”.

"sólo advertía de revisar si bajaban las penas máximas" y que "en otros casos NO se revisaban.

sorrillo

#_13 consiguieron colártela

El clima de terror que crearon impidió que se hicieran públicas las críticas, por miedo a ser tachado de machista, traidor a la causa o directamente violador.

Es ese clima de terror el que dominó la redacción y aprobación de la ley así como las posteriores declaraciones cuando las consecuencias ya eran no solo inevitables sino reales y palpables.

Editado: Poniéndome en tu lista negra de ignorados ejemplificas perfectamente la burbuja en la que os metéis los de vuestra ideología, acallando cualquier mensaje crítico a vuestra causa. Es una actitud de polarización propia de fanáticos y como tales cometéis los errores que cometéis.

Enhorabuena por convertirte en un ejemplo de lo que critico, por demostrar cual es la causa de fondo del problema que estamos tratando.

Nota: Este comentario es para responder a @ oidalGque por lo visto me tiene en su lista negra de ignorados. Por alguna razón que se me escapa los@admin demeneamemeneame han decidido que si alguien te pone en su lista negra ya no puedes citarle en respuesta a sus comentarios públicos, dificultando así el uso de herramientas de menéame como es el ver los comentarios en forma de hilo de discusión. Me pongo también en copia en #12 a ver si ayuda en el anidado.

D

te lo ha explicado tan bien sorrillo y te ha dejado tan en evidencia que de la vergüenza le has puesto en ignore. No hace falta que te conteste yo ya, sería abusar. #14 anda, a mi también me ha puesto en ignore oidalG..tu zaska ha sido demoledor veo lol

D

es el mismo TS que por interés político obligo la revisión?

es el mismo TS que nombro el CGPJ secuestrado desde hace mas de 4 años por el PP?

el PSOE es tan culpable como el PP de cada revisión a la baja de las condenas, el PSOE podría haber cambiado la ley de renovación del CGPJ como sus socios pedían, no le interesa.

D

#5 claro, la cagada de Irene es culpa de todos menos suya.

D

#6 El comando Irenito está a tope, que hay elecciones a la vista.

mefistófeles

Por esa regla de tres el pp no es responsable de la ley mordaza, del robo de nuestros derechos laborales en el 2012 ni de nada que se le pueda achacar por la redacción de una ley.

Obviamente no se le acusa de redactar personalmente la ley, pero sí de impulsarla, que bien que la vendían como logro suyo (y lo siguen haciendo) en al lucha por la defensa de las mujeres.

Así que si es su logro para los laureles, también lo es para las responsabilidades.

esto va para #_8, pero por misteriosa razón no puedo indicarlo

s

Algún caso aislado lol lol lol

b

Le están jodiendo el negocio al gobierno y sus compinches

D

No se podía saber

D

#2 ¿Y de quién depende la Fiscalía? Pues ya está.--

Battlestar

Hombre, es que reformar la ley del solo si es si no iba a afectar a las reducciones porque eso es algo que estaba ya decidido desde el momento que entro el vigor.
Pero el argumento del PSOE de "tranquilos que nosotros solucionamos el entuerto" solo cambiando la ley no se sostiene, tienen que hacer algo para frenar las reducciones, no necesitan pararlas o evitarlas solo frenarlas para que el numero diario baje y puedan decir "veis, nuestro arreglo funciona"

Aunque luego las concedan definitivamente igualmente, eso ya será después de las elecciones

D

#4 Bueno, para empezar la reforma que plantea el PSOE aún no está aprobada, así que difícilmente estos recursos van a valer para decir "veis, nuestro arreglo funciona". Y la propia exposición de motivos de la ley deja claro que su objetivo no es acabar con estas rebajas, pues es imposible hacerlo, por irretroactividad de las disposiciones desfavorables al reo.

o

Ejpaña, ese "reino" donde los jueces se esfuerzan en aplicar las leyes de forma diferente a la que pretende el legislador.

D

Son varias decenas de casos en los que ha establecido sus criterios en función del tipo de condena que ha llegado a la mesa de los jueces. Por ejemplo: en una condena mínima por agresión o abuso, si el tribunal territorial justificó su imposición, debe adaptarse a la nueva condena mínima de la ley del ‘solo sí es sí’.
(..)
Sucede al revés con las condenas máximas: la mayor parte no han cambiado con la nueva ley o son, incluso, más altas, por lo que no hay que adaptarlas. En esta línea, el Supremo confirmó 15 años de cárcel para un hombre que violó durante años a su hija pequeña en Toledo. “No habiendo sido modificado el límite máximo, la nueva regulación legal no puede considerarse más favorable para el acusado”, explicaron los jueces.

El debate se encuentra en los casos intermedios: cuando los jueces optaron por una condena entre el máximo y el mínimo con una argumentación de por medio. Y una sentencia de la magistrada Ana Ferrer dejó claro que, en esos casos, la condena es intocable: “La pena de 12 años es también ahora imponible, lo que abocaría a su inmodificabilidad en el caso de que el tribunal de instancia hubiera ejercido su arbitrio elevando la pena por encima de su umbral”, afirmó esa resolución.

En algunos casos, el Supremo ha seguido el criterio de la Fiscalía, que ha sido favorable a rebajas: por ejemplo, cuando recientemente los jueces, con el apoyo del Ministerio Público, rebajaron de 13 a 10 años de prisión la condena de un hombre que violó a una mujer en València en 2021. O cuando bajaron de 16 a 14 años la condena de un hombre que secuestró y violó a su expareja en Navarra.

El Supremo falló en contra de las tesis de la Fiscalía, sin embargo, cuando rebajó un año la condena de un hombre que violó durante años a su sobrina en la Línea de la Concepción (Cádiz). La Fiscalía había pedido mantener su condena de 13 años y medio de prisión y el Supremo rebajó la pena en un año.