Hace 9 años | Por --427475-- a invertia.com
Publicado hace 9 años por --427475-- a invertia.com

La reforma fiscal va a dar un varapalo a la venta de derechos de suscripción (muchas veces ligada a ampliaciones por pago del dividendo opcional) frente al cobro en efectivo del dividendo. Desde 2015 tributará como ganancia derivada de transmisión el importe obtenido en la venta de derechos preferentes de suscripción. Es decir, ese importe ya no se restará del valor de adquisición de las acciones.

Comentarios

D

Mira, ni siquiera voy a leerte. El que quiera saber que vaya a la escuela.

Edit Odio según qué ignorancia y su osadía. Ah! y a ignore de cabecita y hasta el final.

DetectordeHipocresía

#10 Se te olvidó referenciar mi comentario para contestarme, ¡así es difícil que te lea! He podido ver tu respuesta de casualidad.

Comprendo que te quedaras sin argumentos y no supieras qué responderme, pero no es necesario que tengas una salida agresiva. ¡Ante todo relajación y felicidad!

Venga, que te invito a unas fantas y te doy un positivo. ¿Hamijos?

ikipol

#11 Tío, te la estás buscando, que no tiene sentido del humor lol

D

#12 ¡Amo a vello! Tú no te camufles, que va pa ti:

♪♫ Que la detengan, es una mentirosa, malvada y peligrosa y hasta chapuceeeeeera ♪♫


En historial de votos a comentarios negativos ikipolikipol,
manía persecutoria con:@PsygnosisAlfa989Alfa989danicdanic@marie.

Falsifica hasta la fecha de mis notas para desprenderse poco a poco de las bolsas de negativos de sus historias
y comentarios: Y tú, ¿qué le ves a la ciencia?/c61#c-61

¡Qué decir de la valoración que hace de quienes la desconsideran tanto como a la ropa de segunda mano!

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¡Que enseñe su valoración! No mejor no,ni los trolles que son del dominio públic, pá qué más basurita, si además hay clases…

Y no te quiero hasser daño, que incapaz soy de ello,me importan un pepinillo mis historias, son ellas quienes hablan de sí mismas y también de ti, pero lo pachanguero sí que lo quiero, que te pega y es prosssedente:

♪♫ Que la detengan, es una mentirosa, malvada y peligrosa y hasta chapuceeeeeera ♪♫

D

#7 Hablo de lo que conozco como la palma de mi mano. Lo que se generará tras la aplicación de la reforma no será un rendimiento de capital mobiliario, sino un incremento de patrimonio en el I. Renta, regulado en su Ley y Reglamento,y y respecto a lo que hoy existe exención.

La L.G.T.es supletoria para respecto a cada tributo -impuestos, contribuciones especiales y tasas- cada uno de ellos tiene su normativa reguladora específica.

El simple hecho de haber leído la noticia te hubiera impedido tanto desproósito, supuesto de haberla entendido, naturalmente.

#8 Creo que te equivocas porque en la legislación vigente ya se contemplan todos los supuestos y no supuestos de rendimientos e incrementos del patrimonio que generalmente la legislación tributaria mantiene para mantener la normativa dentro del ordenamiento jurídico que se estableció en su momento para mantener la organización de los rendimientos de la ley de la renta de las personas físicas por lo que no tiene demasiado sentido tus comentarios en los que hablas de las regulaciones de incrementos del patrimonio en su ley y reglamento y las excenciones que obviamente en la normativa aparecen reflejadas y por tanto no puede ser como dices.

D

El problema era que con el sistema anterior esos derechos de suscripción no los declaraba ni dios, el banco no informaba en la venta de las acciones y el dueño se "olvidaba", en la mayoría de los casos.
Ejemplo antes: tengo 1000 acciones por las que me dan 500 derechos preferentes para adquirir nuevas acciones y para cada nueva acción necesito canjear 25 derechos. Si decido NO ejercer el derecho, vendo esos 500 derechos y me pagan 50 €. Cuando después se vendían las 1000 acciones tenía que restar al valor de su compra esos 50€, lo que aumenta la ganancia patrimonial obtenida.

D

¿Cómo? Hablo español, pero no me enteré de nada leyendo esa noticia, hablan con palabras raras que no entiendo.

D

#1 Hombre, es difícil hacer un glosario de lo que es un derecho de suscripción, inherente a las acciones y que permite ampliar su adquisición como sustitución al cobro de dividendos del ejercicio.

En definitiva, el valor de esos derechos de suscripción, que hasta ahora no tributaba lo hará desde 2015, supuesto de venderlos, y en concepto de incremento de patrimonio, sin que, tal y como se viene haciendo actualmente, reduzca el valor de adquisición de las acciones correspondientes.

D

#2 La hostia, como si me hablasen en ruso.

#2 ¿Cómo puedes hablar de ese tema cuando sabes que la Ley General Tributaria ya regula los conceptos fiscales que se concretan en este caso en el Rendimiento del Capital Mobiliario del IRPF? Por no hablar de los conceptos ya regulados en la legislación vigente sobre cuantas materias fiscales nuestra bienamada sociedad ha querido implantar. Lo que dices simplemente no es posible.

smilo

#1 hasta ahora algunas empresas en vez de dar el dividendo (intereses)en dinero te daban acciones y esas acciones no tributaban y por ejemplo si tenias 100 acciones compradas a 5€ y el dividendo son 2 acciones a esos mismos 5€ el precio total de compra seria menos porque ahora tienes 102 acciones que te costaron 500€, pero con la reforma fiscal ahora tienes que tributar por esas acciones que te han dado. Ademas antes todos los dividendos por debajo de 1500€ cuando hacias la renta te devolvian el 21% retenido a la hora de pagarte el dividendo, ahora ya no.
No se si me he explicado.

D

Veo lógico que obliguen a tributar la venta de derechos de suscripción porque es una forma de cobrar rentas del capital evadiendo impuestos (aunque si los vendes pierdes un % de la sociedad al no suscribir las acciones a las que tenías derecho en la ampliación).

De todas formas en la mayoría de los casos el beneficio por la venta es anecdótico y no va siquiera a llegar al mínimo anual para tributar. Sólo en casos de grandes inversores les va a afectar.
Si por ejemplo tienes 1000 acciones de un banco y te dan 1000 derechos, aunque vendas todos (normalmente los canjeas por las acciones que puedas y vendes el sobrante) tus beneficios son ridículos.