Hace 6 años | Por iolerei_iu_iu a elconfidencial.com
Publicado hace 6 años por iolerei_iu_iu a elconfidencial.com

Con esta sentencia, según informa hoy el TSJN, la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal rebaja la pena inicialmente impuesta por un juzgado y confirmada por la Audiencia de Navarra, que ascendía a 844.828 euros. Al hombre se le practicó una mediastinoscopia. Durante la ejecución de la prueba, el 17 de diciembre de 2009, sufrió una laceración de la arteria carótida común izquierda y, posteriormente, una trombosis que derivó en infarto cerebral.

Comentarios

Mateila

De una sentencia que condena a la clínica y al médico por no haberse demostrado pericia y prudencia a otra que sólo considera que el consentimiento estuvo viciado por mala información, pero que, no obstante, el paciente se hubiese sometido a la intervención de todos modos (con eso sí estoy de acuerdo)... Largo es el brazo del Opus...