El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la liquidación y el pago de salarios, indica que la documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo.
Un artículo muy interesante. En mi caso la nómina me la tengo que descargar en pdf desde un enlace que me envían cada mes. Según este artículo puedo exigir que me la entreguen en papel, algo que desconocía.
Comentarios
Un artículo muy interesante. En mi caso la nómina me la tengo que descargar en pdf desde un enlace que me envían cada mes. Según este artículo puedo exigir que me la entreguen en papel, algo que desconocía.
Con dinero...y en en sobre sin cerrar.
Que te lo ingresen en el banco y acto seguido vas al banco y sacas la pasta. Es una alternativa, ¿no?
En un sobre cerrado con el destinatario: Partido Popular, Calle Genova 13, Madrid
Un caso de la nave del misterio.
Rápida. Cuanto antes pase el disgusto mejor.