El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido que la caligrafía de una persona debe ser entendida como un dato personal, al ser un dato biométrico, rechazando que un opositor obtenga los exámenes de otros aspirantes para prepararse para las siguientes convocatorias. Los datos personales son un bien preciado que debe ser protegido y preservado. Una realidad ante la que cada vez son más los protocolos para proteger elementos aparentemente tan triviales como la huella dactilar, la huella ocular, o los datos que aparecen en el DNI
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Básicamente están justificando la opacidad del procedimiento. Al menos podrían dejar que los viéramos en una oficina de la administración pública y los transcribiéramos nosotros en una hoja de papel... ¿O temen que memoricemos la caligrafía?
«En fecha de 27 de agosto de 2024, la Diputación de Pontevedra dictó una resolución sobre la petición efectuada, concediendo
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