Hace 1 año | Por FreeVice a confilegal.com
Publicado hace 1 año por FreeVice a confilegal.com

El dueño del coche niega los hechos y se los atribuye a su pareja, que a su vez también los ha negado.

Comentarios

Ainhoa_96

#10 Un señor de Benetússer lol gran estrategia

Templetonpeck

#10 ValènciaTM lol

oliver7

#9 de manual. lol

Arkhan

#9 No solamente eso, si no que el riesgo a los usuarios de la vía no ha sido eliminado, los usuarios dan igual mientras el estado facture.

T

#16 Es que a eso me refiero. Antes ponían los radares móviles con una segunda patrulla más adelante que era quien te paraba y te daba la receta.

Ahora las modalidades más habituales son que o directamente no haya segunda patrulla, o sí la hay pero está antes, de manera que, si bien ya alguno hemos aprendido que ver una patrulla significa que puede haber otra más adelante, el objetivo principal que parecen tener es multar a los que vayan en sentido contrario avisando con ráfagas.

Ah, y tal como en su momento se publicitó en prensa, ya una vez pasé por uno de estos controles de tres pasos, que está primero un radar, más adelante una segunda patrulla "tradicional" parando, y finalmente un poco más allá un segundo radar para pillar a los que aceleran tras el control, pero ya no hay más para parar, es claramente recaudatorio.

Que, ojo, no estoy diciendo que no se debs multar, estoy diciendo que el objetivo es claramente el se recaudar.

Priorat

#9 Nunca ha sido obligatorio identificar al conductor para multar.

T

#17 Lo es ahora para el dueño del vehículo (en caso contrario hay otra multa) y lo era antes para la G.C.., por eso tenían el apartado en la multa para indicar, en caso de que no se le hubiese parado, por qué.

blockchain

Pero esto serviría para cualquier multa en la que no te identifiquen en el momento, no?
Suena raro

Será solo la parte penal, supongo. Administrativamente el propietario es responsable de lo que pase con su vehículo o identificar al conductor, penalmente tendrá otro tratamiento

mahuer

#2 Sí, es así. Conozco a uno que prefirió pagar la multa de no identificar al conductor que admitir que conducía.
La cuantía era mayor pero así no perdía el carnet por puntos. Luego vas pagando a plazos en hacienda, solo embargan por encima de SMI un porcentaje.

blockchain

#3 claro, pero en ese caso se responsabilizó el dueño, y era una multa administrativa.
Yo creo que en esta noticia de eso no hablan, si no de la responsabilidad penal (a 149 en una zona de 60 no sólo es multita)

J
D

#3 pero es q no le quedaban ya o qué? Que peligro tienen algunos...

Maximilian

#5 o simplemente que pagar para recuperar los que le iban a quitar le sale más caro que la multa de no identificar al conductor

Khadgar

#2 Exacto. Si le hubiesen parado y hubiesen obligado al conductor a identificarse, que es básicamente como se hacían estas cosas antes, esto no habría pasado. Supongo que es más cómodo y fácil poner una cámara y mandar una multa una semana después de haber cometido la infracción. Que sea más útil eso ya lo pongo en duda.

Manolitro

#8 exacto, pierde el efecto disuasorio que tienen que tener las multas de tráfico.

El objetivo de las multas de tráfico debe de ser que la gente no corra o tenga comportamientos peligrosos al volante. Ahora se ha convertido en lo contrario, en ponerte un radar escondido para multarte sin que te enteres, a ver si con suerte en la siguiente curva te puedo volver a multar

Arkhan

#8 Porque los radares están para que el estado colabore a nivel monetario en la infracción de otro. En ningún caso un radar aporta seguridad a la vía, solo pasta a la DGT.

D

Que fácil no?

r

#1 Yo pensaba que si no se identificaba iba al propietario vehículo. Aunque si tiene cohartada no sabría decir. Me resulta extraño.
El artículo es como una promoción de abogado.
Ojo, que he oído que en algunos juicios estatales le pasan el caso a la acusación igual 20 minutos antes y a veces se salva el acusado porque el demandante no tiene ninputa idea de wué va el caso o normativa especifica.
Quiero decir con ello, que igual que igual esto no sienta precedente, pero sin tener ni puta idea.

r

#27 Creo que es por lo que dice #18 y #13 se trata de un juicio penal por tener responsabilidad de cárcel (conducción temeraria). Las multas si van por tema administrativo.
Eso sí, tu comentario es bastante más exacto que el mío.

Priorat

#7 Hablamos de un juicio penal.

El_empecinado

#7 Me parece que en este caso se trataría de una "laguna" o "argucia legal". El radar te caza a más velocidad de la permitida pero no te paran en el momento. Te llega una notificación a tu casa, como propietario y titular del vehículo, para que identifiques al conductor. Si no lo haces te multan por no hacerlo, pero no por el exceso de velocidad. En este caso el titular identifica al supuesto conductor pero ésta lo niega. Tú, como propietario, has hecho lo que te pedían. Ahora sería la DGT quien tendría que demostrar que efectivamente conducía ella.

https://www.white-baos.com/es/derecho-de-trafico-multa-por-no-identificar-al-conductor/

ailian

Conducían un Audí y ves la foto del abogado y tiene una pinta de cayetano que tira para atrás.

Esto explica el misterio, incluido que el fiscal se pusiera de parte del acusado.

StuartMcNight

#_9 ¿Pero de que épocas hablais vosotros? Parar al conductor para multar…

MLeon

La noticia parece un publirreportaje del bufete de abogados

Grub

edit

t

Los hay que hasta presumían de ello en la TV.