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Julio Iglesias alega que la Fiscalía española no es competente para investigar las denuncias de agresión sexual contra él y pide el archivo

Julio Iglesias alega que la Fiscalía española no es competente para investigar las denuncias de agresión sexual contra él y pide el archivo

Julio Iglesias pide el archivo de la investigación abierta en la Fiscalía de la Audiencia Nacional tras las denuncias presentadas contra él por dos exempleadas por trata de seres humanos y agresión sexual. La defensa del cantante reclama tener acceso a las diligencias dada su difusión pública y el “daño reputacional” generado a su cliente y pide estar en el interrogatorio a las denunciantes.

| etiquetas: julio iglesias , acoso sexual , abusos sexuales , justicia , fiscalía
Comentarios destacados:                  
#3 #2 Viene en la noticia:
"El artículo 23.2 de la ley del Poder Judicial extiende la jurisdicción española respecto a los delitos cometidos en el extranjero por españoles, siempre que se cumplan tres condiciones: que el hecho sea delito en el lugar en el que se cometió, que la víctima o la Fiscalía interpongan querella ante los tribunales españoles y que el autor no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero por estos hechos o, si hubiera sido condenado, que no haya cumplido la condena".
#4 De leyes poco verdad? y de empatía menos.
#7 La empatía no se puede usar para justificar nada.
#15 Fijate si Julio Iglesias se lo toma en serio que ha contratado al mejor abogado de España para el tema de acuerdos.
Las denuncias son muy serias, y continuadas en el tiempo con diversas mujeres, y ahora que se ha destapado quizas aparezcan mas victimas o presuntas victimas.
Veremos como termina todo.
#15 Es lo que dice textualmente la ley española: que sí puede, y debe, ser juzgado por tribunales españoles. No existe ningún "pero". Es literalmente el texto de la ley.

Lo que digan ya todos los que quieren sacarle punta a ver si rascan algo, incluidos los abogados del acusado, es totalmente irrelevante.
Por pedir... el no ya lo tiene.
#1 ¿Papá, eres tú? xD
#15 Ojo, que esa puntualizacion es de parte de los abogados del acusado.

¿Que puede que tengan razón? Pudiera ser o pudiera ser que están retorciendo la ley y sus argumentos al máximo, porque es para lo que les pagan.

Por lo que estoy leyendo de dicha ley, yo no soy capaz de encontrar esa excepción u obligación que dicen los abogados de Julio

Saludos
#20 No me meto en los lios legales, pero sí en lo lógico y lo razonable. Si las acusaciones son delito en ese país ¿por qué no se denuncia y persigue en ese país? Ahí es donde sucedieron los supuestos hechos. Sí que hay tribunales ahí. ¿entonces?

Irse a otro país porque sí, no es razonable.
#32 Razonable y legal son cosas que no tienen porqué ir de la mano.

Cada uno habrá consultado con los abogados para ver donde es mejor denunciar según legislación vigente y costes.

Saludos
#50 Sin duda. Pues claro que sí. Pero sigue sin tener demasiado sentido irse a otro país a denunciar.

Si por ejemplo un sueco me agrede y yo averiguo que la ley sueca es más dura en estos casos ¿puedo irme a denunciarle a Suecia? No lo veo razonable.
#54 Si su ley lo permite y tu te lo puedes permitir...

Saludos
#58 Sigue siendo una gilipollez.
Yo voy a denunciar los robos de moviles y carteras y violaciones producidos en España en la policía de Marruecos a ver qué pasa.
#12 que tendrás que aprenderte la legislación de Marruecos a ver si puedes y tendrás que denunciar a alguna persona no a que era morenito que mira que puede ser de un montón de países
#12 Que afición al ridículo.
#25 Es que es ridículo esto.
#12 A ver si hay suerte y recuperas los mios. Aunque la mayoría ya serán un ladrillo.
Que no hace falta defender a uñas y dientes a Julio Iglesias. Parece que ha tenido un comportamiento nauseabundo y criminal. Ya veremos si se puede demostrar.
#17 lo que vamos a ver es la suma de dinero que aceptarán las pobres víctimas si esto sigue adelante.
#21 si Julio ofrece dinero, es que algo tiene que haber pasado ...
#28 y si ellas lo aceptan que son?
#34 muy probablemente maltratadas o/y violadas o/y abusadas sexualmente. Lo que haría a Julio un abusador/violador
#28 Sí, se llama extorsión.
#17 No he visto a nadie defenderle. ¿Puedes citar algún comentario concreto?
#13 "El artículo 23.2 de la ley del Poder Judicial extiende la jurisdicción española respecto a los delitos cometidos en el extranjero por españoles, siempre que se cumplan tres condiciones: que el hecho sea delito en el lugar en el que se cometió, que la víctima o la Fiscalía interpongan querella ante los tribunales españoles y que el autor no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero por estos hechos o, si hubiera sido condenado, que no haya cumplido la condena"
Esta bastante claro.
#14 No tan claro, según el propio articulo y según la defensa: es de “carácter subsidiario” que “solo se aplica cuando un español ha cometido un delito en el extranjero, pero el Estado del lugar de ejecución no puede ejercer la jurisdicción propia, y permite, según las reglas de cooperación internacional, que el hecho pueda perseguirse en España y que el ciudadano español se encuentre en territorio español”.

Pero la trata de personas, si no me equivoco es perseguible en cualquier país sin tantas restricciones y "subsidiarios" por eso lo preguntaba.
#15 las denunciantes han dicho que prefieren denunciar en España porque tienen más posibilidades de que salga adelante la denuncia y que por eso no denunciaron en su momento en la República Dominicana.

Bueno, ellas mismas no lo sé, o la asociación que les gestiona todo.
#4 cuando sólo se tiene la habilidad de odiar, tristemente se escriben comentarios como el tuyo.
#36 No, en absoluto. Eso no es trata. Ni tiene nada que ver con contratar a prostitutas, ni necesariamente es un trabajo con finalidad sexual. De hecho, y dentro de la trata sexual, lo habitual es engañar a personas que no se prostituyen en su país de origen, o que no tienen ese objetivo al llegar.

Esa definición de la ONU que dices se refiere al tratado de Palermo y reza:

a) Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o

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#44 En el punto "b" vemos que "explotación sexual", lo que simplemente significa prostitución.

En las condiciones dice "situación de necesidad", que es algo que se da por supuesto en una prostituta sin necesidad de demostrar nada.

Con lo que quedamos en cambiar a prostitutas de país.
#46 Mira que ya me esperaba que no te lo leyeses y he remarcado "necesariamente" con cursivas. No, la trata no implica necesariamente ni actitudes sexuales, ni muchísimo menos que, de implicarlas, sean estas personas prostituidas en su lugar de origen.

Te sacas tú de la manga que ya son prostitutas antes de migrar.
#48 Te sacas tú de la manga que ya son prostitutas antes de migrar.

Depende de cómo lo mires. Yo las veo como prostitutas desde el momento que han sido contratadas como prostitutas, pero puede haber otros criterios como "no eres prostituta hasta haber follado con el primer cliente y cobrado por ello". Son puntos de vista. No deseo pelearme por definiciones, no tiene sentido.
#52 No entiendo tu punto de vista. Yo creo que no eres abogado hasta que seas abogado, médico hasta que eres médico, higienista hasta que seas higienista y prostituta hasta que seas prostituta. No entiendo tu confusión.
#53 No has dicho nada realmente.

"prostituta hasta que seas prostituta"

¿y eso cuando sucede?

No lo dices, y no sabes ves la confusión?

Yo, es que no veo a un proxéneta trasladando a alguien que no es prostituta. ¿Para qué va a hacer eso?. Como mínimo el proxéneta y la prostituta están ambos de acuerdo en que ella es una prostituta.
#55 Sucede cuando aceptas dinero o bienes a cambio de servicios sexuales.
#56 Ah, la segunda definición, vale.

Entonces, si entro en un prostíbulo y hay montones de chicas ahí que se me tiran encima para ofrecer servicios sexuales a precios razonables, no puedo llamarles prostitutas, porque no sé si antes han cobrado por ello.

Es por mantener la coherencia.
#57 Siempre que, si entras en una ebanistería y hay un montón de personas que se ofrecen a hacerte muebles a cambio de dinero, no les llames carpinteros porque no sabes si han cobrado antes por ello.

Yo de hecho cuando entro por primera vez en una consulta de un dentista asumo que son encofradores.

Es para que la sigas manteniendo.
#59 Yo de hecho cuando entro por primera vez en una consulta de un dentista asumo que son encofradores.

Ma parece muy bien.
#57 Lo son o no aunque tú personalmente no lo sepas.

Yo no soy actor porno hasta que ejerza como tal... da igual si quiero serlo o no.
#71 Esto ya es entrar en suposiciones. Yo, cuando se sale de la lógica, me bajo y sigo a pié.
#48 Pues mira que poner lo más importante en el tipo de fuente más dificil de leer... cosas de gente que trabaja con la justicia :->
Sin ser yo tampoco jurista, es obvio que los abogados de Julio Iglesias van a intentar marear y alargar el proceso todo lo posible.
Así que de momento, presentan esta alegación. Si se acepta, pues genial. Si no se acepta, bueno, retrasamos un poco más el juicio.
#10 Eso es la interpretación interesada de una de las partes.

No digo que no sea verdad, y a lo mejor el juez interpreta lo mismo y lo archiva, pero no deja de ser una interpretación. El artículo enlazado sí es así y punto.
#47 Sin acritud, no importa que como lo veas tú, sino como lo vea la ley. Y la ley ve a la víctima como testigo.
#49 Se admite esa aberración. Soy consciente de ello. Así es como se condena a inocentes, sin otra prueba que una acusación que puede ser totalmente falsa.
Mala defensa querer excusarse en la falta de jurisdicción. ¿Dirá lo mismo si le denuncian en la República Dominicana? Debería demostrar que es inocente o crear una duda grande y dejar de buscar otras excusas, que las excusas le hacen parecer culpable. Conociendo su actitud en actos públicos es fácil dar por veraz lo que denuncian sus exempleadas e intentar evitar la investigación no hace pensar en que las denuncias sean inciertas.
pero entonces está diciendo que SÍ ha hecho esas cosas pero que esa instancia judicial NO es competente. porque a ver, Julito, si no has hecho nada de eso, te debería sudar la pollavieja por delante y por detrás si es o no es competente, no? vamos, digo yo
#24 No. No es así. Decir que el tribunal no es competente no implica el reconocimiento de nada. ¿De donde lo sacas tú?
#35 ¿Qué testigo lo niega? Por otra parte, una presunta víctima sí puede ser testigo del propio delito del que acusa, a diferencia de un presunto victimario, que nunca puede serlo. Lo digo por avisar antes de la respuesta.
#43 ¿Qué testigo lo niega?

La gobernanta o encargada, que es citada por las acusadoras como persona que debía estar presente en las violaciones. Quizás deberías leerte las acusaciones. Respecto de la encargada, niega conocer ni haber trabajado nunca con las acusadoras.

una presunta víctima sí puede ser testigo del propio delito del que acusa

No la veo como testigo. Un testigo puede ser una prueba mientras que la acusación no.

Luego, tema aparte, las barbaridades que se permiten en España para condenar sin pruebas cuando interesa.
#47 las barbaridades que se permiten en España para condenar sin pruebas cuando interesa

En esto te doy la razón.
#4 Repítelo muchas veces a ver si se convierte en verdad.
Sin ser jurista, que una ciudadana dominicana ponga una denuncia por hechos cometidos por un ciudadano español (que no reside en España) en R. Dominicana y Bahamas no tiene sentido.
#2 Viene en la noticia:
"El artículo 23.2 de la ley del Poder Judicial extiende la jurisdicción española respecto a los delitos cometidos en el extranjero por españoles, siempre que se cumplan tres condiciones: que el hecho sea delito en el lugar en el que se cometió, que la víctima o la Fiscalía interpongan querella ante los tribunales españoles y que el autor no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero por estos hechos o, si hubiera sido condenado, que no haya cumplido la condena".
#5 lo pone en #3 Segun la ley española es perfectamente persegible aqui.
#9 A ver, según la propia noticia, también dice que eso es solo en los casos en que el país donde ocurrió no pueda perseguirlo y que el acusado esté residiendo en el país (España en este caso).

Pero creo que la trata puede perseguirse internacionalmente, sin restricciones, por eso pregunto.
#3 Sí, y justo debajo:

La defensa de Julio Iglesias sostiene, sin embargo, que se trata de un precepto de “carácter subsidiario” que “solo se aplica cuando un español ha cometido un delito en el extranjero, pero el Estado del lugar de ejecución no puede ejercer la jurisdicción propia, y permite, según las reglas de cooperación internacional, que el hecho pueda perseguirse en España y que el ciudadano español se encuentre en territorio español”. #6 #11

Es decir, se tendría que acreditar de alguna manera que la R.Dominicana/Bahamas no pueden ejercer su propia jurisdicción.
#3 El supuesto autor no ha sido acusado en el extranjero.

La situación es esperpéntica.
#30 "que el autor no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero"
#68 Sé leer. También sé cuando algo no tiene sentido.
#30 Si yo me dedicara a visitar países donde se puede comprar a la justicia con dinero a cometer atrocidades, ¿ te parecería una insensatez que me denunciaran, detuvieran y condenaran en España ?

Este tipo de leyes se suelen hacer por este motivo. No digo que República Dominicana tenga que aceptar esa condena y extraditarle, o hacerle cumplir la condena allí, pero solamente no poder visitar España no sería poca condena, en caso de que no puedas hacer más.
#72 Ya entramos en las excusas a posteriori, denigrando a otro país.

Pero las excusas son eso, excusas.
#2 pues no. No lo tiene pero podemos y cia están con la matraca.

No les funcionó con el muerto de Adolfo Suárez y ahora contratacan con el casi muerto.

Es alucinante el nivel de alienación de la izquierda. Es la peor campaña política en lustro.
#4 La derecha es esto.
#2 Sin ser juristas una de las funciones básicas de la AN es administrar justicia a crímenes cometidos por españoles en el extranjero independientemente de su lugar de residencia.
#2 Ni eres jurista ni te has esforzado lo más mínimo para ver si explican algo en el envío:

"El artículo 23.2 de la ley del Poder Judicial extiende la jurisdicción española respecto a los delitos cometidos en el extranjero por españoles, siempre que se cumplan tres condiciones: que el hecho sea delito en el lugar en el que se cometió, que la víctima o la Fiscalía interpongan querella ante los tribunales españoles y que el autor no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero por estos hechos o, si hubiera sido condenado, que no haya cumplido la condena"
#2 si vas de turismo sexual de menores a otro pais se te puede juzgar aquí, esto será del estilo
#2 La legislacion española soporta parte de esto. Se puede juzgar un delito cometido en otro país, pero creo que para eso se debe justificar la imposibilidad de juzgarlo donde corresponde hacerlo, algo que no he visto ni apuntado.

Luego hay ahí temas de legislación laboral dominicana en los que no creo que un juzgado español pueda entrar. Sería completamente ridículo.
¿Julio Iglesias ha sido absuelto, indultado o penado en el extranjero?
La respuesta es: no, y por lo tanto segun la justicia española se le puede procesar aquí. ¿Donde está el sinsentido?
Ya van rápidamente el juez Peinado o Garcia Castellon a actuar contra el de oficio.
Bueno, pero por eso lo acusan de trata, ¿no?
Las acusaciones son graves, y los testimonios de agresión sexual parecen solidos y consistentes. Pero "trata"...es raro.

Sin embargo, creo que la acusación de trata es lo que permite que se denuncie en España, no?
Porque él es español pero las victimas no y los hechos ocurrieron en un país extranjero. En principio si fuera solo agresión sexual no seria competencia de los tribunales españoles, verdad? Pregunto.

Pero al ser &q…   » ver todo el comentario
#5 los testimonios de agresión sexual parecen solidos y consistentes

Sólo hay un testigo, y ese testigo niega que los hechos sucedieran.
#5 Lo de la "trata" es un problema, porque la gente oye esa palabra y se cree que significa algo.

La ONU sacó una definición, que poco más o menos es "contratar a una prostituta en un país para trasladarla a trabajar a otro país", que evidentemente no se cumple aquí.
Este se cree que es como el rey bonachón. Intocable.
#40 Tocable, tocable. Inmune e impune, pero tocable.

menéame