Existen casos, que si el contrato de alquiler ha sido firmado a partir del 6 de marzo de 2019, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una duración mínima de 5 años si el arrendador es una persona física y 7, en caso de una persona jurídica. En el momento en el que ninguna de las partes comunica su intención de no renovar el contrato, se prorrogará automáticamente en plazos anuales de hasta un máximo de tres años adicionales...
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