Tribunales y justicia
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Condenado un hombre de 65 años por almacenar pornografía intantil que descargaba en una biblioteca pública de Oviedo

Condenado un hombre de 65 años por almacenar pornografía intantil que descargaba en una biblioteca pública de Oviedo

El hombre, de 65 años, acusado de almacenar pornografía infantil que descargó utilizando un ordenador de una biblioteca pública de Oviedo, ha reconocido este jueves las acusaciones formuladas por la Fiscalía del Principado de Asturias y ha aceptado una condena que incluye la inhabilitación para trabajar o realizar actividades con personas menores de edad durante dos años. El 8 de junio de 2024, una empleada del centro observó que el acusado estaba visionando pornografía, sin que en ese momento pudiera concretar si era de adultos o de menores...

| etiquetas: pornografía infantil , descarga , biblioteca pública , pendrive
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Hay peña que aparte de chunga es gilipollas. Qué puta miseria
Recuerdo una vez que abrí una VPN en mi ordenador y me puse a currar sobre un proyecto en una biblioteca pública, al cabo del rato tenía por detrás de mi a alguien mirando a ver qué hacía, cuando vió el editor, el código y demás se fue. Tuve la impresión, casi la certeza, que era alguien que monitoreaba la red/cotilleaba. No sé si es legal mirar lo que hacen los usuarios de una red pública sin orden judicial.
#3 En un sitio público no hay expectativas de privacidad sobre lo que se puede observar fácilmente, es decir, sin necesidad de meterse delante de ti. Que sea bastante chungo, sí. Legal, también.
#4 Sí, pero me refería a si es legal mirar en su ordenador las "conexiones" de los usuarios. Está claro que como no podía ver qué estaba mirando yo en mi ordenador (mis conexiones) desde su ordenador vino a verlo insitu, eso no lo puedo evitar, que lo vea insitu por encima de hombro, como bien dices, es un lugar público, pero mi pregunta sobre si es legal es sobre lo de monitorizar las conexiones de los ordenadores privados que usan una red pública.
#5 Ver el historial que te has dejado sin borrar tras irte, sí, es legal. Monitorizar las conexiones supongo que también. Igual que en los puestos de trabajo. Pero eso ya no lo sé.
Ya que el detalle de la condena está al final de la noticia, lo copio.

Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 12 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; inhabilitación para el ejercicio de los derechos de la patria potestad durante 4 años; e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con menores de edad durante 2 años.

menéame