Hace 3 años | Por puesunomas a ayudalaboral.net
Publicado hace 3 años por puesunomas a ayudalaboral.net

El contrato de trabajo ante un problema social de primer orden como es la violencia de género no podía quedar ajeno a ella, aislado de ese problema, que como cuestión social puede llegar a tener influencia sobre el desarrollo de las relaciones laborales en la empresa, por lo que en el Estatuto de los Trabajadores se han desarrollado una serie de derechos y garantías para los trabajadores que se vean afectados por este problema, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de...

Comentarios

mando

#1 el problema social de primer orden es la desigualdad que genera la propia ley y todo lo que lo engloba.

R

#1 ¿no ves que mata más que el coronavirus?

camvalf

#5 pera que lo ilustro

D

Problema social de primer orden: me descojono.
Hablar de derechos cuando se trata de privilegios, me descojono.
¿Quiere hacerte funcionaria por el morro?, estudia un poco y denuncia por violencia de género, puesto prácticamente asegurado.

Shotokax

¿Cuando se dice "víctimas de violencia de género" significa que han denunciado solamente, que hay sentencia...?

d

#6 edito por haber leído solo el primer parrafo y dejo el enlace a la fuente

https://violenciagenero.igualdad.gob.es/informacionUtil/derechos/docs/GUIADERECHOS22052019.pdf

Shotokax

#7

A los efectos de la Ley Orgánica 1/2004,es víctima de violencia de género la mujerque es objetode cualquier acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a lalibertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercidosobre ella por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o de quien esté o hayan estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.


Eso y no decir nada es lo mismo.

d

#8 eso es el 1.1, donde cuentan como es es en el 1.2

"Con carácter general, la situación de violencia de género que da lugar al reconocimiento de los derechos correspondientes se acredita mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.La situación de violencia de género también podrá acreditarsemedianteinforme de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos."

Shotokax

#9 ahí queda claro, gracias. De todos modos, pienso que debería venir todo en el mismo epígrafe.

d

#10 estoy de acuerdo, me paso lo mismo inicialmente cuando lo leí

D

Y de todo eso, no se pueden beneficiar los hombres