Hace 3 años | Por Cuchipanda a laopiniondemurcia.es
Publicado hace 3 años por Cuchipanda a laopiniondemurcia.es

La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia que rechazó la demanda, en la que había reclamado una indemnización de 56.200 euros por la pérdida de un dedo sufrida al tratar de ayudar a un trabajador a estabilizar la carga que su compañero transportaba. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el ahora apelante decidió libre y voluntariamente hacer ese favor, que entrañaba un cierto peligro y que era ajeno a sus obligaciones laborales.

Comentarios

Veelicus

#7 Asi deberia de ser, pero en este pais si te remites a tu contrato en muchos sitios te remiten al paro, asi de triste es el tema.

D

#10 En esos casos uno tiene que volver a su contrato con un abogado y llevarte tu indemnización por despido. Si nos cogen del cuello aprovechando tiempos de miseria tienen bien ganada la patada en las gónadas cuando llegue el momento y se pasen de la raya.

D

#10 tal cual

Priorat

#2 No era trabajador de la empresa en que tuvo el accidente y el accidente no fue por su trabajo.

#1 A un compañero no hay problema. El problema es que sea de otra empresa distinta a la que te paga y encima en las instalaciones de la otra empresa. Como si hubiera, en horas de trabajo, ayudado a una señora a bajar el gatito de un árbol y hubiese tenido un accidente. Tampoco hubiese cobrado de la mutua de la empresa.

Obviamente si en tu empresa ayudando a un compañero tienes este accidente, te hubieran indemnizado.

Cuchipanda

#14 pues ya depende de la función que desempeñes en la empresa y lo que diga tu contrato. Por lo demás tienes razón, el uso de compañero en la noticia es confuso, también lo señala #6 y, leyéndolo otra vez, parece que la reconstrucción de la historia tiene un tercero que aparece y desaparece en la narración:

...sufrida al tratar de ayudar a un trabajador a estabilizar la carga que su compañero transportaba. [...] Fue entonces cuando el empleado le pidió que le ayudara para recolocar correctamente la carga, con lo que se evitaba tener que bajar de la carretilla...

L

#15 ya te digo yo que si es ayudando a un compañero de tu misma empresa, en las instalaciones de la empresa, y estando debidamente todo (seguridad social, mutua, etc) te indemnizan.

La noticia es sensacionalista a más no poder.

p

#15 Jolín, pues el empleado de la carretilla que pidió ayuda para no bajarse SI tiene su parte de responsabilidad. Porque él SI que conocía los riesgos y aún así, por comodidad, puso a la otra persona en peligro. A veces, si alguien te pide ayuda, puedes decir que no... pero te puedes ver forzado a ayudar

neotobarra2

#1 #2 La putada es lo que dice #14. Cuando trabajaba en el ferrocarril recuerdo una obra en la que un viandante se ofreció a ayudarnos con un armario que pesaba una tonelada (sin exagerar) y el encargado le dijo que no, y cuando se fue nos advirtió que nunca debíamos dejar que nos ayudase nadie ajeno a la obra, porque si había un accidente nos podíamos meter, nosotros y la empresa, en un marrón judicial.

Este caso va más allá todavía porque hablamos de dos compañeros de trabajo, sólo que de diferentes empresas, y ahí sí que nos ayudamos más de una vez. Quiero pensar que la sentencia es la que es porque viene de Murcia, y que en tribunales superiores le puedan dar la vuelta, pero a saber...

Este tipo de cosas lo que hacen es minar la solidaridad y el apoyo mutuo. Todo sistema de salud o seguridad social debería compensar a alguien por perder un dedo trabajando aunque se den detalles como el de este caso. De lo contrario, nadie querrá ayudar a nadie. Pasará como en China con la gente que se desmaya o sufre un accidente en la calle, que nadie se para a ayudar porque la policía sistemáticamente detiene a los que se encuentran con esa persona, por considerarlos sospechosos.

Y luego dirán que somos egoístas e insolidarios por naturaleza... Por naturaleza los cojones. Es como nos enseñan a ser. Es el comportamiento que no se castiga.

z

#19 no es verdad lo de "nadie querrá ayudar a nadie". Aquí lo que se impide es que se trabaje gratis y sin las condiciones básicas exigidas.

Si pasas por una obra y te pones a ayudar, ni tienes los conocimiento adecuados, ni llevas el equipo adecuado, ni nadie se puede ni debe hacer cargo de ti. Si necesitan ayuda que contraten a alguien.

Si lo que quieres es ayudar a alguien que se desmaya en la calle (que no es que quieras, es que es tu deber legal), obviamente no te va a contar como accidente laboral. Pero si te pasa algo aún así la seguridad social se hará cargo de tu tratamiento, y de tu invalidez si te hiciera falta.

WarDog77

#19 Imagínate en una obra donde todo son subcontratas...

klabervk

#6 #14 la otra conclusión es que si las empresas siguen subcontratado y separando a los trabajadores y atomizando al personal, al final consiguen librarse de pagar indemnizaciones porque han hecho firmar contratos por separado limitados.

Si se salen lo más mínimo no es su culpa sino del trabajador...

baraja

#2 Sobretodo si no trabajas para ese empresa, como sabrías si te hubieras leído la noticia

Si voy a recoger unos folios a la imprenta y, por propia iniciativa, ayudo a un trabajador de la imprenta a cortar tacos, tampoco me indemnizarán porque mi trabajo no es ése.

D

#2 Pues a ver si es verdad y algunos aprenden a no meter las manos en una máquina para la que no tienen capacitación, en una fábrica que no es la suya, que luego pasa lo que pasa, venimos llorando y queremos que nos paguen una indemnización por nuestra propia inconsciencia.

Unregistered

#1 En ese caso te condenarían por denegación de auxilio

pkreuzt

#4 Puedes cumplir ambas premisas a la vez: pillas el móvil, llamas al 112 y les vas contando en directo como tu compañero, que se acaba de caer en la caldera hirviendo, se va cocinando. Así puedes decir que buscaste ayuda

Abfjmp

#5 no seré yo quien defienda esa sentencia de mierda, pero en instalaciones de alta tensión, que es donde yo me muevo, una de las premisas es que si alguien se está electrocutando no hay que acercarse a intentar ayudarlo pq entonces os achicharrais los 2. Simplemente cojer el teléfono y busca a alguien que sepa donde cortar la línea.

B

#27 Pero no tiene nada que ver, eso es una norma de seguridad en electricidad que cualquiera que trabaje en ese campo debe conocer, hasta en baja y media creo que se aplica, está sentencia es de locos, luego los jefes se quejaran de que los trabajadores no sean un equipo, no remen juntos y demás chorradas de charla TED.

Pues nada, de aquí en adelante todo lo que no sea estrictamente tu puto trabajo, salvo que te den una orden directa y por escrito, no se hace porque luego si te pasa algo te jodes.

D

#1 Pues esperemos que nadie, porque ha sido un inconsciente, y la prueba está en el resultado. Este señor era un comercial de otra empresa que estaba de visita en una fábrica, donde no conocía la maquinaria, metió las zarpas en una máquina para la que no tenía preparación y pasó lo que dice el titular.

#4 El otro no corría ningún peligro

Cuchipanda

#6 es el término que usa la noticia, no sabemos la relación entre ambos o del comercial con la empresa donde ocurrieron los hechos.

J

#1 go to #6

No era compañero, era de otra empresa y pasaba por ahí.

Es decir, si paras a ayudar a un camión y pierdes un dedo en el proceso, la compañía del camión no es responsable de que perdieses un dedo.

basuraadsl

#1 La seguridad no esta reñida con la solidaridad.

ﻞαʋιҽɾαẞ

No creo que en esos momentos nadie piense en la indemnización en caso de accidente.

Battlestar

sensacionalista a mas no poder el titular y la entradilla llevan a confusion porque da a entender que es "su trabajador" y es el trabajador de otra empresa.

alexwing

Yakuza style.

D

Ayudar a un compañero y hacer tu trabajo cumpliendo las medidas de seguridad son cosas distintas.

La indemnización sólo tiene lugar si se han cumplido las medidas de seguridad.

La premisa es muy importante, gente: lo que no aparece explícitamente en el contrato como tarea vuestra es un favor que decidís hacer. En fin, no puede estar más alejada de la realidad de los trabajadores

hombreimaginario

Cuando el trabajador señala el dedo, el empresario mira la luna...

BocaRana

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 156. Concepto de accidente de trabajo.
2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:
... ...
c) Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.


Sólo podía ser en Murcia...

rakinmez

Hay que joderse, asco de país.

b

Pues nada, si mañana el señor juez se pega una host*a contra el suelo y se queda medio esnucao, que nadie llame a urgencias que no es su cometido. Aunque las espiche, que uno no puede meterse donde no le llaman.

d

#29 Por hacer una llamada no te vas a lesionar

DonLenguita_1

Debería publicarse el nombre del juez, su direccion y todo lo demás