Hace 5 años | Por nitsuga.blisset a publico.es
Publicado hace 5 años por nitsuga.blisset a publico.es

El nombramiento de Pablo Llarena como magistrado de la Sala Segunda del Supremo fue tan irregular que la asociación Jueces para la Democracia presentó una demanda pidiendo su anulación por vulnerar la Ley el reglamento del Tribunal y hasta la Constitución. Menos de un año después se le asignaba la instrucción del proceso contra los políticos soberanistas catalanes quebrantando claramente las normas de reparto de las Causas Especiales aprobadas por ese mismo Alto Tribunal.

Comentarios

Bosck

Yo te lo afino, Mariano.

nitsuga.blisset

#1 ¿Estas seguro? Ten en cuenta que tendrás que prevaricar, ¿eh?

Bosck

#4 Bah, yo juego con otras reglas. Yo estoy por encima de la ley.

nitsuga.blisset

#6 Hombre, pues muchas gracias. En agradecimiento por tus servicios ya te abriremos una cuenta en algún paraíso por ahí, que nos han sobrado unos sobres.

Bosck

#7 O me regalais un master también o no muevo un dedo.

nitsuga.blisset

#9 Eso está hecho. Tenemos tarifa plana.

Priorat

De hecho la causa deberia estar en el TSJC.

Cartman

#2 Pues no, no era Tabarnia quien se quería independizar, en este caso, afectaba al estado.

themarquesito

#2 El TS también es competente en esta materia (artículo 57.2 del Estatut).

Priorat

#16 No, no lo es.

2. En las causas contra los Diputados, es competente el Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña. Fuera del territorio de Cataluña la
responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo.

¿En que lugar se produjeron los presuntos hechos delictivos? En Cataluña.

themarquesito

#20 No se refiere a que los hechos sean cometidos dentro o fuera de Cataluña, sino a que la responsabilidad penal es exigible no sólo en Cataluña sino también ante un órgano de carácter nacional.

Priorat

#21
Vamos a analizar. Primera frase:
"En las causas contra los Diputados, es competente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña"

Esta frase significa que si hay un diputado del Parlament en la causa quien lo juzga es el TSJC. Pasemos a la siguiente frase que la subdividiré para facilitar tú comprensión.

"Fuera del territorio de Cataluña" esto no significa que se detiene al diputado fuera de Cataluña (el lugar de detención para nadie cambia el juzgado instructor), significa el lugar del delito. ¡Hola Coco! Si asesino a alguien en Logroño es fuera de Cataluña, si me "rebelo" en Cataluña, es dentro de Cataluña.

"la responsabilidad penal es exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo" o sea, si es fuera es el TS, si es dentro, es el TSJC.

A ver tu análisis del texto. Esto es una ley orgánica que ha tenido que ser aprobada por mayoría absoluta en el Congreso. Además por ser un Estatut por 2/3 en el Parlament y un referendum en Cataluña.

No es tan sencillo entender dos frases.

themarquesito

#22 La interpretación alternativa es que la responsabilidad penal no es únicamente exigible ab initio en Cataluña sino también ante un órgano nacional.
PasaPolloPasaPollo, tú que eres abogado, ¿cómo lo interpretas?

Priorat

#23 ¿Y no crees que el legislador si hubiese querido esa interpretación hubiese escrito?

2. En las causas contra los Diputados, es competente el Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña o el Tribunal Supremo.

Si es que está muy claro. El TSJC es el responsable de juzgarlos, pero obviamente el TSJC no puede juzgar hechos presuntamente delictivos cometidos fuera de Cataluña. En ese caso los juzgará el TS. Es superfácil.

themarquesito

#24 Eso implicaría que escribiesen con claridad, y a los legisladores no les suele gustar eso ni una pizca. Para tu interpretación también se podría haber mejorado la redacción en aras de la claridad:

2. En las causas contra los Diputados iniciadas en Cataluña es competente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En las causas iniciadas fuera de Cataluña será competente el Tribunal Supremo.

O también esta otra forma:
2. En las causas contra los Diputados cuyo tribunal natural hubiese estado en territorio de Cataluña es competente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En las causas contra los Diputados cuyo tribunal natural hubiese estado fuera del territorio de Cataluña será competente el Tribunal Supremo.

Priorat

#25 Hombre, para ciertas personas nunca nada esta claro, a pesar que si lo esté. Por ejemplo, si se hubiera redactado como la primera manera que propones me estarías diciendo ahora que no está claro porque el artículo no dice que las causas deban iniciarse en Cataluña.

Si uno no quiere entender, no lo va a hacer. Siguiendo tu estilo, ¿quieres que saque algún artículo del CP y lo interprete de 25 maneras distinta a pesar que la interpretación, colo el del estatut, esté clara?

D

Vergüenza en Españistan.

aunotrovago

¿Por qué antes era todo el gobierno y ahora es todo Llarena?

Bosck

#8 Es culpa del maquinista.

V

Viva el Rey!

D

El nepotismo tiene sus reglas. Antes que a Llanera deberían haber colocado a otras personas que habían pedido ser enchufados mucho antes y llevaban mucho mas tiempo besando culos.
El PP lo hace todo mal. No respetan ni lo más sagrado.

D

#18 la he leido una vez, pero le he dado al enlace 4 veces

D

#0 he intentado menear está noticia y me ha sido imposible. Por mucho que la lea me diicen que no la he leído@admin

EsanZerbait

#17 cuántas veces la has leído?

D

Por qué no me sorprende? de modo que la sala de lo penal del supremo, presidida por Marchena (con un bien conocido historial en defensa del PP en el Supremo), decide saltarse la ley que regula el reparto de casos para asignárselo a Llarena, el último de los 6 jueces al que le correspondía, mintiendo en su auto porque en vez de justificar el motivo de no cumplir la ley, afirman estar cumpliéndola sin dar más detalles. Eso es una violación de la constitución española, el derecho al juez predeterminado por ley, una constitución que estos jueces juraron acatar y cumplir. Ya son una buen puñado de ilegalidades las cometidas por el estamento judicial y fiscal en este proceso, pretenden dejar a España sin legitimidad para hacer cumplir su carta magna, sin querer o queriendo. Estos jueces ascendido por falsos méritos han llegado a un tribunal de categoría y ahora se ve que son incapaces de llevar un procedimiento en regla con las mínimas garantías, o son muy incompetentes, o están muy acostumbrados a prevaricar impunemente, va a ser lo segundo.