Publicado hace 6 años por --525300-- a elperiodicodelaenergia.com

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por más de veinte instalaciones fotovoltaicas de la provincia de Albacete contra el real decreto del Gobierno de 2014 que redujo la retribución a las renovables.

Comentarios

D

Una empresa que solo funciona si hay subvencion o ayudas del Estado no es ni empresa ni negocio, es un gasto.

D

#2 #1 #3 Resulta que la actualización y revisión de tarifas, primas y complementos ya estaba incluida y prevista en el RD 661/2007, por lo que no es un acto nuevo y menos aun retroactivo.

Mucho hablar del del RD 661/2007 pero siempre se olvidan mencionar el Artículo 44. Actualización y revisión de tarifas, primas y complementos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-10556&tn=1&p=20070526

3. Durante el año 2010, a la vista del resultado de los informes de seguimiento sobre el grado de cumplimiento del Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010 y de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4), así como de los nuevos objetivos que se incluyan en el siguiente Plan de Energías Renovables para el período 2011-2020, se procederá a la revisión de las tarifas, primas, complementos y límites inferior y superior definidos en este real decreto, atendiendo a los costes asociados a cada una de estas tecnologías, al grado de participación del régimen especial en la cobertura de la demanda y a su incidencia en la gestión técnica y económica del sistema, garantizando siempre unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales. Cada cuatro años, a partir de entonces, se realizará una nueva revisión manteniendo los criterios anteriores.

#4 #5 Como veras ni se cambió el marco regulatorio, ni las reglas del juego a mitad del partido.

PD El laudo de la termosolar no dice que el recorte de primas fuera ilegal, retroactivo ni dada de eso, sino que quedaba por debajo la rentabilidad razonable para esas tres instalaciones en concreto :

Reclamaban 250 millones de primas recortadas en termosolar, y en el caso de la termosloar el laudo dice que con ese recorte no se garantizaba el 7,5% de rentabilidad, por lo que el recorte de primas en termosolar queda en la mitad

Lo que nos ahorramos son 120 millones de primas que si habia que pagarlas antes del recorte

sotillo

El Supremo, del pueblo y para el pueblo
Que cosas....

placeres

#1 ¿Quién es el pueblo los ciudadanos que invirtieron en solar para hacer negocio o los ciudadanos que tienen que pagar con sus impuestos esas plusvalías? Ah es verdad hablamos de solar, si pones placas solares eres un ser de luz. Y los jueces tienen que romper con la ley para "servir pueblo", leyes escritas por los representantes del pueblo. Una logica muy curiosa

De todas formas, vaya chapuza de legislación, es interesante la interpretación del TS al considerar suficiente un beneficio del valor del bono a 10 años más un “diferencial adecuado”....Desde luego de economía capitalista, riesgo de inversión, estos del tribunal supremo ni idea. Lo de haber sido funcionario con trabajo-salario asegurado toda la vida debe de sorber el seso.

pablicius

#2 De acuerdo en todo menos en un matiz: el marco regulatorio cambió una vez hechas las inversiones. Un estado no debería cambiar las reglas del juego a mitad del partido.

D

#1 quién es el TC para dictaminar que penar a los defraudadores de la amnistía fiscal (DELINCUENTES) con efectos retroactivos genera "inseguridad jurídica" y cambiar las ayudas a fotovoltaicas de golpe después de que tantos inversores LEGALES hayan invertido su dinero ahí no .

D

No te preocupes que el TS y el TC siempre que han de resolver algo, preguntan al gobierno del PP que es lo que han de decidir, pues para eso los han nombrado, faltaria más.