Hace 3 años | Por bonobo a vozpopuli.com
Publicado hace 3 años por bonobo a vozpopuli.com

El Tribunal Supremo ha rebajado de doce a seis años de prisión la pena impuesta a un hombre condenado por violar a una mujer que se encontraba borracha y drogada al entender que no se trataba de una víctima en una situación especialmente vulnerable, porque se defendió y se opuso a la agresión. Recuerda que, conforme a la doctrina del alto tribunal, la agravante de especial vulnerabilidad "no está en la falta o limitación del consentimiento de la persona ofendida, sino en la reducción o eliminación de su mecanismo de autodefensa frente al ataque

Comentarios

JohnSmith_

#2 Tal cual. Ante este tipo de titulares, lo unico que sabes a ciencia cierta es el motivo por el cual NO le han rebajado la condena.

hazardum

Lo condenaron a 6 años primeramente luego lo revisaron y le pusieron 12 años por el agravante de situación de especial vulnerabilidad, y ahora han vuelto a revisar, y han quitado dicho agravante, dejandolo en lo inicial de 6 años.

Parece que puede ser cierto que ese agravante no aplique, pero la cuestion es porque le ponen solo 6 años por violación, cuando parece una condena muy corta para dicho delito.

wachington

#5 No sé si es lo que insinúas, tal como está redactada la noticia parece que es un problema legal. Quizás habría que ampliar la condena que se puede imponer en caso de violación, 6 años parecen pocos, haya vulnerabilidad o no.

hazardum

#6 Sip, eso mismo, puedo entender discrepancias a la hora de aplicar agravantes, un tribunal lo añadió y otro ahora se lo quito.

Lo que no entiendo es que si le condenan por una violación probada, le pongan solo 6 años de inicio sin agravantes, que creo que es la pena mínima por ese delito. Aparte si, creo que deberian ampliar la pena por este tipo de delitos.

oso_69

#7 La horquilla para delitos de violación (con penetración) va de los seis a los doce años. Habría que ver las circunstancias concretas.

"Artículo 179

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años."

hazardum

#10 Si, le han puesto el mínimo, no se que razones habría, pero si ha ejercido violencia como dicen, la chavala iba algo bebida, etc, creo que no haría falta el agravante para meterle mas de 6 años.

No conozco el caso en profundidad, pero me parecen pocos, la verdad.

oso_69

#13 A mí también me parecen pocos. Y desde luego no entiendo una horquilla tan amplia. Yo castigaría mucho más estos delitos, pero luego te saltan algunos diciendo que si castigas una violación igual que un asesinato, por ejemplo, al violador le sale más a cuenta matar a la víctima que dejarla viva y que le denuncie.

a

#7 Estamos acostumbrados a leer condenas mucho mayores, pero no son por un solo delito sino por acumulación de varios.

Cantro

#15 no creo que sea el caso. Cuando la violación es a una persona que está inconsciente y no puede, por tanto, defenderse hay un agravante.

En este caso lo que se dice es que la chica no estaba inconsciente, se defendió y por tanto no aplica ese agravante. O eso entendí yo.

D

Si no se resiste entonces atenuante porque “se ha dejado”.

En fin, justicia.

Mltfrtk

Esto no tiene ningún sentido, obviamente es una ley machista de mierda. Violar es un agravante suficiente para la pena máxima.

D

No aplicar todos los agravantes, en todo caso, y sin ningún tipo de análisis, es machista. Estos jueces necesitan un cursillo de perspectiva de género.
#11 eso mismo digo yo, por ejemplo debían haber aplicado los agravantes de ser familiar, llevar un disfraz, hacerlo por motivos racistas y que la víctima fuera menor de edad aunque ni fueran familiares, ni llevara un disfraz, ni fuera por motivos racistas ni la víctima fuera menor de edad. Lo contrario solo demuestra que la justicia sigue siendo patriarcal.

a

"mordiéndole, arañándole y golpeándole en la boca"

Esto si que justifica una condena por violación.

Cantro

#1 lo que viene a decir es que no estaba inconsciente. Lo de la violación creo que no lo discute.

a

#3 Ah, las famosas victimas inconscientes que recuerdan solo partes de su experiencia que parecen partes muy bien escogidas.

Yo, cuando he estado inconsciente, no recuerdo nada de nada.

a

#4 Tienes toda la razón, pero habrás notado que yo no hablaba de eso. Hablaba de lo descrito en #12.

En efecto. Nadie discute esta condena por violación.

oso_69

#1 Positivo porque entiendo que estás diciendo que no hay duda de se resistió y por tanto fue una violación, o en términos jurídicos, una agresión sexual.

a

#9 Se diferencia un montón de los casos en los que la supuesta violada ni siquiera se molestó en avisar de que no quería, lo que deja la duda de si no quería entonces o se lo repensó después, dejando que el supuesto violador sea condenado por no ser telépata o clarividente. No aquí. Esta mujer hizo lo que es normal hacer cuando no quieres. Aquí una condena está totalmente justificada, no así en ciertos otros casos, los cuales son más que discutibles por muchos strikes que defiendan otra cosa.

A pesar de que aquí la víctima iba borracha, este caso no tiene nada que ver con otras supuestas violaciones donde lo único que hace que sea una violación es que la mujer estaba bebida, como si no se pudiera querer tener sexo cuando has bebido. O se pueda perfectamente rechazar si es lo que se quiere (demostrado aquí). El contraste con este caso es total.

Una violación real es como ésta.

Aunque la notícia no lo dice, lo suponible y esperable es que la denuncia se realizó de inmediato. Es lo que sucede en las denuncias verdaderas.

La diferencia entre una denuncia falsa de violación y una denuncia de una verdadera violación es descarada. Las verdaderas se parecen a esto. En las falsas no hay nada parecido a esto y sí que hay largas listas de miserables excusas como "no dijo nada porque estaba en estado de shock". Hace falta cara dura. El estado de shock sólo está descrito como algo totalmente distinto.

https://es.wikipedia.org/wiki/Reacci%C3%B3n_de_estr%C3%A9s_agudo

"Los síntomas ... ocurren dentro de las 4 semanas después del evento"

"el inicio suele ocurrir dentro de los minutos o días posteriores al factor estresante"

Por lo tanto esas excusas son falsas. Cuando una denuncia es verdadera, se nota mucho. Las otras son mentira.

Luego podríamos hablar de la presión que se ejerce sobre los jueces para que condenen en base a mentiras, con manifestaciones que parecen linchamientos, o podríamos hablar de proyectos de ley que solo persiguen invertir la carga de la prueba para poder condenar a inocentes.

A los culpables se los puede condenar con las leyes normales, como en este caso, a base de pruebas. Las leyes feministas lo único adicional que aportan es el poder condenar a inocentes.