Hace 1 año | Por VotaAotros a economistjurist.es
Publicado hace 1 año por VotaAotros a economistjurist.es

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha acordado plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad respecto del art. 92.7 del Código Civil, habida cuenta de su eventual oposición con el interés superior del menor consagrado en nuestra Carta Magna.

HAL9K

#5 No, está bien planteado por parte del Supremo. El artículo 92.7 CC puede dañar el superior interés del menor que no es otro que estar con el progenitor más adecuado (o con los dos en custodia compartida si es lo mejor). Que uno de los progenitores pueda instrumentalizar ese artículo atenta contra el menor, no contra la presunción de inocencia del encausado, pues esta segunda está garantizada en el proceso judicial.

T

#27 Indirectamente sí está atentando contra la presunción de inocencia. No lo declara culpable, pero sí lo trata como si lo fuese.

HAL9K

#59 La prisión preventiva entonces ¿también atenta contra la presunción de inocencia?
No se trata de castigar a uno de los progenitores, lo que se busca y prevalece es proteger el derecho del menor. El Supremo lo que plantea es que una ley no puede ser la causa de la pérdida o merma de ese derecho.

T

#73 No sé de leyes, pero la prisión preventiva se trata de una medida excepcional y cuando hay indicios y/o determinados peligros (destrucción de pruebas, reincidencias). Sí, en cierto modo, a mi juicio, atenta contra la presunción de inocencia en cierta manera, pero sólo se aplica cuando hay serias indicaciones de que ese es el camino a seguir, no es un "porquesí".

Dicho eso, si con el resto estoy de acuerdo. Lo que he criticado es el contenido del artículo.

D

#73 ¿Y de qué forma va a beneficiar al menor que no se analicen las circunstancias particulares del caso?

HAL9K

#80 Eso es lo que dice el Supremo

m

#5 con ese razonamiento, todas las medidas cautelares son inconstitucionales.

D

#5 no, no es solo eso, el problema es pretender quitar la custodia a una persona por asuntos leves. Es decir, que lo mismo es que el diga a su pareja gilipollas en una discusión sobre quien se queda el coche que el que intenten asesinarse cuchillo en mano.
Lo que buscaba el legislador en realidad es que la mujer pudiera buscar el más mínimo fallo en el comportamiento de su expareja para arrebatarle la custodia. Se metió lo de la violencia doméstica porque así luego se puede archivar fácilmente cualquier causa contra la mujer.
Como plantea el Tribunal, esta ley es desproporcionada aún en el caso de que los hechos fueran probados ciertos.

Misc0

#4 Pues lo que se ha hecho con la puta viogen, y aquí estamos los hombres, comiendo calabozo si hay una denuncia falsa, perdiendo custodias o casas.
Lo que le dijeron a un amigo mío, "como a tu ex le dé por denunciarte, aunque sea en falso, hasta que salga la resolución, te vas de tu casa y se queda viviendo ella con la cría y tú sigues pagando la hipoteca".

Asco de leyes de mierda... Lo peor es que los suciatas mantienen esto, y los peperos igual. Derecho de penal de autor y ausencia de presunción de inocencia.

B

#12 Claro hombre, que el citado artículo opere siempre en conexión con una denuncia por violencia de género interpuesta por la mujer, casualmente durante el proceso de divorcio, es pura casualidad.

D

#15 ¿Cuando un hombre denuncia un viernes a su pareja mujer, ella pasa el fin de semana en el calabozo?

Va a ser que no.

StuartMcNight

#13 No es casualidad lo que dices es simplemente MENTIRA.

D

#12 claro que si. Si un hombre denuncia a una mujer, presunción de inocencia. Si es al revés presunción de culpabilidad. Segundo caso inmerso en proceso penal. Primer caso, ya veremos ( mira a juana rivas, es el caso que no tien vuelta de hoja y aún así la siguen defendiendo)

D

#20 Las leyes también dicen que las denuncias falsas deben perseguirse de oficio.

PasaPollo

#82 Y no se hace, correcto. Pero ojo, en ningún delito, ni en los más frecuentes de denuncia falsa como en los fraudes al seguro. Pero no tiene que ver con géneros, sino con la sobrecarga del sistema judicial. Los LAJs llevan un par de semanas en huelga, ¿cuántas veces ha salido por aquí?

D

#97 No me refiero en las últimas semanas, sino en los últimos 10 años. ¿Las denuncias falsas por fraude al seguro no se persiguen desde hace diez años?

PasaPollo

#100 Joder, prácticamente no se persigue ninguna de oficio. Porque el criterio del juez es:

1- Estoy a tope de trabajo con el que me entra como para meterme de oficio en más.

2- El primer interesado en iniciar el proceso, si crees que has sido falsamente denunciado, debes ser tú, la presunta víctima. Porque

3- No voy a asumir más trabajo voluntariamente sin siquiera saber si tú, posible víctima, quieres hacerlo o no.

En cualquier proceso penal. En cualquier delito. Si se quiere cambiar esto hay que dotar de más medios a los juzgados, claro. Es así de sencillo.

isaac.hacksimov

#17 Invent.

D

#17 No solo eso, si un hombre denuncia a una mujer, juicio dentro de meses... o años. Si es al reves juicio rapido a los dos dias.

PasaPollo

#34 Aun dando por cierto lo que dices... El 92.7 CC habla de estar incurso en un proceso penal, ese es el meollo del asunto. Da igual cuántos siglos o eones tarde el juicio del hombre que denuncia a la mujer: el inicio del procedimiento para no concederle a dicha mujer custodia compartida...

D

#35 el automatismo en el caso de denuncia de mujer tarda dias en el caso de denuncia de hombre...

Pero oye, que si tu dices que no...

VotaAotros

#35 ¿No se está incurso en un proceso penal mientras pasa el tiempo desde la instrucción al juicio de primera instancia? ¿O mientras se recurre una sentencia?

PasaPollo

#39 Sí. Por lo general se considera desde que presta declaración como investigado.

VotaAotros

#46 Y en el caso de una denuncia cruzada en la que ambos progenitores estuviesen incursos en un proceso penal, ¿qué ocurriría con los niños a efectos de este artículo?

PasaPollo

#50 Pues que sin guardia conjunta por partida doble

(La verdad es que el artículo deja bastante que desear desde una perspectiva técnica).

VotaAotros

#53 El artículo es claramente inconstitucional, bajo mi punto de vista, ya que vulnera la presunción de inocencia desde el momento que habla de incursión en proceso penal y no de condena.

VotaAotros

#56 Las medidas cautelares las tiene que poner el juez, según los indicios de peligrosidad que haya tras la denuncia, no estar automatizados, que es lo que entiende el Supremo que hace este artículo. Por esto es por lo que veo que es inconstitucional.

Pero vamos, tú eres el experto y entiendo tu criterio, aunque no lo comparto. Eso, a ver qué pasa. Aunque me huelo que pasará como con la LIVG, que la presión social y política, hará de nuevo que no se estime el recurso de inconstitucionalidad si es que llega a haberlo.

PasaPollo

#58 Sí, tienes razón con lo de las cautelares, por eso digo "una especie de". Conste que aunque por otros motivos coincido contigo en que me inclino por una nueva redacción que permita el análisis caso por caso.

Tampoco soy un experto especialmente en materia de derechos del niño. Es un tema con muchas ramificaciones y mucho peso de convenios y tratados internacionales que lo hacen un animal aparte.

gauntlet_

#54 Bueno,menos mal que lo has aclarado. Tantos años eso mal... Que cierren el TC y te den todos los casos.

VotaAotros

#63 De nada.

inconnito

#53 #50 Se da la custodia al legislador, como castigo por no haber tenido ese caso en cuenta.

D

#39 si, pero no le da verguenza negarlo.

VotaAotros

#64 Tenemos una conversación bastante interesante al respecto desde #35

StuartMcNight

#12 Si no es capaz de leerse la primera frase del artículo… ¿tu crees que va a querer escucharte a ti?

PasaPollo

#19 Un genio me concedió un deseo: un euro por cada vez que un anónimo me explicase derecho.

Tres yates tengo.

StuartMcNight

#22 Me iba a meter con el machete en los comentarios invent de la noticia pero te he visto comentando así que me cojo las palomitas y a disfrutar del espectáculo.

T

#29 Da gusto leer a los que sabéis de derecho. No lo dejes. Desde mi punto de vista lo veo claro, es inconstitucional, a no ser que alguien me explique porque un menor que no ha sido agredido debe quedarse solo con uno de los progenitores porque el otro haya ejercido violencia. Creo que esos casos deben decidirse en el juzgado, como reclaman desde el mismo.

PasaPollo

#37 Gracias por tus palabras. Yo también me inclino por un análisis casuístico.

La justificación se basa en el principio de precaución. A ver, desde mi limitado conocimiento de los derechos del niño: el principio fundamental es el "interés superior del menor". Ahora, el asunto es interpretar ese interés superior. Puedes interpretarlo como que a la mínima investigación de malos tratos de un padre/madre hacía un padre/madre lo protejas, o como que su interés superior le ampara en poder ser guardado por ambos salvo causa probada.

Puedo entender los argumentos en contrario, pero como digo, hoy por hoy creo que prefiero que en cada caso el juez evalúe. Protegiendo el menor ante la mera denuncia, desde luego, si aprecia gravedad en las acusaciones, indicios periféricos, o demás; pero también permitiendo en casos como los que motivó todo esto, un forcejeo con unas bolsas, si he leído bien.

o

#12 es que sino insultas a las mujeres no eres un macho de verdad, entiendelos se sienten discriminados

Misc0

#12 No, pero habida cuenta de que denunciar en falso la mayoría de los casos sale gratis porque no se investigan (no lo digo yo, lo dice Yobana Carril) esto se utiliza para sacar ventaja respecto de los hombres en los procesos de divorcio. Es otra forma de pisar la presunción de inocencia de antemano antes de que un juez se pronuncie.

PasaPollo

#40 Ese mismo abuso de derecho lo pueden hacer los hombres con las mujeres, porque a ellas también las excluye de la guardia conjunta según el 92.7 CC. Así que repito que esto no va de géneros. Va de padres y madres.

Misc0

#42 Las personas tenemos sexo, las palabras género .
Bueno, la verdad que me gustaría ver estadísticas al respecto, porque para que de entrada un abogado te diga que esto de que te comas una denuncia por parte de ella para sacar rédito no es tan raro a la hora del divorcio es bastante llamativo roll .

D

#55 "todos son iguales"

Misc0

#55 No sé si en otros ámbitos se persigue el fraude (denuncia falsa) como en el ámbito de los malos tratos, si se demuestran falsos, la fiscalía no actúa salvo que sea un caso muy llamativo, como contaba Yobana Carril.
Sea como fuere, pasarse por el arco del triunfo la presunción de inocencia y establecer medidas cautelares sin pruebas de por medio es una puta barbaridad.

D

#42 Sabes perfectamente que de facto no es asi.

B

#40 Ah, que lo dice Yobana Carril, la abogada que vive de eso. Alguien muy imparcial en este tema.

Misc0

#62 La mujer tiene un par de ovarios de denunciarlo. ¿Qué sentido tiene ir a contra corriente de toda esta mierda habida cuenta que te puede perjudicar más que beneficiar? O hacer como la mayoría, te callas y no dices nada en alto para que las hordas de descerebrados no te señalen.

T

#12 Te compro la teoría. Ahora, si tienes a bien, dime si hay alguna diferencia entre un hombre plantándole una denuncia por violencia doméstica a la mujer en el proceso de divorcio y el que sea ella quien planta la denuncia por violencia de género a él.

¿Sucede lo mismo en ambos casos?

PasaPollo

#61 Es posible que la declaración como investigado se dé más rápidamente en el caso del hombre que en el de la mujer. También que en un caso será competente el juzgado especializado y en otro en el de instrucción ordinario, aunque en muchísimas ocasiones son el mismo y conocen de ambos.

T

#66 Gracias ¿y en lo que respecta a medidas cautelares?

PasaPollo

#68 Perdón, ¿te refieres a cautelas sobre el menor en concreto? Ten en cuenta que aquí hay una bifurcación de competencias.

T

#70 No, me refería genéricamente una denuncia de él a ella vs. de ella a él.

PasaPollo

#72 Tanto las víctimas de violencia de género como las de doméstica tienen el amparo de unas cautelares especiales (además de las generales) llamadas Órdenes de Protección. Y sí, a mayores las víctimas de violencia de género tienen una serie de cautelares propias.

T

#74 Gracias, no tengo más preguntas, señoría. Su meneo.

W

#12 "no hace ninguna distinción entre géneros. Hasta al contemplar la violencia de género también incluye la doméstica."

Si las exigencias u observaciones para abrir causa penal por malos tratos, vs por violencia domestica, fuesen las mismas... Te doy la razon INDISCUTIBLE .

Si por el contrario, a unos le pones el salto de pertiga a 1 metro con ayuda de gente empujandole y aupandolo, y al otro le haces saltar 6 metros de altura y le quitas la pertiga.... El juego no es el mismo. No se si nos entendemos.

PasaPollo

#98 Vamos a ver, que es interponer denuncia y que la contraparte declare como investigada.

D

#12 Falso, hay que ver la ley en conjunto con el resto de leyes que van a hacer que sea muy fácil que un hombre se encuentre inmerso en un proceso penal. Está todo atado y bien atado.

ur_quan_master

#9 pocos hombres conozco que hayan pisado calabozo.

isaac.hacksimov

#9 Comerás calabozo tu y/o otras personas que maltraten a las mujeres, las personas que no maltratan no tienen esos problemas. El cuento de las denuncias falsas está más que desmontado.

T

#31 No se si lo dices con sarcasmo o en serio. Pero denuncias falsas hay.

VotaAotros

#31 Lo que está desmontado es que no existan, excepto cuando denuncian a Unidas Podemos, como queréis hacer creer algunos.

#31 Tú sí que mientes....
Delante de mí, en los juzgados de violencia sobre la mujer, una tipa preguntando a su abogada que qué tenía que decir para que su ex fuera a la cárcel.

Así que sí, que hay tiparracas locas buscando líos para que entrullen a su pareja, o ex pareja.

pedrario

#10 Yo no he hablado de hombres ni de mujeres.

o

#10 ese si que es un problema real y jodido, que además consigue que la justicia no sea justa. Recuerdo el caso de un hombre que tenia una causa por trapichear y cuando salío el juicio a los 10 años ya tenía otra vida de provecho pero tenía que pasar 4 años preso por aquello, que sentido tiene?
O que decir de los juzgados sociales que cuando te quieren pagar te puedes haber jubilado

Pacomeco

#10 Es lo que venía a decir. Si la justicia funcionara como debe ese artículo pasaría prácticamente desapercibido. En caso de proceso penal por malos tratos a lo sumo en un mes resuelto y vuelta a la custodia compartida.

Lo que me extraña es lo bien y rápido que funciona la justicia en caso de revisión de penas por violación. Ha habido casos en los que se ha comenzado a avisar antes de aprobarse la nueva ley.

e

#4 En este caso es más bien al contrario. Suena a que esta mujer quería jugar al "pierdes la custodia automáticamente en cuanto yo te denuncie", denunció y se agarró al Código Civil para que le quitasen la custodia automáticamente al ex. Cómo será el asunto que han dicho que vale, que atendiendo al Código Civil tiene razón, pero que ello no les hace más que plantearse hasta qué punto está desfasado en este aspecto el Código Civil, cuando saben de sobra que el crío está bien cuidado y que la denuncia no es más que una excusa legal para quitar la custodia al padre.

pedrario

#16 más que este caso concreto, me preocupa los que redactaron y aprobaron la ley. La redacción me parece peligrosisima.

e

#94 Hombre, el Código Civil tiene sus buenos años... Cuando se redactó que "no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos" a lo mejor la persona que lo redactó al hablar de "atentar contra la vida, integridad física... etc" no estaba pensando que la pareja estuvise de forma casi-automática en un proceso penal por un forcejeo por un bolso, que a saber si no fue además provocado solamente para poner una demanda.

B

#94 la redacción es perfecta para lo que se pretende. Que la denuncia, o la amenaza de denuncia , baste para que un hombre deje de ver a sus hijos y esté a merced de cualquier desaprensiva.

D

#4 Es la prisión preventiva acabar con la presunción de inocencia ?.
El problema es que esos procesos penales sean demasiado largos.

pedrario

#91 la prisión preventiva no se aplica con ningún automatismo sino a valoración de un juez y con posibilidad de recurso. Tampoco esta pensada para vulnerar presunción de inocencia, por lo general su uso es garantizar la presencia del acusado en el proceso.

Yespy

#1 Miedo me daría que un progenitor tuviese custodia estando en un proceso penal o haya pruebas o indicios de que hubiese violencia hacia ese niño o el otro progenitor

VotaAotros

#23 ¿Entonces la solución viene por realizar una denuncia cruzada y que se lleven al niño servicios sociales? Porque aunque una de las denuncias fuera falsa, o ambas, estarían ambos progenitores en un proceso penal. ¿Qué solución le das a eso?

Yespy

#47 No sé si "estar en un proceso penal" es tan sencillo como denunciar, pero al final eso es decisión del juez me imagino.

D

#71 Habrá que creer a la víctima, ¿no? Al menos hasta que haya sentencia.

VotaAotros

#84 No es víctima, sino presunta víctima.
Y el agresor, no es agresor, sino presunto agresor.

Yespy

#84 Habiendo pruebas e indicios, habrá que proteger al menor, digo yo, ¿no?

D

#92 Exacto.

o

#1 pero el fiscal está como una cabra en serio el forcejeo por una mochila va a ser violencia de género, amos no me jodas que zorra aprovechavidas que es la mujer

Battlestar

#1 Como curiosidad legal, ¿y si se denuncian mutuamente de zurrarse mutuamente? (puesto que habla de violencia domestica o de genero entiendo que tanto uno como otro progenitor podrían verse afectados por este asunto) qué pasa?
Tiene prioridad el que denunció primero porque ese proceso va antes? Ninguno de los dos tiene derecho a la guarda? En ese caso entonces si comparten la guarda porque están los dos en la misma situación?

O si ambos denuncian al otro por abusar sexualmente de los niños, entonces qué?

D

#64 Tiene pinta que es uno de estos casos en los que la fiscalía te lo afina.

D

una vez más la justicia hace de apisonadora sobre los derechos fundamentales y deja desprotegidos a los más vulnerables de nuestra sociedad.

En este caso, el Tribunal Supremo ha cuestionado la constitucionalidad del artículo 92.7 del Código Civil, que permite a los jueces establecer la custodia compartida de un menor aunque uno de los progenitores se oponga a ella, sin tener en cuenta las circunstancias concretas del caso.

Aunque la custodia compartida puede ser una buena opción en algunos casos, no se puede dejar de tener en cuenta las necesidades y los derechos del menor y de los progenitores involucrados en cada situación particular. Es preocupante que una ley permita la imposición de la custodia compartida sin tener en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, ya que esto podría poner en peligro el bienestar y la seguridad de los menores y las personas involucradas.

#2 yo no entiendo eso del artículo

#6 Yo tampoco.

m

#2 Es exactamente al revés de lo que has dicho tu.

D

#2 el TS dice exactamente lo contrario a lo que tú estás diciendo. El artículo de la ley hace que por estar en un proceso penal concreto automáticamente se deniega la custodia sin entrar a valorar el contenido de la acusación, eso es lo que critican.

K

Buen tema. En estos casos pocas veces se menciona el derecho del menor a ver a sus padres.

ColaKO

Me he leído el artículo de cabo a rabo y parece que la duda está bien argumentada y tiene lógica.

D

Pero entonces, si quiero que mi ex no vea a los niños, ¿no puedo denunciarle?

D

Plantea lo que todos sabemos, pero no lo admitiran jamas.

b

¿A alguien le extraña que fulminar la presunción de inocencia sea inconstitucional?

b

gracias a todes aquelles que denunciaron falsamente

a

No tengan hijos, solo crecerán para mantener a tanto vividor y puntualmente para privarte de tu libertad

G

El cómo se haga es cosa de los que hacen las leyes, pero que debemos garantizar el bien del menor por encima de todo en esa situación es obvio.

Lo mismo habría que dar prioridad al asunto penal, solucionarlo cuanto antes, y luego miramos el tema de la custodia.

J

#79 el bien de la madre, pobre maltratada en su opinión, por encima del del menor.

G

#86 el mejor por encima, y luego que cada caso sea el juez quien diga.

r

Por Dios, ¿Ha hecho algo bien en 4 años el ministerio de Igualdad?   
 
 

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