Hace 9 años | Por shake-it a contencioso.es
Publicado hace 9 años por shake-it a contencioso.es

La reciente Sentencia de la Sala de lo Penal del TS de 7 de Octubre de 2014 da un valiente paso adelante para incluir dentro del delito de malversación de fondos públicos, la apropiación por personal laboral de sociedades mercantiles del sector público, considerando que pese a ser entes instrumentales y no tener carácter de Administraciones públicas, sus fondos han de calificarse como “públicos” y por ello, a los que se apropian de los mismos, les caerá el peso de la ley penal, especialmente gravoso cuando se trata de robar lo que es de todos.

Comentarios

A

Desde mi limitado conocimiento del mundo legal creo que el algo bastante relevante.

Nova6K0

#1 Es bastante relevante y también bastante lógico. Porque efectivamente si manejan dinero público es lógica que se le aplique el mismo tipo de ley y delitos económicos que a las Administraciones Públicas.

Salu2