Hace 8 meses | Por bonobo a 20minutos.es
Publicado hace 8 meses por bonobo a 20minutos.es

El Tribunal Supremo ha dictado este miércoles una sentencia por la que equipara las condiciones laborales de las personas en teletrabajo a las que van a la oficina, al reconocer que una empresa de Call Center no puede obligar a sus empleados a devolver el tiempo que han perdido a causa de "incidentes debidos a desconexiones que impidan la prestación (...) como cortes en el suministro de luz o conexión a internet".

Comentarios

lonnegan

Otra buena noticia, asi da gusto empezar la mañana

D

Los call centers, el equivalente moderno a los que trabajaron construyendo las pirámides, pero en este caso sin alcanzar ningún logro destacable.