No podemos aceptar la decisión del rey, disolviendo de facto las Cortes Generales al decidir que no propone, en contra del texto constitucional, a ningún candidato a la Presidencia del Gobierno. En puridad, lo que el rey ha constatado es la posición genérica y sin detalles de los representantes de los diferentes partidos políticos que componen el arco parlamentario. Es suficiente con una lectura literal del apartado 4 del artículo 99 de la Constitución para entender que el rey no tiene la facultad o no puede arrogarse la facultad de prescindi
Comentarios
"El apartado 4 del artículo 99 dice textualmente: “Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores”.
Es decir, el rey es un simple testigo de la posición inicial, antes de entrar en la sesión de investidura, de las intenciones de los diferentes partidos políticos. No le corresponde hacer sumas, y mucho menos cábalas, sobre lo que puede acontecer en un Parlamento en el que, a pesar de los malos hábitos de la política española, todos los diputados tienen libertad de voto y mucho más en las cuestiones de investidura. "
El rey, conforme al artículo 62 de la Constitución tiene la facultad de convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones, pero conviene resaltar “en los términos previstos en la Constitución”. También tiene la obligación de proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno. Creo que no ha cumplido con ninguna de estas facultades y obligaciones que le impone la Constitución.
Por si alguno tiene mala memoria, le recuerdo dos situaciones que refuerzan el contenido del texto constitucional. Por un lado, el disputado voto del señor Pedro Quevedo (de Nueva Canarias) y, por otro, la misma posición del actual presidente en funciones, Pedro Sánchez, que renunció a su cargo de secretario general y abandonó el hemiciclo y su condición parlamentaria, para no votar la investidura de Mariano Rajoy .
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A la vista de todo lo sucedido he llegado a la conclusión, que seguramente no todos comparten, de que no somos una monarquía parlamentaria sino una monarquía con Parlamento. Modelo muy diferente que subvierte el sistema de valores y contradice la esencia de la democracia representativa, que no es otro que el reconocimiento de que la soberanía reside en el pueblo y se encarna en el Parlamento.
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Lo que no puede aceptarse, por situarse al margen de la Constitución, es la decisión del rey, disolviendo de facto las Cortes Generales al decidir que no propone, en contra del texto constitucional, a ningún candidato a la Presidencia del Gobierno.
Ya os avisé y me llamasteis loco...
El rey constata el desacuerdo político y no propone a ningún candidato para la investidura/c40#c-40
#3 harías bien en aprender de tu propia Constitución y leer lo que explica JOSÉ ANTONIO MARTÍN PALLÍN (y el Tribunal Constituciona) antes de valorar.
"El Tribunal Constitucional ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre este tema (sentencia 16/1984 de 6 de febrero y otras) y sobre las cuestiones constitucionales que suscita una investidura. Ha proclamado que nuestro sistema parlamentario, responde al modelo de lo que se ha dado en llamar, “parlamentarismo racionalizado”, que prevé igualmente la posibilidad de que, de las diversas propuestas que se efectúen, no resulte la investidura de candidato alguno.
En tal caso, la solución que debe adoptarse no es la disolución de las Cámaras, sino la de proponer al candidato que designe el partido político que cuente con mayor número de escaños. Si a esto unimos lo que hemos expuesto sobre la obligación constitucional de agotar la designación de candidatos, llegaremos a la conclusión de que la decisión del rey se ha situado al margen de la Constitución, lo cual constituye un grave precedente, que sitúa al parlamentarismo en una papel secundario. En todo caso debían haberle advertido de esta posibilidad antes de pronunciarse por la negativa.
En nuestro sistema parlamentario el candidato, según interpreta el Tribunal Constitucional, sería el del partido con más número de escaños. Tendría que presentarse a la investidura, proponer su programa de gobierno, y abrir la posibilidad dentro de lo que los juristas llamamos la voluntad ambulatoria, es decir cambiante, según las propuestas y los argumentos expuestos, de valorar en ese momento solemne si considera conveniente enrocarse en una posición que ya había manifestado o podía abrir algún resquicio a ofertas que pudiera hacer meditar y valorar al resto de los partidos políticos su posición.
No se puede descartar que, en el curso del debate parlamentario en que algunos partidos, a la vista de los discursos de los argumentos de los razonamientos e incluso de las posibles suspensiones temporales de la investidura para reuniones de urgencia, pudieran llegar a soluciones de consenso; por ejemplo de un pacto de legislatura sobre determinados puntos o, desde otro espectro ideológico, de algunos pactos de Estado, lo que hubiera permitido o abierto la posibilidad de que con los ajustes o cambios impuestos por la racionalidad, y no por el empecinamiento, se pudieran acordar, en aras de evitar unas nuevas elecciones, la puesta en marcha de un gobierno cuya actividad es urgente ante los acontecimientos que tiene que afrontar el frente internacional y en los peliagudos asuntos internos. El brexit, la sentencia de los políticos catalanes y ahora, de forma inesperada, la crisis del petróleo que puede elevar el barril de Brent hasta extremos que pongan en riesgo las previsiones económicas que no habían contemplado este acontecimiento.
En cualquier país democrático consolidado, este sería el camino que habría que recorrer que, por otro lado, también está consagrado, como hemos dicho, en nuestra Constitución, y refrendado por el propio Tribunal Constitucional, que es el máximo intérprete de la Constitución."
cc #4 #5 #7 #9
#10 No te compliques... El responsable de esto no es el rey sino quien refrenda su acto que, en este caso, si no me equivoco, es la presidenta del congreso. Del PSOE, por cierto.
#13 correcto, en el artículo habla también sobre lo que expones:
".. La presidenta del Parlamento tiene la obligación de velar por el papel prioritario de la representación parlamentaria, en momento tan trascendental como es el de la investidura de un presidente del gobierno.
Si desconocía los antecedentes de la posición del Tribunal Constitucional (sentencia 16/1984 de 6 de febrero y otras) – hasta ahora que se sepa máximo intérprete de la Constitución– podía haber solicitado de sus servicios jurídicos un informe sobre las consecuencias de sustraer al debate parlamentario, a la argumentación, al diálogo y a los posibles cambios producidos en sede parlamentaria, la decisión última y también, por qué no decirlo, la responsabilidad de que se hubiese agotado el plazo y necesariamente hubiera que disolver las Cámaras y convocar unas nuevas elecciones.
"
#13
Yo no restaría la responsabilidad que tiene el rey.
Lo deja muy claro el autor del artículo.
#21 La prensa hay que leerla con un espíritu crítico, querida...
#25
Antes de dar consejos, conviene que prediques con el ejemplo, querido...
#32 Con ése cumplo, reina mora
#10 "En nuestro sistema parlamentario el candidato, según interpreta el Tribunal Constitucional, sería el del partido con más número de escaños. Tendría que presentarse a la investidura, proponer su programa de gobierno, y abrir la posibilidad dentro de lo que los juristas llamamos la voluntad ambulatoria, es decir cambiante, según las propuestas y los argumentos expuestos, de valorar en ese momento solemne si considera conveniente enrocarse en una posición que ya había manifestado o podía abrir algún resquicio a ofertas que pudiera hacer meditar y valorar al resto de los partidos políticos su posición."
¿No es eso lo que hizo PS y no salió elegido?
#22 la otra vez .. no esta vez.
"Escribo estas líneas hoy miércoles 18 de septiembre, a cinco días del plazo final para la disolución de las Cortes y convocatoria de nuevas elecciones, que expira el próximo día 23.
Hay tiempo, escaso, para recapacitar y volver a la senda constitucional.
Este debería ser el objeto de reflexión de unos políticos que piensen en el interés general durante este precario plazo. Entiendo que el tiempo apremia, pero la voluntad y la capacidad de decisión de los seres humanos que en este momento ostentan la condición de parlamentarios pueden rectificar y encontrar una vía de solución. Lo que no puede aceptarse, por situarse al margen de la Constitución, es la decisión del rey, disolviendo de facto las Cortes Generales al decidir que no propone, en contra del texto constitucional, a ningún candidato a la Presidencia del Gobierno.
"
de las cosas que se pueden criticar del rey o de la monarquía en general, esta es la mayor chorrada.
#3
Para chorrada tu comentario.
Es su Constitución y se la follan cuando quieren
La Constitución son los padres.
#8 jajajajajajajajajajajajajajajajajaja...
Buenisimo, en este caso, acierto pleno.
¿Entonces el Rey tiene que proponer candidatos aunque esté claro que no van a ser elegidos? ¿Y si el candidato propuesto renuncia que pasa? ¿Tiene que nombrar a otro? ¿Y si después de varias proposiciones y votaciones no sale elegido ninguno? ¿Seguimos ad eternum con un gobierno en funciones, o les hacemos a los diputados como a este cónclave? Negociar incomunicados, sin comida y sin tejado: el cónclave de Viterbo (S.XIII)
Negociar incomunicados, sin comida y sin tejado: e...
abc.esY añado, ¿qué pasa con el apartado 5 del artículo 99?
"5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidentedel Congreso."
Está quedando patente que todas estas mierdas eran puros formalismos que servían para disfrazar de democracia plural un bipartidismo enquistado, donde la mitad eran herederos directos del franquismo y la otra mitad (o casi) se olvidaron rápidamente de sus ideales a cambio de su porción del pastel.
Cuando llega la situación real en la que hay que utilizar las fórmulas constitucionales para crear un gobierno en el que no hay mayorías claras, esta mascarada se desmorona y se ve el armazón franquista sobre el que se sustentaba el cartón piedra que conforma el Régimen del 78. Los poderes fácticos han estado rápidos y ya abogan abiertamente por cambiar la sacrosanta Constitución porque no está todo funcionando tan a su antojo como querían y estos mecanismos democráticos empiezan a resultar molestos. Ahí están ya hablando de hacer segunda vuelta, o de que gobierne la lista más votada.
qué buen invento fue la guiillotina
#12 ¿Qué quieres decir con esto? No entiendo adónde quieres llegar...
#15 Al cuello.
#16 Sigo sin comprender...
#24 Nada que no arregle estudiar.
#26 Cuánta cobardía... Dilo, coño!
#27 ¿Sabes que incitar a un delito es delito?
#28 Delito? Puedo yo saber qué vas a decir?
Por otra parte, lo de la incitación lo tienes cogido por los pelos...
#29 Pero bueno... Es irrelevante ya que nadie puede caer en esos estúpidos trucos de malas personas que buscan hacer mal gratuitamente al prójimo.
#30 Qué mal puedo yo querer hacer?
'No podemos aceptar la decisión del rey ...' Ni pidimis iciptir li dicisiin dil riy.
Hay que ver lo que ha jodido que los marqueses se queden sin vicepresidencia...
#14 A mi lo que de verdad me jode es que se salten la Constitución nuestros representantes.
Eso y que haya gente que lo defienda.
¡Joder, algo así pensaba yo sin tener tanta idea de leyes! Es que es como si decimos: bueno, ya que están las encuestas, ¿para qué vamos a votar? ¿No?
Igual (y solo digo igual) para situarse al margen o respetar algo, primero hay que conocerlo.
Vamos es una mera opinión, seguramente otros opinaran cosas totalmente distintas.