Hace 5 años | Por Danichaguito a publico.es
Publicado hace 5 años por Danichaguito a publico.es

Jurídicamente no hay ningún impedimento para juzgarlos. ¿Cuál es el argumento en contra? ¿La prescripción? La desaparición forzada es un delito continuo que no puede estar prescrito. ¿Cómo va a prescribir un crimen que se sigue cometiendo a día de hoy? Es imposible. Los crímenes del franquismo son crímenes internacionales tipificados a nivel internacional.Es decir, si los órganos internacionales que aplican los tratados internacionales firmados por España dicen que se tiene que hacer... es que se puede hacer.El artículo 10.2 de la Constitución

Comentarios

Danichaguito

#6 esto es un entrevista con el relator de la Onu donde desgrana las noticias que remites

Danichaguito

#6 2 noticias del relator onu hablando en parlamento es lo mismo que una entrevista al relator?

Apaga y vámonos

D

#6 hola amiguete del lobby fascista del voto negativo, siga practicando su censura, pero por lo menos no nos trate como imbéciles tratando de justificar su censura.

#8 este junto a otros siempre le verás encontra de todo lo que toque a su AMADO LIDER

Danichaguito

#9 lo veré.. lo que no permitiré que se comparen noticias bien distintas.

Cc #6

D

#10 tu fijate cuando veas cualquier noticia en la cual se metan con los fascistas o falangitos.....

O cualquiera que defienda una noticia progresista.....

Danichaguito

"El artículo 10.2 de la Constitución Española dice que los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales. Pues bien, estos tratados dicen que se puede y se debe.

¿Por qué no se coopera con la querella argentina? ¿Por qué no se extradita a los imputados allá? No nos pueden decir en esta ocasión que hay problemas jurídicos o yo qué sé. La obligación internacional de España es clara: debe juzgar o extraditar. Aún con estas obligaciones tan claras, el Poder Judicial no ha dado los pasos que tiene que dar. Eso demuestra que no es un problema de que no se puede. Es un problema de que no se quiere.

Lo prioritario ahora mismo tiene que ver con las exhumaciones y fundamentalmente con dar respuesta a las familias de víctimas, que son ya muy mayores. Se trata de personas muy mayores que están esperando respuestas, intentan ubicar los restos de sus familiares desaparecidos o enterrados en fosas comunes para poder darles sepultura adecuada y procesar el duelo.

Si las heridas estuvieran cerradas por el paso del tiempo no estaríamos 40 años después hablando de esto en el Congreso de los Diputados"

idris

¿Aceptamos jueces simpatizantes del franquismo como un impedimento?

ikatza

Vamos a ver. Cualquiera que siga un poco la política sabe que una cosa son problemas técnicos debidos a la legislación actual y otra la falta de voluntad política.

Si hay limitaciones legales pero hay voluntad política para superarlas se solucionan, muchas veces con rapidez pasmosa (desde el matrimonio homosexual hasta el tema del techo de gasto). Si no hay voluntad política, algunos se escudan en estos problemas técnicos para evitar abordar el tema.

D

Claro, pero con el PP de por medio el impedimento es de otro tipo

Danichaguito

#2 "Pero es que el Estado español ha dicho por activa y por pasiva que no se pueden juzgar los crímenes del franquismo. Nos lo ha dicho el Poder Judicial y lo han asumido tanto el PP como el PSOE, que son los que han estado en el poder.
..
El Pacto de Derechos Civiles y Políticos que España ha ratificado establece en su artículo 15 que no se puede dejar de juzgar crímenes que sean delictivos según los principios generales del derecho reconocidos a nivel internacional. El órgano encargado de velar por ese Pacto, además, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, le dijo a España que tiene que juzgar a los responsables de esos crímenes.

Es decir, si los órganos internacionales que aplican los tratados internacionales firmados por España dicen que se tiene que hacer... es que se puede hacer. El artículo 10.2 de la Constitución Española dice que los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales. Pues bien, estos tratados dicen que se puede y se debe. También los órganos encargados de velar por su cumplimiento.
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