Hace 5 años | Por doctoragridulce a publico.es
Publicado hace 5 años por doctoragridulce a publico.es

¿Cómo afectan a quienes viven de alquiler las nuevas normas incluidas en el decreto que entra en vigor este miércoles? De una manera limitada, ya que el texto blinda con una cláusula las condiciones de los contratos ya vigentes salvo que propietario e inquilino pacten acogerse a las nuevas.

Comentarios

SOBANDO

Osea, que si te quieres curar en salud pactas una subida anual del IPC x 3,4 o lo que sea, que ya se verá si aplicas o no, dependiendo de las condiciones del mercado.

H

¿Qué ocurre si el dueño necesita el piso?

Como siempre, metiendo la pata y llevando a engaño. Es falso que pasado un año se pueda echar al inquilino en todo caso.

El inquilino tiene derecho al disfrute íntegro del contrato. Si como propietario firmas cinco años, el contrato son cinco años. Si quieres el piso de vuelta antes, negocia o j***te y espera al fin del contrato.

Un propietario sólo puede romper unilateralmente un contrato en vigor en caso de incumplimientos graves del inquilino. La situación de necesidad sólo priva al inquilino al derecho de prórroga obligatoria para contratos de menos de 5 años.

El propietario que firma un contrato tiene que pensar lo primero de todo por cuánto tiempo lo quiere alquilar. Porque ese tiempo que firme es el que con casi toda probabilidad no podrá meterle mano. Ahí sólo cabe renuncia voluntaria del inquilino o expulsión por incumplimientos graves.

basuraadsl

Me parece bien que legislen en estos temas, pero para cuando se investigan todos los casos tanto en la costa como en la montaña de contratos en B, negro o inexistente.
Perseguir a los que no contribuyen es más trabajoso que perseguir a los que tienen una nómina, para que voy a moverme de la mesa.

D

Lo he leido por encima y creo que hay cosas que están mal explicadas en la noticia.

Os recomiendo leer otras noticias de otras webs que lo explican mejor.