Las prostitutas sostienen que «el origen de la armonización fiscal que se nos exige parte de una sentencia del TJUE (Asunto C-268/99, Jany y otros, 20 de noviembre de 2001) en la que se determina que cualquier actividad económica está sujeta a tributación si no está específicamente prohibida en la legislación nacional». Por esto, consideran que la «ofensiva» contra esta nueva explicitación del trabajo sexual en los epígrafes CNAE chocará con varias trabas: «En España el trabajo sexual no está actualmente prohibido; la promesa abolicionista.
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