Hace 3 años | Por bonobo a confilegal.com
Publicado hace 3 años por bonobo a confilegal.com

Hasta ahora la sentencia referencia, por la que se regía el Tribunal Constitucional, era la 258/2007, de 18 de diciembre. Esta imponía al recurrente probar de qué forma habría repercutido sobre el resultado de la sentencia condenatoria caso de haber podido hacer uso del derecho a la última palabra. El caso del holandés Jerry Aroon-Kumar Rustveld ha hecho que el Tribunal Constitucional cambie su doctrina sobre este derecho.

Comentarios

squanchy

Ah, ¿ya no la va a tener siempre mi mujer?

s

La parte de que el acusado declare al final, pareciendo algo insignificante me parece que puede cambiar muchas cosas. Ojo, para bien y para mal. Más de un penalista tiene dicho a su cliente que cuando le ofrezcan la última palabra, la deniegue. Porque has podido establecer una estrategia creible en la defensa de tu representado, presentar pruebas, presentar testigos... y tu propio cliente en su última palabra cargarse toda su defensa por ponerse a hablar a su aire..