Hace 21 días | Por nereira a efe.com
Publicado hace 21 días por nereira a efe.com

El juzgado de lo Social número 18 de Valencia ha obligado a una empresa a abonar un complemento salarial denominado ‘Cesta de Navidad’ a todos sus empleados tras la reclamación interpuesta por el sindicato CSIF. La sentencia expone que dado que el complemento de la ‘cesta de Navidad’ no se refiere a un tipo de actividad desempeñada por unos u otros trabajadores y no se justifica la diferencia de trato, “la compensación debe aplicarse a todos los trabajadores independientemente de su fecha de ingreso en la empresa”.

Comentarios

Dakaira

Si se hace durante un tiempo prolongado en el tiempo se convierte en parte de los pluses salariales...

Si no sabéis mirar la nómina (cosa que deberíais saber) si durante unos meses os pagan plus random se convierte en parte de tu salario y no se puede quitar.

Un buen consejo / info

mefistófeles

#2 E igualmente debe tributar como producto en especie, cosa que tampoco sabe mucha gente...empresarios incluídos

E

#4 algún año he preguntado si podía renunciar por eso, porque para pagar de una cesta valorada en 100€, cuarenta y pico de IRPF por algo que no me gusta o que puedo comprar más barato en otro lado...

(Sí, se que el IRPF va por tramos pero en este caso es correcto mirar solo tu tramo más alto porque son ingresos adicionales al salario base)

Peka

MSCT Modificacion Sustancial de la Condiciones de Trabajo. Lo he visto en varias ocasiones, la empresa quita la cena de empresa o la cesta de navidad, pero eso es una bajada de sueldo y no lo puede hacer sin negociarlo o hacer firmar a los trabajadores que estan de acuerdo en ese cambio. Es mas, si no lo estas tienes derecho a 20 dias por año trabajado para irte por tu voluntad.

E

#1 yo lo que sí he visto es que para pillar cesta te pidan haber entrado antes del 1 de julio.

Que podía ser proporcional como la paga extra, el que entra antes del 1 de julio cesta completa y el que entra el 1 de diciembre un turrón del Carrefull y a correr.