Hace 4 años | Por HyperBlad a elcomercio.es
Publicado hace 4 años por HyperBlad a elcomercio.es

Una reciente sentencia judicial impide a Tráfico multar y quitar puntos sin saber quién conducía el vehículo. Se trata de un dictamen del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, que en mayo de 2018 anuló una multa de estas características. Según la sentencia, de esta forma se vulnera la presunción de inocencia.

Comentarios

Feindesland

#1 Si, pero o te retiran puntos.

Pillan la pasta, a lo grande, que es lo que les mola...

sorrillo

#2 Es una aberración de ley que debería ser ilegal, es una forma burda de cargarse derechos fundamentales.

Es equivalente a lo que hacen en Australia creo que si no das tus contraseñas voluntariamente te cae una multa de 60 mil dólares:

https://www.msn.com/en-au/news/australia/now-the-police-want-your-passwords-%E2%80%93-and-you-could-be-fined-dollar60000-or-put-in-prison-for-five-years-if-you-refuse/ar-BBNBzP6 [ENG]

Feindesland

#3 O las viejas multas reiterativas. No querer hacer la mili: dos años de cárcel y un año más de mili.

O tragabas o acababas con la perpétua. (URSS)

P

#16 obligan a qué un ciudadano delate a otro, está feo

M

#18 es tu coche y tu responsabilidad. Sino sabes quien es, denuncia.

P

#22 sigue siendo obligar a un ciudadano a denunciar a otro y a mi no me parece bien

M

#24 no lo denuncies y asume tu los cargos entonces.

sxentinel

#34 Y donde queda mi derecho a la defensa, tengo derecho a no inculparme a mi mismo.

r

#24 Es un ciudadano que ha cometido un delito/falta con tu coche. Denunciado ya está se trata de testificar o identificar.
¿No sería encubrimiento en caso de no declarar?

P

#37 el problema es que técnicamente, si no vas en el coche, no sabes quién va conduciendo, sabes a quién se lo has dejado, pero no sabes a ciencia cierta quién lo conducía.

Por otro lado, yo digo q iré lo conducías tú y tú dices que no... ¿quien tiene razón? ¿Quién es el infractor a ojos de la DGT? Es Justo (sea quién sea de los dos)

D

#24 ¿Qué somos, niños a los que se llama chivatos? Si le dejo a alguien mi coche y me llega una multa por su culpa, te digo yo que le identifico sin miramientos, que ya somos mayorcitos.

D

#24 Es tu obligación y la multa es por no cumplirla. No todo son derechos.

P

#46 hombre claro, unos políticos han creado una obligación y eso ya la convierte en moral, justa e incontestable.

Lo que os gusta ir por el libro para algunas no cosas...

D

#47 Claro que sí. Esto son cosas de políticos y estado opresor.

En todo caso esto es así en todos los países civilizados del mundo.

sxentinel

#46 Y sin embargo si tengo derecho a defenderme y como tal a no declarar contra mi mismo.

D

#65 Indicar quién conducía no es declarar contra ti mismo ni contra nadie.

El conductor puede defenderse despues en un juicio.

sxentinel

#70 Si conduzco yo, es admitir que soy culpable, algo a lo que tengo derecho a negarme.

D

#74 Decir que eras el conductor no es decir que eras culpable. Para eso hay un proceso separado posterior, en el que nadie te obliga a admitir que eras culpable.

Por otra parte, tambien puedes no decir quien era y entonces cumples tu obligación como propietario del coche y pagas la multa que te toque.

sxentinel

#78 Vamos que haga lo que haga, si la administración me pone una multa, la acepto y callo según me estás diciendo...

D

#79 ¿Sabes leer?. Puedes defenderte ante una multa y nadie te obligará en ese proceso a autoinculparte. Lo he escrito varias veces.

sxentinel

#22 También la ley permite no declarar contra uno mismo... ¿Como encaja en esto?

sorrillo

#16 Que se identifique al infractor en el momento que comete la infracción o bien que los cuerpos y fuerzas de seguridad hagan la investigación pertinente que permita demostrar quien fue el autor de la infracción, sin que durante ese proceso se vulneren derechos fundamentales.

Penetrator

#16 Que los radares hagan dos fotos: una de la parte trasera del vehículo para ver la matrícula, y otra de la parte frontal para ver al conductor.

ioxoi

#49 eso atenta director te contra el derecho a la privacidad de la gente.

t

#57 Ehm... No.

q

#16 Pues que te paren y te identifiquen.

e

#66 en un radar fijo?

q

#68 Donde tú quieras. Ya que sacas el tema, los radares fijos solo sirven para recaudar pasta de la gente que va despistada y no se entera de la señalización. Entonces si sirven para que la gente vaya más atenta (que lo dudo) yo los apoyo.

Feindesland

#5 Es difícil demostrar que lo sabes.

Dejé las llaves del coche en casa de mi suegra... Uno de mis cuñados, sería... Nos llevamos bien y saben que pueden coger el coche cuando quieran. Por eso dejo las llaves...

D

#6 Bueno, pero en ese caso sigues siendo tú responsable del coche.

gassganso

#7 "No me consta"
Si teniendo hasta la firma de su propio puño y letra se libró, como la justicia es igual para todos, diciéndole a la DGT que no te consta o no te acuerdas ya vale.
¿O no era así?

P

#7 eso no es “identificar al conductor” como mucho es identificar al responsable, que no es lo mismo

D

#12 Claro, pero si se dejas que alguien lo use, tú eres responsable de ese hecho, por lo que si no puedes identificar quien lo hizo, es responsabilidad tuya por dejar el coche así, alegremente.

P

#13 No discuto lo que dices, y tienes razón, pero no es de lo que hablas la noticia, dice identificar al “conductor”

P

#15 pueden, pueden...

P

#26 te obligan a saberlo, es solo lo que digo.
Que sea una locura, no lo niego

P

#28 correcto

kaysenescal

#26 Al final alguien se tiene que hacer responsable, el conductor o el dueno del vehiculo y pagar por la infraccion en dinero y en puntos.

Si se empieza a dar esto por valido, a todo el que le llege una multa de cualquier tipo y no haya sido identificado puede decir que no fue el, pero que no sabe quien, asi que se queda en nada.

Ejemplo una multa de aparcamiento, exceso de velocidad, saltar un semaforo, etc. cuando el coche lo conduce tu mujer y tu tienes una excusa perfecta con pruebas de que estabas en el trabajo. Y luego a la inversa tu con el coche de ella.

Si somos los maestros de la picaresca, poco tardariamos en hacer cosas parecidas.

sorrillo

#30 Es la consecuencia de respetar un derecho fundamental como la presunción de inocencia.

Debe ser quien acusa quien aporte las pruebas que demuestren de forma irrefutable la identidad del infractor, lo que se ha hecho ahora es trasladar esa responsabilidad a otros que de no actuar pasan a ser víctimas al tener que pagar una multa sin que se haya demostrado que ellos hayan cometido ningún tipo de infracción (exceptuando el de no identificar, esa aberración sacada de la chistera con el objetivo que los ciudadanos renuncien a sus derechos).

Ejercer tu derecho fundamental a no incriminarte y a no incriminar a un familiar supone una multa económica, es una barbaridad injustificable a todas luces.

T

#30 Es curioso cómo en estos casos la ley cambia, o quiere cambiar, con respecto a lo que es la ley en general. Es decir, que si tú robas un pollo, tienen que demostrar sin ningún género de dudas que fuiste tú el que robaste el pollo para que te sancionen como corresponde. Si matas a alguien, lo mismo.

Ah, pero en la carretera sólo hace falta saber la matrícula del coche y que sea el titular del mismo el que inculpe al infractor ¿ein? Eso no es correcto.

Este es uno de los motivos por el que las multas por exceso de velocidad, tal como están planteadas en España, son con afán recaudatorio y no por seguridad vial. Si fuesen por seguridad vial entonces, primero, los radares fijos no existirían o, en su defecto, todos ellos tendrían que (como hacen en otros países) tener una cámara que le sacase una foto a la parte frontal del vehículo para, en la medida de lo posible, no dejar dudas sobre quién conducía. Esto tiene sus peligros sobre todo de noche si es necesaria la utilización de un flash, pero bueno, es la manera de, hasta cierto punto, poder saber quién conducía. Y teniendo en cuenta la proliferación de las cámaras que vigilan si llevas el cinturón puesto o no, no creo que sea algo tan complicado. Que no sé sus características técnicas, pero si tienen un nivel lo suficientemente elevado de ISO, seguro que no necesitan flash ni iluminación extra.

En cuanto a los radares móviles, debería haber SIEMPRE una segunda patrulla unos pocos cientos de metros más adelante. De esa manera sí que se le enseña al infractor, no cuando le llegue la multa dos meses después.

El viernes de la semana pasada hice un trayecto de algo menos de 150 kilómetros. Me crucé, al menos que yo me diese cuenta, con cuatro radares móviles además del Pegasus. Sólo que el Pegasus es de ir más por la autopista y yo sólo la piso en los tramos gratuitos.

De esos cuatro radares, digamos, de tierra, el primero era un velolaser sobre trípode, con la patrulla correspondiente a unos 200-250 metros. Estaban en un sitio donde vienes de darle gas al coche porque es una subida doble carril que pasa de 90 (antiguamente 100) a 70 y de ahi a 50 en apenas unos metros, ya cuando estás en llano, y aunque no le sigas pisando es normal que, salvo que frenes a propósito, dejes el coche ir y que pases, no sé, a 60 o así. Yo, como ya los he visto (no con este tipo de radar y no exactamente en ese punto sino unos 20-30 metros más adelante escondidos detrás de un cobertizo) alli, no me pillan tan fácilmente. Pero eso, allí estaban.

Otro de los radares estaba en sentido inverso a un control de carretera. En plan para pillar a los que, como no les iba a parar el control, se relajan y zasca. Eso sí, no había nadie para parar a aquellos que hubieran pasado el límite. Es decir, un control de carretera con, al menos, dos coches patrulla si no tres, con los agentes correspondientes, y en el carril contrario, un radar camuflado. ¿Seguro que era taaan complicado o perjudicial el que uno de los agentes, dos, estuviesen unos cien metros más arriba parando a los que se saltasen el limite?

Otro de ellos era simplemente el coche camuflado puesto en un sitio en el que suelen estar, sin nadie después. Y el otro lo mismo, aunque no recuerdo ahora exactamente dónde estaba.

¿Pero sabes qué? en tiempos la g.c. tenía la obligación de parar al infractor, sólo que por lo visto ponían no sé qué excusas que los de Automovilistas Europeos Asociados denunciaron, de esto hace ya la tira de años, y ganaban.

De hecho una que sí ponían como excusa es que ya estaban "atendiendo a otro usuario de la vía", en plan que no podían armar un pifostio con la gente a la que parar, por eso no te habían parado. Fuese verdad o mentira. Había quien lo recurría en plan "ah, pues demuestre usted que estaban atendiendo a otro usuario", pero claro, es jugártela a la lotería.

Sin embargo ahora no tienen ningún inconveniente en tenerte retenido el tiempo que haga falta. En julio de hace dos años iba tan tranquilo a mi ritmo para casa por una nacional con un coche delante, hasta que en un tramo de doble carril en mi sentido de la marcha lo adelanté. A los pocos cientos de metros me para un guardia civil, y al pararme a mí, para a todo el que venía detrás, a absolutamente todo el mundo que venía en el mismo sentido. Resulta que, por lo que vi, tenían que poner un control allí, y el que me paró era de nivel superior a los que llegaron después con los conos y demás parafernalia porque los medio abroncó por llegar tarde. Tuve que esperar entre diez y quince minutos a que preparasen todo para, después, sacarme de la carretera y hacer el típico registro a mí y al vehículo, e igual que a mí, a todos los que venían en el mismo sentido que yo. A los que iban en sentido contrario no los paraban.

Ah, y aunque era algo que ya más que intuir lo sabía, comprobé allí un detalle que muchos pasan por alto. Ahora en esos controles te registran todo, documentación, qué llevas en el maletero, etc. Y aunque leí en algún sitio que eso roza la ilegalidad, te anotan el nombre y dni en un papel. Pero a lo que iba, en estos casos suelo ponerme en plan "enrollado" pero formal con el guardia civil de turno, depende de cómo lo vea venir. Una vez ya estaba yo fuera del coche, para abrir el maletero y tal, le dije al g.c. que me "atendía" que si, ya que estábamos, si tenia que soplar pues que fuese trayendo el "soplómetro" para ir adelantando tiempo (a fin de cuentas se me empezaba a hacer tarde y me quedaba mucho para llegar a casa). El tío, sonriendo y amablemente (si quieres creértelo) me dijo que no hacía falta, que si hubiera sospecha, que aparentase que podía haber bebido entonces sí, pero que en mi caso no hacía falta (teniendo en cuenta mi experiencia, sé que puedo beber bastante más de lo necesario para dar positivo antes de que empiece a dar aspecto de haber bebido, pero bueno). ¿Qué demuestra esto? pues lo obvio, que cuando después sacan las estadísticas de cuánta gente va bebida al volante, exageran, porque las estadísticas son sobre el número de pruebas realizadas, no del total de los que paran.

En fin, creo que ya he escrito bastante.

D

#30 por eso antes era obligatorio detener al infractor, identificarle y multarle, pero claro , eso es mucho rollo y tal...

santim123

#15 Estás en la dictadura española, harán lo que quieran contigo. Los funcionarios pulsan un botón y les sale gratis. Tú para defenderte gasta en abogados y demás.
Y si no pagas ya manda Hacienda una orden de "Limpieza" de tu cuenta bancaria, esa que te obligan a tener aunque no quieras.

D

#6 Pues es sencillo: si no lo sabes, pagas. Y a no ser que denuncies su robo, eres el propietario del vehículo y responsable de lo que se haga con él.

erbeni

#6 el típico no me consta esas cosas las lleva mi marido,es bastante eficaz,habrá que explotarlo en estos casos

sorrillo

#5 Para el encubrimiento se debe haber cometido un delito, no todas las infracciones viarias son consideradas delito, ni siquiera todos los excesos de velocidad.

A su vez según el parentesco el delito de encubrimiento no aplica:

Artículo 454

Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451.

Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t20.html

La excepción a la que se refiere es esta:
1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.

trivi

#5 es que encima las multas te llegan mucho después de la infracción que sancionan

Por ejemplo, en un coche de una familia con hijos que tienen carnet quién cogió el coche hace 3 meses a las 16:32 de la tarde?? Pues a saber... Cualquiera se acuerda

q

#5 No creo que haya ninguna obligación de identificar a nadie para una sanción administrativa.

editado:
sin tener en cuenta el sistema que usan para las multas de tráfico, claro.

D

#1 Parece que te molesta. Te voy a dar una idea loca loca: respeta las normas de tráfico y los límites de velocidad.

P

#17 cansinos

e

#17 Estoy seguro que si voy detrás de ti una hora por ciudad mientras conduces cometes mas de 10 infracciones.

cc #1

Wir0s

#32 El "¡nadie va a pensar en los niños!" siempre ha funcionado

Da igual que se trate de una discusión sobre terrorismo, trafico, política en general, drogas, etc... Si no estás de acuerdo con X tiene que ser pq apoyas a Y. ¿Y que eres, un amigo de los terroristas/odia niños/rojo/facha/etc...?


Es mas fácil lo de envenenar el pozo que razonar.

S

#32 Perdona mi ignorancia, pero ¿qué derecho fundamental te vulneran en la carretera?

S

#32 Hasta donde yo se, para poder circular al menos en España, necesitas pasar un examen y aceptar las normas de circulación, así como las sanciones que se aplican si no las cumples.

Como conductor has de identificarte, igual que el coche ha de llevar papeles, tener seguro, estar identificado o la pegatina medioambiental en algunos sitios.
Si no quieres hacerlo para que no vulneren tus "derechos fundamentales", lo tienes muy sencillo: no conduzcas, pero si lo haces, cumple las normas.

sorrillo

#83 Lo que describes son excusas para vulnerar los derechos fundamentales con impunidad.

Existe el derecho a no autoincriminarse, eso se vulnera en las carreteras usando multas para disuadir al ciudadano para que renuncie a ese derecho.

Es una vergüenza la de tragaderas que tiene la sociedad en este ámbito, donde el miedo irracional les nubla la mente y no son conscientes de los derechos a los que les están obligando a renunciar usando ese miedo como excusa.

El ciudadano sigue siendo un ciudadano aún cuando esté dentro de un vehículo, sus derechos fundamentales no solo aplican cuando es peatón, aplican siempre.

S

#84 Lo que tu dices es proteger al infractor, eso sí da impunidad y sus derechos fundamentales no están por encima de los del resto.

Si te parece bien hacemos como en EEUU, que al 3º aviso abren fuego si no te paras, verás como así se identifican.

sorrillo

#85 Los derechos fundamentales protegen a las personas, a todas las personas, del abuso de poder.

Y entre todas las personas hay de todo, desde la gente más inocente posible a la más culpable. Precisamente los derechos fundamentales son fundamentales por que no distinguen entre personas, todos disponemos de ellos.

Y el miedo a los infractores no es excusa para vulnerar derechos fundamentales.

S

#86 Supongamos que atropellan a alguien con un coche y el conductor se da a la fuga. Dos días después localizan al coche, y como no lo pararon en su momento y no pudieron identificar al conductor: cada uno a su casa, menos el atropellado.

No le podemos preguntar al propietario no sea que vulneremos sus derechos fundamentales en un abuso de poder.

Por cierto, no sabia yo que si te preguntan si conducías tú y si no eras tu: identifica quien lo hacía es un abuso de poder y están vulnerando tu derecho a no autoinculparte que al parecer es un derecho fundamental.

Luego cuando ocurran estas cosas diremos que tenemos una justicia de mierda, que mal está todo ...

sorrillo

#87 No le podemos preguntar al propietario no sea que vulneremos sus derechos fundamentales en un abuso de poder.

Claro que le puedes preguntar, lo que no puedes hacer es multarle si no contesta.

Si hay sospechas de que el propietario es el autor se le acusa formalmente y se le aplican los derechos de todos los procesados, se le aplica un proceso judicial respetuoso con los derechos fundamentales. Y recae sobre quien acusa el demostrar que ese crimen ha sido cometido y el demostrar que el acusado es el responsable.

Por tu comentario parecería que aún no se ha inventado la investigación policial, la acusación de la fiscalía, los jueces, etc.

S

#88 claro claro, apliquemos lo mismo a las armas: han matado a alguien con mi arma y no voy a responder quien la tenia, es más que me preguntes por ello es un abuso de poder, no estoy obligado a responder y no lo voy a hacer para preservar el derecho fundamental de no autoinculparme. este acto protege a todas las personas, incluido a tí. Suerte con la investigación.

A parte de esto: las normas están claras, si no quieres aceptarlas: no conduzcas

sorrillo

#89 es más que me preguntes por ello es un abuso de poder

Erre que erre. Claro que le puedes preguntar y preguntar no es un abuso de poder, lo que sí es un abuso de poder es multarle si no contesta.

Si hay sospechas de que el propietario es el autor se le acusa formalmente y se le aplican los derechos de todos los procesados, se le aplica un proceso judicial respetuoso con los derechos fundamentales. Y recae sobre quien acusa el demostrar que ese crimen ha sido cometido y el demostrar que el acusado es el responsable.

Por tu comentario parecería que aún no se ha inventado la investigación policial, la acusación de la fiscalía, los jueces, etc.

A parte de esto: las normas están claras, si no quieres aceptarlas: no conduzcas

Los derechos fundamentales parece que no están claros, de ahí que yo los siga teniendo que defender por la vulneración de estos que se produce, especialmente en las carreteras.

kastle

#33 Una vez adelanté a una patrulla de la GC en la autopista a 130 y me persiguieron, una moto se me puso delante y la otra detrás mientras la de delante alzaba y bajaba la mano con el brazo extendido a la altura del hombro pidiéndome que bajara la velocidad. Estuvieron escoltándome 5-10 minutos hasta que el que me escoltaba por delante aceleró así como también su compañero hasta que los perdí de vista, yo seguí a 100 por velocidad de crucero hasta llegar a mi destino. Esperaba una multa que jamás llegó, pero desde ese momento yo también me comporto como si llevase un cadáver en el maletero lol

D

#42 Pero tú infringias la ley claramente.

q

#42 Yo una vez también adelanté a uno y se pegó a mi culo durante unos minutos. Actitudes de república bananera. Quién tuviera una cámara trasera.

AmenhotepIV

Pues a mi me parece que lo de tener que identificar al conductor para multar, no es nuevo, aunque tampoco viejo.

D

A mi me parece mal que se oculte la identidad de quien comete una infracción o delito, pero el primero que lo hace es el estado con los suyos.
Caso Cabacas, chaval muerto por una pelota de goma en Bilbao. La defensa de los policías (ertzainas) se fundó en que no era posible saber quien de ellos disparó la pelota. Pues nada, que les metan una sanción de 1 millón de euros a cada uno de los policías que estuvieron en el callejón. Verás que pronto sale el culpable

z

#36 pues nada, como eso ha pasado, si alguien te atropella que oculten quien fue.

La cosas mal hechas nunca justifican otras cosas mal hechas.

r

#38Pues con el peligro que tiene un coche si la ley está así... Que un coche solo lo pueda conducir el propietario o tenga un permiso por escrito del mismo con fecha firma y duración.

D

Acabaran poniendo una ley de tal forma que el coche sea personal e intransferible.
Y si alguien lo coge, a efectos legales, el propietario es el autor.

sxentinel

De eso nada, la ley exige que si tienes conocimiento de una conducta delictiva la denuncies...

Rufusan

- ¿Quién conducía su vehiculo a 190km/h?
- No pienso acusar a nadie para que le pongan una multa, no soy un chivato.
- Una multa y 4 puntos.
- Entonces ha sido la abuela, como siempre.

C

Este es uno de esos casos en que se sacrifica un derecho; la presunción de inocencia de un hijoputa que va a 190 por la autopista, para obtener un bien mayor.

Me preocupa poco o nada.

#61 Debería preocuparte, debería...
Quien quita la libertad con la excusa de obtener más seguridad, no merece ni libertad ni seguridad

q

#61 También se sacrifica la presunción de inocencia del hijoputa que va a 62 en señal de 50, que por cierto es mejor ejemplo de la multa típica que el que pones tú.

Fantasma_Opera

Todos con máscaras de la Aguirre/campechano/preparao/rajoy/casado/cualquier_famosillo_con_privilegios_por_la_patilla en la guantera, a elegir, y barra libre para hacer el bestia.

M

Dentro del universo familiar, un allegado a un acusado en un juicio tiene el derecho a no declarar contra él.
Estoy de acuerdo es casos de accidentes con víctimas, que se pueda ejercer y forzar la ley hasta el límite, pero en casos de velocidad que sean superiores a una pequeña fracción de la máxima no.

C

Pues perfecto, porque está haciendo lo mismo que el otro. Saltarse la leyes.
El problema es cuando te saltas la presunción de inocencia de gente que no ha hecho nada.

D

Si eres de la nobleza => no podemos saber quién es eme punto Rajoy


Si eres de la chusma => es tu coche 🚙 y por lo tanto lo conducias tú


Y punto

t

jeremy clarkson nos dió la solución:

ahotsa

Una matrícula no identifica a nadie por la sencilla razón que puede estar "doblada". Si no identifican al conductor, no pueden demostrar fehacientemente que es tu coche, por lo que debería prevalecer la presunción de inocencia.

antoniosoyo

Tan fácil como sacar la foto de tal forma que se vea quien conduce. Creo que en Japón es así