Hace 1 año | Por sam2001 a economistjurist.es
Publicado hace 1 año por sam2001 a economistjurist.es

La funcionaria introdujo un añadido a la norma en una diligencia de ordenación en la que se solicitaba documentación a un abogado. El abogado decidió revisar este párrafo. Parecía que había algo raro, y resultó que así era. Tras revisar el texto de la LEC, y particularmente el artículo 273 punto 4 párrafo 2º, el letrado pudo comprobar que la LAJ se había constituido en Poder Legislativo y había incluido una enmienda en el mismo, aunque sin pasar por las Cortes.

Comentarios

obmultimedia

un "si cuela, cuela" de manual.

oceanon3d

#1 No pasa nada; es tan burdo que le aplicaran la doctrina Monaterio

Qué gracioso el chiste del expediente judicial electrónico.