Los concejales de la formación León en Común en el Ayuntamiento de León no quieren ir a misa. No es una cuestión menor para los ediles de esta formación que recuerdan, en un comunicado, la aconfesionalidad del Ayuntamiento. En ese comunicado León en Común recuerda "al equipo de gobierno PP-C’s, y al PSOE, que la aconfesionalidad del Estado está recogida en la Constitución que tanto defienden y cuyo cumplimiento se reprochan contantemente".
#5:
#3 La Constitución española de 1978.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 16
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
De donde yo extraigo que si el estado no tiene confesión, los poderes del estado no deberían de ir a culto alguno.
O,en su defecto,a todos.
#1 Lo curioso es que hay curas que los escuchas hablar y parecen de Podemos. El otro día estuve en una misa en Écija y me encantó como defendía a los pobres y los refugiados. Pero pasa como en la política, sólo llegan a gobernar los más rancios.
Podemos se equivoca si cree que todo es trigo sucio en la iglesia
A mi pesar, mucho me temo que en la constitución no dice que España sea aconfesional.
Creo que dice que hay libertad religiosa y una relación especial con la iglesia católica.
#3 La Constitución española de 1978.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 16
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
De donde yo extraigo que si el estado no tiene confesión, los poderes del estado no deberían de ir a culto alguno.
O,en su defecto,a todos.
#5#6 Pero lo que me chirría es lo de nombrar a la Iglesia Católica. Lo de la cooperación se puede interpretar de una forma muy amplia, incluso que manden invitaciones a cargos públicos para que vayan a cultos católicos.
Para mí es una de las muchas cosas que le sobran a la Constitución del 78.
#3 No dice textualmente que sea aconfesional, dice exactamente lo que define a un estado como aconfesional.
Artículo 16
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
#3 Léete la Constitución: dice ACONFESIONAL de hecho (sin confesión), que es lo más parecido a LAICO.
Pero que si no lo dijera, rápido se cambia el artículo y se pone LAICO, en negritas vaya.
Ahora bien, España es de facto, por culpa de los políticos corruptos, un país católico que paga miles de millones de euros a la Iglesia, lo cual luego a su vez revierte en corruptelas de toda índole.
#12 Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
En ningún sitio dice aconfesional. Se puede interpretar que sí por la redacción del artículo, como si se quiere interpretar otra cosa al hacer referencia explícita a la Iglesia Católica.
Y como bien dices, de hecho somos un país católico por el trato económico, en educación y mediático que se le da a esta religión.
#10 Pero la mayoría de esos negocios no tienen exclusividad o monopolio en ciertas cosas ni se llevan millones de euros todos los años de todos los españoles ni usan cadenas de televisión, radio e internet para envenenar y manipular la información, entre otras perlas.
Comentarios
pecadores
Anda que si algún día ganaran estos y hubiera desamortización eclesiástica...
#1 y satánicos.
#1 Lo curioso es que hay curas que los escuchas hablar y parecen de Podemos. El otro día estuve en una misa en Écija y me encantó como defendía a los pobres y los refugiados. Pero pasa como en la política, sólo llegan a gobernar los más rancios.
Podemos se equivoca si cree que todo es trigo sucio en la iglesia
#7 No hay que olvidar que un cura es un ateo, lo mismo que un obispo, ateos sin escrupulos que viven del cuento.
Si fuesen personas espirituales es completamente imposible y hasta incompatible con ser cura.
Y sí, hay curas muy majos, pero son los menos. Todos están ahí a sabiendas de la falsa que representan y difunden.
PSOE PP la misma mierda es...?
A mi pesar, mucho me temo que en la constitución no dice que España sea aconfesional.
Creo que dice que hay libertad religiosa y una relación especial con la iglesia católica.
#3 La Constitución española de 1978.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 16
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
De donde yo extraigo que si el estado no tiene confesión, los poderes del estado no deberían de ir a culto alguno.
O,en su defecto,a todos.
Prefiero la primera opción.
#5 #6 Pero lo que me chirría es lo de nombrar a la Iglesia Católica. Lo de la cooperación se puede interpretar de una forma muy amplia, incluso que manden invitaciones a cargos públicos para que vayan a cultos católicos.
Para mí es una de las muchas cosas que le sobran a la Constitución del 78.
#3 No dice textualmente que sea aconfesional, dice exactamente lo que define a un estado como aconfesional.
Artículo 16
Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
#3 Léete la Constitución: dice ACONFESIONAL de hecho (sin confesión), que es lo más parecido a LAICO.
Pero que si no lo dijera, rápido se cambia el artículo y se pone LAICO, en negritas vaya.
Ahora bien, España es de facto, por culpa de los políticos corruptos, un país católico que paga miles de millones de euros a la Iglesia, lo cual luego a su vez revierte en corruptelas de toda índole.
#12 Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
En ningún sitio dice aconfesional. Se puede interpretar que sí por la redacción del artículo, como si se quiere interpretar otra cosa al hacer referencia explícita a la Iglesia Católica.
Y como bien dices, de hecho somos un país católico por el trato económico, en educación y mediático que se le da a esta religión.
Y estos al menos tienen una preciosa catedral con la que solazarse.
Bueno, todos los demás negocios hacen buzoneo, ¿no?. No veo por qué habría que impedírselo al negocio de la iglesia.
#10 Pero la mayoría de esos negocios no tienen exclusividad o monopolio en ciertas cosas ni se llevan millones de euros todos los años de todos los españoles ni usan cadenas de televisión, radio e internet para envenenar y manipular la información, entre otras perlas.