Hace 3 años | Por grantorino a galiciapress.es
Publicado hace 3 años por grantorino a galiciapress.es

El juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha reconocido en una sentencia el derecho de un padre a cobrar, en su pensión de jubilación, el complemento por maternidad que se establece en la Ley General de la Seguridad Social, al entender que, tal y como ya estableció el Tribunal de Justicia de la UE, no está justificado que ese complemento sea exclusivo para las mujeres.

Comentarios

D

#13 muy fino.

D

#10 Lo mejor va a ser que justo antes de jubilarse la gente empiece a cambiarse de género en el dni, y cuando te vayas a separar por si las moscas, algunas oposiciones etc.. va a ser un descojone

c

#16 en España no es fácil cambiarse de género legalmente. Y no es una cuestión de burocracia, implica hormonas y todo el copón, no creo que valga la pena solo por hacer el indio y pillar un par de ventajas… otra cosa es que se cambie la ley en un futuro no muy lejano, parece que la tendencia es ir hacia que si te sientes hombre pues así te apuntan.
Personalmente, me parece un tema complejo y que los bobos que tenemos legislando atienden más a agenda progresista o retrógrada que a reflexión real.

J

#22 En Madrid al menos no necesitas hormonas ni demostrar nada solo decir que te sientes X. Es un día, un papel.

oliver7

#19 usted lo que necesita es un curso urgente con perspectiva de género.

M

#19 El gobierno del PP de Mariano Rajoy, para dar más detalles.

p

#19 Y aun no han cambiado la ley. Estando como está el ministerio de Igual-dá.

vinola

#19 Debería obligar a cambiar la ley.

y

#10 lo llevamos al tribunal europeo y ganamos seguro.

el_vago

A partir de ahora quiero que me llaméis Loretta!

Es mi derecho como ciudadano. No me oprimáis!

J

#9 Ok, Loretta

el_vago

#14 es una coña de una película de Monty Python. La vida de Brian. Te la recomiendo.

Pero tú a tu rollo.

J

#18 Descuida.

chemari

#9 madre mia la de hostias que se llevaría esa película si la estrenaran hoy...

MaKaNaS

#32 Esa película hoy no se estrenaría tristemente...

r

#20 Igual me patina mucho la cabeza. Pero eso es cuando se cogen los dos. Pero son intercambiables excepto las tres semanas de parto natural (o algo así)

Pérfido

#23 No.

r

#40 mira #27

Pérfido

#42 #27

Vamos a ver, la madre tiene 16 semanas, el padre 12.

¿dónde te parecen igualados?

"Las madres tenéis derecho a un período de descanso de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en diferentes períodos en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, de discapacidad o bien hospitalización del recién nacido. Las 6 primeras semanas son obligatorias para la madre, el resto se pueden compartir con el padre o también renunciar.

A partir del 1 de enero de 2020 los padres (o el otro progenitor, en el caso de parejas del mismo sexo) tenéis derecho a un período de descanso de 12 semanas. El período también se amplía en casos de parto, adopción, acogimiento múltiple, discapacidad u hospitalización del recién nacido."

r

#44 #45 #43 A ver ya están igualados. Solo que en caso de nacimiento la madre tiene que hacer 6 al principio. Si le pasa dos semanas al padre tanto padre como madre disfrutan de 14 semanas.

Madre = 6 (obligatorias) + 8 = 14
Padre = 12 +2(cedidas) = 14

Eso este año. En el pasado si vas a ese BOE lo que dice es que, excepto las 6 primeras semanas después del parto, se pueden cambiar

DangiAll

#46 A ver, si el padre recibe 2 semanas cedidas, es porque se las cede la madre.

A ver que el BOE lo deja claro en Enero de 2021 tendran las mismas semanas

r

#47 Entonces el problema no es que el padre pueda disfrutar el mismo tiempo.
¿El problema es la visión patriarcal del estado que en caso de parto obliga a la madre a que si quiere ejercer su derecho a la igualdad lo tiene que expresar por escrito?

Pérfido

#46 me parece una perversión que digas que están igualados apoyándote en que la madre puede perder 2 en favor del padre...

Igualados estarán en 2021, mientras tanto te estás haciendo trampas al solitario.

r

#49 Creo que estás planteando el caso de que en un nacimiento la madre no las quiera ceder.
¿ Verdad?

Pérfido

#51 eso es, si no la madre sale perdiendo para poder decir que están igualados... Igualados a la baja.

Es como si para igualar el sueldo de dos empleados que hacen lo mismo, le bajas el sueldo al que más cobra hasta que ambos estén en el punto medio.

r

#53 Ahora monte sigo. Entre los 2 tienen 28 semanas. Si la madre le pasa al padre o no lo hace el número de semanas entre los dos es el mismo.
Piensa que es retribuido.

DangiAll

#23 Con la reforma del PSOE se ha ido alargando gradualmente la baja por por paternidad de las 8 semanas iniciales a las 16 para igualarla con la baja por maternidad.
En enero padre y madre tendran derecho a los mismos dias de baja retribuida por ser padres.

r

#20 Lo he comprobado y están igualados, eso sí en caso de parto la madre tiene 6 semanas que son solo suyas, por cuestiones médicas.
Eso sí los nombres son confusos y la información de la web del ministerio tela:
El permiso de maternidad lo puede disfrutar el padre y el de paternidad el padre. Es decir se los pueden cambiar.

Las madres tenéis derecho a un período de descanso de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en diferentes períodos en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, de discapacidad o bien hospitalización del recién nacido. Las 6 primeras semanas son obligatorias para la madre, el resto se pueden compartir con el padre o también renunciar.

La prestación de paternidad
Protege el derecho del otro progenitor, distinto al que ha generado el derecho a la prestación de maternidad, a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato laboral en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. En caso de parto, el descanso por paternidad corresponde en exclusiva al otro progenitor y en el caso de adopción o acogimiento corresponde a uno de los progenitores, a escoger entre los interesados si ambos trabajan.

Pongo enlace de generalitat porque está más claro pero la normativa es estatal
https://web.gencat.cat/es/tramits/que-cal-fer-si/neix-un-fill/baixa-per-maternitat-de-la-mare/
Si no te fías mira el formulario pdf de ministerio que sale en google y pone lo mismo

La normativa más reciente se aplica a partir de 1/1/2020 (creo) así que hay que buscar lo último último.

Creo que habéis votado un comentario erróneo. Es la primera vez que enlazo usuarios pero creo que si estáis interesados igual os sirve
@Ludensmuscaova@lamonjamellada@Natsu

DangiAll

#27 Pues siento decirte que estas equivocado.
Aqui la orden del BOE donde se igualan los permisos.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-3244

d) A partir de 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de doce semanas, de las cuales las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. La madre biológica podrá ceder al otro progenitor un periodo de hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio El disfrute de este periodo por el otro progenitor, así como el de las restantes ocho semanas, se adecuará a lo dispuesto en el artículo 48.4.

e) A partir de 1 de enero de 2020, en el caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, cada progenitor dispondrá de un periodo de suspensión de seis semanas a disfrutar a tiempo completo de forma obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. Junto a las seis semanas de disfrute obligatorio, los progenitores/as podrán disponer de un total de dieciséis semanas de disfrute voluntario que deberán disfrutar de forma ininterrumpida dentro de los doce meses siguientes a la resolución judicial por la que se constituya la adopción o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.5. Cada progenitor podrá disfrutar individualmente de un máximo de diez semanas sobre las dieciséis semanas totales de disfrute voluntario, quedando las restantes sobre el total de las dieciséis semanas a disposición del otro progenitor. Cuando los dos progenitores que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el disfrute simultáneo de las dieciséis semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.

f) A partir de 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual periodo de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos, siendo de aplicación íntegra la nueva regulación dispuesta en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.

D

Menos mal que a veces viene la UE a tirar de las orejas.

ElLocoDelMolino

Yo ya estoy tramitando mi baja por depresión posparto, a ver si me la conceden

J

#1 Animo, y no dudes en buscar ayuda. La depresion postparto puede ser muy dura, Todo el proceso del embarazo y el parto puedes ser muy duro, pero hay monton de recursos y atencion durante ese tiempo. Tras dar a luz toda esa atencion pasa al bebe y muchas mujeres pasan por una depresion que es doblemente dura por el momento en el que ocurre (teniendo que prestar atencion y cuidados al bebe) y la presion/incomprension alrededor de ella.

Las expectativas de como te deberias sentir y como te sientes no encajan, y no sabes porque. Y eso solo aumenta el sentimiento de culpa, metiendote en una espiral.

Poder hablar de ello es sin duda un buen paso. Incluso en noticias como esta que no tienen nada que ver. Asi que animo.

ElLocoDelMolino

#25 gracias, si resulta ser niño le pondré Jumbo2

L

#28 será Jumbo3

David_VG

#29 quizá sea una copia China

y

#28 en todo caso jumbo3

J

#28 Que gran idea que esperes a que defina su propio género. Pero preferiría que le llamases Jumbo3 si fuese niña.

Pero no esperes a entonces para buscar ayuda. La depresión es un tema muy serio y los profesionales te pueden ayudar.

J

Este es un buen paso adelante en pos de la igualdad.

D

Se viene manifestación feminista...... bueno no, que no se pueden reunir más de 10 personas pero arderá twitter, esto les quita igualdad...

DangiAll

#8 Ya han equiparado las bajas maternales y las excedencias ??

r

#11 No me hagas mucho caso que no se del tema. Sería permiso maternidad/paternidad (retribuido) y excedencia sin retribuir.
Ambas cosas están equipadas, excepto dos o tres semanas de permiso que en caso de parto se lo tiene que coger la madre.

r

Yo creo que la justificación era que al tener hijos una mujer aumenta bastantes riesgos sobre su salud ( problemas durante parto, descalcificación, genitales... )

Gry

#2 no, era que tenía que dejar de trabajar para cuidar de los críos.

r

#7 Estadísticamente sí. Pero si fuera por eso sí un padre ahora cogiese execencia debería tener derecho.

D

Comolemento de maternidad en edad de jubilacion?

D

#3 Why not?

D

#4 idolo.

Imag0

Si el asunto se llamara complemento por paternidad no diríais ni pío... de la misma forma que si en lugar de feminismo se llamase igualismo o algún otro nombre de mierda, tampoco diríais ni pío.

Sois así de simples.

armadilloamarillo

Para que luego digáis que la justicia en España trata mal a los hombres.

v

#17 porque hace casi a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.

armadilloamarillo

#21 No se puede hacer una broma sin que salga alguien a ofenderse... luego hablaréis de los ofendiditos de la izquierda. Ya os vale.
Mucho defender la libertad de expresión, la disensión y demás, pero a la hora de la verdad tenéis el gatillo fácil cuando alguien comenta algo remotamente parecido a algo con lo que no estáis de acuerdo, aunque sea de broma. Es increíble el cinismo y la hipocresía que os gastáis algunos de por aquí.

"Libertad de expresión sí, pero solo la mía"