Hace 3 años | Por --675306-- a eldiario.es
Publicado hace 3 años por --675306-- a eldiario.es

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no se suma a la vía abierta por su homólogo del País Vasco y mantiene las restricciones en la hostelería. El alto tribunal catalana ha rechazado adoptar las medidas cautelares para reabrir bares, restaurantes y casinos que le habían reclamado las patronales del sector en base a la decisión del TSJPV de la semana pasada. "Hoy por hoy constituiría una imprudencia alzar o relajar las medidas restrictivas, a sabiendas de las consecuencias que ello podría tener en un ámbito hospitalario sobrecarga

Comentarios

tiopio

Creo que estos jueces han estudiado, no son de un cursillo.

Verdaderofalso

#1 Asturias, Cataluña... parece que es un complot

b

#1 Los jueces NO deben meterse a hacer valoraciones subjetivas, únicamente deben interpretar la ley y aplicarla.

7

#6 Eso es exactamente lo que ha pasado recientemente en el caso de la Sra. Cifuentes y a mi me parece una tomadura de pelo. Pero para que lo sepas, no funciona así. En muchísimas sentencias el juez tiene que emplear el sentido común y dictar sentencia conforme a los indicios más que razonables. Por poner un ejemplo, casos de asesinato en los que no aparece el cuerpo.
En cuanto a lanoticia, me parece la única decisión posible.

c

#6 Eso han hecho. Los que se han metido dinde no deben es en Euskadi

D

#1 Puede, o también puede ser por qué acaban de tener elecciones, ahora qué más da quien esté contento o no?

sorrillo

#14 Desde el punto de vista del PSC ha recuperado en gran medida los escaños que le quitó Ciudadanos en elecciones previas.

En el caso de las formaciones independentistas ha quedado todo más o menos igual aún aumentando en 4 escaños respecto al anterior resultado.

Pero nada de lo anterior puede servir como excusa ni justificación por los muertos que cause esa imprudencia.

D

De cajón de pino de monte.

No hace falta acudir a la justicia para llegar a esa conclusión.

b

#7 La justicia no debe valorar la adecuación o no temporal, solo debe interpretar la ley, no hacer valoraciones pandemic as.

sorrillo

#24 Si tú te crees que no tiene culpa alguna el Govern, pues no puedo decir nada más.

Pues ya puedes empezar a escribir una enciclopedia si quieres, por que esto es lo que dije textualmente: El Govern cometió un error

Y luego seguía con:

... e intentó enmendarlo, lo hizo consiguiendo el consenso de todos los partidos salvo el PSC, que se negó a sumarse.

El Govern pospuso las elecciones.

Hizo todo lo que estaba en su mano para enmendar su error. Está todo explicado.

Por contra la justicia cometió el error de no reconocer que se estaba vulnerando el derecho a la vida y decidió mantener el error de las elecciones en plena pandemia. No ha hecho nada para intentar enmendar ese error.

Ahora solo queda contar cuantos muertos ha supuesto esta imprudencia.

sorrillo

Como era una imprudencia mantener la fecha de elecciones, pero ahí ya influían motivaciones políticas.

A saber cuantos muertos va a costar.

a

#2 Votar es un derecho fundamental recogido en la Constitución del 78 (esa que tanto se nombra en algunos escaños) mientras que tomar un café en la barra de un bar con los amigos, no. De eso entienden los jueces.

sorrillo

#5 El derecho a la vida es otro de los derechos fundamentales. Normalmente votar no pone en riesgo la vida de las personas, en esta ocasión sí lo hizo.

Lo que hizo que votar fuera una imprudencia.

Más cuando aún no habían pasado los 4 años desde la última votación y todos los partidos menos el PSC mostraron su conformidad con el aplazamiento.

Shuquel

#9 "Vista la Comunicación de la presidencia del Parlamento al Pleno de la cámara sobre la imposibilidad de proponer un candidato para ser investido Presidente o Presidenta de la Generalitat y de inicio del cómputo del plazo de dos meses fijado por el artículo 67.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña y del artículo 4.7 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno (BOPC número 709, de 21 de octubre de 2020);

Vista la Comunicación de la Presidencia del Parlamento, de 21 de diciembre de 2020, al Vicepresidente del Gobierno en sustitución de la Presidencia de la Generalitat y Consejero de Economía y Hacienda, por la que se constata el transcurso de los dos meses desde la Comunicación al Pleno de la imposibilidad de proponer un candidato o candidata para ser investido presidente o presidenta de la Generalitat;

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66 y 67.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña, y en el artículo 4.7 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, el Parlamento de Cataluña queda automáticamente disuelto y se convocan elecciones al Parlamento de Cataluña mediante el presente Decreto.

Sin embargo, si por razones derivadas de la protección del derecho a la salud frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por la pandemia generada por la COVID-19, el desarrollo del proceso electoral no se pudiera llevar a cabo con las garantías de salud pública necesarias, se podrá dejar sin efectos esta convocatoria y posponer la votación para una fecha posterior que ofrezca dichas garantías;

Visto lo establecido en el artículo 56 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 1979, y en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, y visto el Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del Presidente de la Generalitat de Cataluña, decreto:

Artículo 1. Disolución del Parlamento.
Habiendo transcurrido el plazo previsto en el artículo 67.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña y en el artículo 4.7 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, queda disuelto el Parlamento de Cataluña elegido el día 21 de diciembre de 2017.

Artículo 2. Convocatoria.
Se convocan elecciones al Parlamento de Cataluña, que tendrán lugar el día 14 de febrero de 2021.

Artículo 3. Diputados.
De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979, las circunscripciones electorales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona elegirán, respectivamente, a 85, 17, 15 y 18 diputados.

Artículo 4. Campaña electoral.
La campaña electoral durará quince días, empezará a las cero horas del día 29 de enero de 2021 y terminará a las veinticuatro horas del día 12 de febrero de 2021.

Disposición adicional.
Las elecciones convocadas mediante el presente Decreto se regirán por lo establecido en el artículo 56 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; por las normas correspondientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; por el Decreto de normas complementarias de estas elecciones, y por las demás disposiciones legales de aplicación a este proceso electoral.

Disposición final.
Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Barcelona, 21 de diciembre de 2020.–El Vicepresidente del Gobierno en sustitución de la Presidencia de la Generalitat y Consejero de Economía y Hacienda, Pere Aragonès i Garcia."

Lo firma el Vicepresidente del Gobierno en sustitución de la Presidencia de la Generalitat y Consejero de Economía y Hacienda, Pere Aragonès i Garcia.

Lo marca la ley, si no hay presidente habrá convocatoria de elecciones.
"Disposición adicional.
Las elecciones convocadas mediante el presente Decreto se regirán por lo establecido en el artículo 56 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; por las normas correspondientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; por el Decreto de normas complementarias de estas elecciones, y por las demás disposiciones legales de aplicación a este proceso electoral."

El juez ante una reclamación ratificó la fecha original de elecciones.

Repito muy cortos de mira no proponer otro candidato a la presidencia, cuando podían formar gobierno, sabiendo que iba a haber otra ola.

sorrillo

#10 Cometieron un error al permitir que saltase un automatismo que convocase las elecciones en época de pandemia.

Ante ese error reaccionaron buscando el consenso del resto de partidos, y lo obtuvieron de todos salvo del PSC, de ahí derivó el aplazamiento de la convocatoria de elecciones, para una legislatura que aún no había terminado sus 4 años.

Fue entonces la justicia quien cometió la imprudencia de anular ese aplazamiento, manteniendo la convocatoria en plena pandemia con el riesgo para la vida humana que eso supuso.

Tras eso solo queda contar los muertos que va a suponer esa imprudencia.

Shuquel

#11 Y pedir responsabilidades al que no presento un candidato porque se pensaba que iba a ganar y sólo pidieron el aplazamiento cuando Illa se presentó y vieron que podía ganar como así ha sucedido.
El 20 de diciembre la IA era de 275 y subiendo, sabían que en Navidad iba a haber más contagios y que venía una tercera ola y aún así no presentaron candidato que sabían que iba a salir.
Ya sabes a quién pedir responsabilidades por esta imprudencia.
https://datosmacro.expansion.com/otros/coronavirus/espana-comunidades-autonomas/cataluna.

sorrillo

#17 Sí, sé a quién pedírselas que es a quién no reconoció el error ni intentó enmendarlo, a la justicia en este caso.

Y al PSC por la parte que le toca, por no facilitar que hubiera un frente unánime para posponerlas.

Shuquel

#19 Y a la estrategia política del partido del Gobierno. Eran muy felices con Iceta.

sorrillo

#20 Éstos que citas cometieron un error e intentaron enmendarlo, consiguieron el apoyo de todos los partidos a excepción del PSC.

La justicia por contra cometió también un error y es éste último error el que nos llevó definitivamente a la imprudencia de celebrar unas elecciones en plena pandemia, poniendo en riesgo el derecho fundamental a la vida.

Ahora solo queda contar los muertos que eso haya supuesto.

Shuquel

#21 Por eso digo que habrá que pedírselas al Govern, al PSC y al juez. A todos.

sorrillo

#22 El Govern cometió un error e intentó enmendarlo, lo hizo consiguiendo el consenso de todos los partidos salvo el PSC, que se negó a sumarse.

El Govern pospuso las elecciones.

Hizo todo lo que estaba en su mano para enmendar su error. Está todo explicado.

Por contra la justicia cometió el error de no reconocer que se estaba vulnerando el derecho a la vida y decidió mantener el error de las elecciones en plena pandemia. No ha hecho nada para intentar enmendar ese error.

Ahora solo queda contar cuantos muertos ha supuesto esta imprudencia.

Shuquel

#23 Si tú te crees que no tiene culpa alguna el Govern, pues no puedo decir nada más. Yo es que como no defiendo a quien comete errores por electoralismo. Yo tengo la suerte de votar a quien me da la gana y no comulgo con ruedas de molino. Y crítico más a los que he votado que a los que no voto para que no se relajen en el poder. Un saludo y ya debatiremos de otras cuestiones.

a

#9 Se ha votado (pese a que no pasó el tiempo de una legislatura completa) porque no había presidente, una situación que no se podía prolongar.

sorrillo

#12 Estamos en plena pandemia, en una situación excepcional, el no hacerlo ha atentado al derecho a la vida. Claro que se podía prolongar.

c

#13 Fijate si se puede que Madrid prolongó el horario de los bares con la mayor incidencia de la Península

El_Cucaracho

#9 Y no se que tanta prisa, están casi igual que al principio o peor.

D

Y no como sacar a los positivos a votar que es algo totalmente seguro.