Hace 2 años | Por --557077-- a eldiario.es
Publicado hace 2 años por --557077-- a eldiario.es

En su auto notificado este martes, el vicepresidente del Tribunal de Justicia de la UE anula el auto del Tribunal General y suspende la ejecución de las decisiones del Parlamento Europeo relativas a levantar la inmunidad a los líderes independentistas

Comentarios

h

Entonces podrían volver ya no?

Pepepaco

#5 Claro, claro.
¿Entre el 2 de junio cuando resolvió el TG y hoy ha pasado algo que haga recomendable devolverles la inmunidad?

Me suena que Puigdemont fue detenido en l'Alguer el 24 de septiembre.

Por tanto quedó claro que cuando el TG decía: "En opinión del vicepresidente del Tribunal General, el perjuicio grave e irreparable invocado (detención) no podía ser calificado de cierto o acreditado con un grado de probabilidad suficiente." se equivocaba y el perjuicio grave e irreparable pasó a ser cierto y quedar acreditado totalmente.

No contaba el TG con que España no compartiera su criterio de que el hecho de presentar unas cuestiones prejudiciales sobre unas euroordenes comportaba la suspensión del procedimiento.
Ese día quedo palmariamente claro que España los seguiría persiguiendo con prejudiciales o sin ellas y por tanto lo más sensato, como ha hecho ahora el TJUE era devolverle la inmunidad y evitar shows mediáticos sin ningún recorrido judicial.

D

#7 "¿Entre el 2 de junio cuando resolvió el TG y hoy ha pasado algo que haga recomendable devolverles la inmunidad?"

Sí, que se ha resuelto el recurso de casación y el TJUE opina distinto que el TG.

Si influyera algo, vendría en el auto, luego dices que estudiaste derecho y vas por ahí diciendo que los jueces basan sus autos en cosas que no vienen en ellos.

Pepepaco

#8 Claro.
Los jueces viven en un universo paralelo y no saben lo que ocurre en su entorno.

D

#9 los jueces viven en el universo judicial, y cuando hacen su trabajo y quieren motivar con algo sus resoluciones judiciales, lo ponen en la resolución.

Cualquiera que haya estudiado derecho o leido alguna resolución, lo sabe.

Pepepaco

#10 Lee a #11 anda

D

#12 ¿entonces cambias el argumento para darme la razón y decir que esas cosas tienen que venir en la sentencia? lol

Si lo ha tenido en consideración para su razonamiento, pues lo ha tenido correcto, no figura en la noticia, al menos, cuando yo la lei.

Pepepaco

#13 ¿Cuándo he dicho yo lo contrario?
Desde el primer momento He argumentado sobre el tema de l'Alguer porque daba por sentado que te habías leído el auto (siempre afirmas que lo haces) y cuando me has dicho "los jueces lo ponen en su resolución" me he quedado perplejo. He ido a buscar el texto que yo había leído, pero #11 (gracias) se me ha adelantado.
Ahora ya ha quedado meridianamente claro que opinabas en plan cuñao sin saber de lo que hablabas.

D

#15 pues en #9, que has soltado un argumento de mierda.

Y por mucho que insistas, si lees el auto, que en ello estoy, esta lleno de referencias a malas interpretacines, independientemente de esos hechos, que el TJUE discrepa del TG y punto, sin que haya factores externos que lo corroboren, no hay que montarse peliculas ni, efectivamente, es una bofetada porque en el mundo jurídico es normal que haya estas discrepancias. Igual que tampoco lo fue cuando el TJUE corrigió al TG sobre la cautelar de la inmunidad la primera vez.

Y para finalizar, este tema al final es irrelevante porque desde lo de Italia ya se sabe que no va a haber detenciones, hasta que se resuelva el tema de la inmunidad. Hasta que no lleguen las pronunciaciones finales del TJUE, nada va a cambiar en este tema.

Como mucho tendrá algo de interés las valoraciones que haga el Abogado General el 14 de Julio creo, que tampoco será nada definitivo.

Pepepaco

#17 Léete el auto y para de hacer el cuñao.

D

#18 ¿el auto dice que los procedimientos en el TJUE van a parar o qué? lol

¿Ya no se va a pronunciar el abogado general ni nada?

Pepepaco

#19 Que leas y pares de decir chorradas

D

#20 no estoy viendo que el auto diga que ya no se pronunciará el abogado general, ¿me explicas ese punto?

Pepepaco

#21 Te lo explico cuando tu me expliques cuando he dicho yo eso.

D

#22 no sé, yo lo he hablado de esos procedimientos y tú me has mandado a leer el auto, será que se dice algo de ellos en el auto, ¿no?

Pepepaco

#23 Te he mandado a leer el auto porque antes de opinar sobre algo lo normal es leerlo. Así te evitas de soltar cuñadeces como lo de que lo de l'Alguer no aparecía en el auto.
Pero puedes hacer lo que quieras, faltaría más, puedes emplear tu tiempo en leer el auto y entonces discutimos sobre lo que pone o puedes continuar poniendo cosas en mi boca que no he dicho y así pasamos la tarde haciendo el tonto. Te prevengo que esta tarde tengo todo el tiempo del mundo para perderlo contigo.

D

#24 ¿perdona? el que decia que había cosas en el auto sin tener ni idea eras tú lol

Del auto ya he leido la parte final y no altera en nada los procedimientos iniciados, así que mantengo lo que he dicho en mi comentario inicial de que en la practica no ha cambiado nada y seguimos a la espera de que se resuelvan los temas en el TJUE, con suerte, antes de que acabe el año

Pepepaco

#25 Si que Puigdemont, Comín y Ponsatí vuelvan a disfrutar de la inmunidad que hasta a hora no tenían para ti es "no ha cambiado nada" entonces tienes razón.

D

#26 creo que su estado es igual al que tenian ayer, ya sin inmunidad se dijo con el tema de Italia que no se les iba a detener más.

Así que no, no veo cambio, la cosa estaba pendiente de resolver los recursos al TJUE y ahora está pendiente de resolver los recursos al TJUE.

Pepepaco

#27 Sí, su estado es el mismo, por lo menos que yo sepa ninguno de los 3 està embarazado.

D

#28 haha, hilarante. Como ya dije, nada ha cambiado, si hubiera mantenido la suspensión de la inmunidad el TJUE, seguirían sin poder ser arrestados como ya se vio hace meses, y su caso seguiria pendiente del resultado de los recursos del TJUE, igual que ahora.

Pepepaco

#29 ¿"sin poder ser arrestados" como en l'Alguer?

D

#30 como en el evento que ya pasó y se determinó que dado su estado actual, no debían ser arrestados, por lo que no ha vuelto a ocurrir ni se preveia repetición sí, lo que ya había señalado yo.

Pepepaco

#31 Pues parece que el TJUE no se fía de las maniobras de España y ha preferido dejar bien claro que lo que se hizo entonces no se puede hacer, para evitar tentaciones y espectáculos lamentables más que nada.

D

#32 no, el TJUE no dice que lo haga por ninguna maniobra de España, a ver si te mando yo a leer el auto lol

Que no te esfuerces, que no ha cambiado nada, ni nada va a cambiar hasta por lo menos final de año, como ya he dicho, como mucho tendrá interés la opinión del abogado general el 14 de Julio.

Pepepaco

#33
23-5-22 Puigdemont, Comín y Ponsatí no gozan de inmunidad.
24-5-22 Puigdemont, Comín y Ponsatí gozan de inmunidad.

anarion321: "No ha cambiado nada"

D

#34 como ya he dicho, aun sin inmunidad, su caso está pendiente de resolución del TJUE, siento que te moleste que esa sea la realidad.

Darles la inmunidad o mantenersela en suspenso no altera ese hecho.

Pepepaco

#35 Siguiendo tu razonamiento, si es que se le puede llamar así, que un imputado pendiente de juicio esté o no en prisión preventiva "no cambia nada". Su caso está pendiente de resolución en ambas situaciones.

Por cierto este párrafo queda bastante feo, ¿no?
“En el presente caso, la conducta del ponente y del presidente de la Comisión JURI a la que se refieren los recurrentes es, prima facie, tal que demuestra parcialidad o prejuicio personal hacia ellos”

D

#36 sin inmunidad no iban a tener prision preventiva, ya se vio que no.

No sé qué párrafo dices porque buscando esa cadena de texto, o fragemntos de ella, no sale ningún resultado.

https://www.docdroid.net/file/download/7tUgILf/curia-documentos-pdf.pdf

Pepepaco

#37 "200 En el caso de autos, los comportamientos del ponente y del presidente de la Comisión JURI a los que se refieren los recurrentes pueden, a primera vista, manifestar una toma de partido o un prejuicio personal desfavorable hacia los recurrentes"

La había traducido yo del inglés

D

#38 pues parece una traducción Boye, que las negritas decían algo que no afirma. En el 201 ya aclara que no entra en esa valoración, que le corresponde a otro juez que conozca el caso mejor que lo que se ha alegado en ese recurso.

Pepepaco

#39 Amos anda no me jodas
una toma de partido = parcialidad
prejuicio personal = prejuicio personal
Por supuesto que lo afirma.

D

#40 201 No obstante, corresponderá al juez que conoce sobre el fondo apreciar si se acredita la
realidad de estos comportamientos, dado que el Parlamento sostiene que los documentos
aportados por los recurrentes no la demuestran,
sin empero negar que dichos
comportamientos existieran.

u

#9
Thus, the Vice-President of the General Court took into account, in paragraph 45 of the order under appeal, only the damage that might result from the appellants being surrendered to the Spanish authorities. However, serious and irreparable damage would already arise in the event of the appellants’ arrest and their continued detention, even for a limited period, especially since such a risk would exist each time that they travel to a Member State. The appellants might be arrested with a view to executing the European arrest warrants issued against them on the basis of the alerts in SIS II. Moreover, their continued detention could subsequently be ordered by the executing judicial authority, pursuant to Article 12 of Framework Decision 2002/584. The arrest and detention of Mr Puigdemont i Casamajó in Sardinia (Italy) on 23 September 2021 show that the appellants’ arguments are well founded

Esto esta en el PDF de la noticia...pero da igual, lo retorcerá.

D

El tribunal europeo le da un sopapo en la cara al tribunal europeo.

O algo así según la lógica de algunos.

D

#3 inventate más hombre lol

El TJUE, según el artículo, no ha dictaminado más que sobre la interpretación incorrecta que dio el TG:

"El vicepresidente del Tribunal General consideró, el 2 de junio pasado, que la existencia de órdenes de detención europeas emitidas contra los eurodiputados y las descripciones del sistema de información Schengen de segunda generación “no bastaban para demostrar con un grado de probabilidad suficiente que la detención de los diputados fuera previsible, de modo que no concurría el mencionado requisito de la urgencia”. Y el vicepresidente del Tribunal de Justicia, por su parte, ha subrayado este martes que la existencia de esas descripciones del SIS II relativas a personas reclamadas para su detención y entrega “comporta, por sí misma, la obligación de proceder a la detención de las personas objeto de esas descripciones y, por ende, una gran probabilidad de que dicha persona sea detenida”. "

Priorat

#1 Bueno. Ha dicho que fue un error porque había pensado que no los podían detener (lo que dijo el supremo, que no reactivarla la euroorden hasta que se aclarase el fondo) pero que lo de Cerdenya demostró que si que podían y que por tanto, se equivocó, y que les devuelve cautelarmente la inmunidad.

Así que básicamente el error fue confiar en la judicatura española y lo corrige. El sopapo está claro, pero no es a la justicia clara.

D

#14 "lo que dijo el supremo"

El Supremo no dijo nada, fue Abogacía del Estado y fue en base a una interpretación. Lo que ocurrió en Italia fue por iniciativa de las instituciones italianas.

No pasarse con los inventos.

m

Me recuerda al chiste del intermitente: ahora va, ahora no va...