Los magistrados consideran que, a pesar de que la empresa tenía la propiedad física de las obras de arte, esto no le otorga legitimidad para reproducir, transformar ni comunicar públicamente las obras sin consentimiento de los titulares de los derechos, por el que condena la demandada a cesar en su conducta y a indemnizar los daños y perjuicios derivados de la infracción de los derechos.
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etiquetas: nft , derechos de autor , mango
No acabo de entender la base de la denuncia, la verdad.
este es el enlace
www.infobae.com/espana/2025/06/25/la-justicia-declara-que-mango-vulner