Hace 8 años | Por --403917-- a diariorc.com
Publicado hace 8 años por --403917-- a diariorc.com

El Tribunal Constitucional ya ha avalado que las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o exparejas sean constitutivas de delito, mientras que si es el varón el sujeto pasivo de tal conducta, quede reducido a simple falta (hoy delito leve). La diferencia punitiva estriba en que solo el varón podrá ser condenado con penas privativas de libertad por la comisión de estos actos.

Comentarios

T

Si la guerra preventiva ha sido criticada por el Derecho Internacional Público, no menor reproche puede causar la justificación punitiva diferenciada por razón de sexo de conductas penales, basándose en criterios futuribles o culturales.

Totalmente de acuerdo.

D

De vergüenza...