El Tribunal Constitucional ya ha avalado que las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o exparejas sean constitutivas de delito, mientras que si es el varón el sujeto pasivo de tal conducta, quede reducido a simple falta (hoy delito leve). La diferencia punitiva estriba en que solo el varón podrá ser condenado con penas privativas de libertad por la comisión de estos actos.
Si la guerra preventiva ha sido criticada por el Derecho Internacional Público, no menor reproche puede causar la justificación punitiva diferenciada por razón de sexo de conductas penales, basándose en criterios futuribles o culturales.
Comentarios
Si la guerra preventiva ha sido criticada por el Derecho Internacional Público, no menor reproche puede causar la justificación punitiva diferenciada por razón de sexo de conductas penales, basándose en criterios futuribles o culturales.
Totalmente de acuerdo.
De vergüenza...