Hace 6 años | Por vicus. a 20minutos.es
Publicado hace 6 años por vicus. a 20minutos.es

Sólo estarían obligados a responder de las posibles consecuencias con sus propios medios si asumieran de forma pura el patrimonio. Con el objetivo de minimizar este impacto negativo, el derecho español habilita un salvoconducto, el modo de inventario. Permite a los sucesores cubrir eventuales obligaciones económicas únicamente con el patrimonio heredado sin que su fortuna particular se vea perjudicada.

Comentarios

Nosepadondetirar

#1 También valdría aquello de: el muerto al hoyo y el vivo al bollo, o, "muerto el perro se acabó la rabia". Yo me inclino por aquello de que a los perjudicados por los actos delictivos de éste señor que le vayan dando...

susodom

#3 ¿A beneficio de inventario..??

Nosepadondetirar

#1 También valdría aquello de: el muerto al hoyo y el vivo al bollo, o, muerto el perro se acabó la rabia.
Yo me inclino más por decir claramente que a los perjudicados por los actos de éste "señor" les vayan dando... (que cada cual complete la frase a su gusto.)

Comentario duplicado porque me aparecía error al enviar el primero. Sorry.

Manolitro

#9 es la típica noticia para el rebaño cuñadil que sólo leerá el titular, justo lo que quieren los becarios de turno, que parezca que es algún chanchullo cuando es algo absolutamente habitual. Probablememte acabe en portada conociendo al ganado de por aquí.

earthboy

#9 De todas maneras, hablamos de un chalet, ¿no?
Ya lo había dejado todo atado y bien atado.

Miguel Blesa solo conservaba a su nombre el chalet (embargado)
Miguel Blesa solo conservaba a su nombre el chalet (embargado)

sotillo

#1 Son leyes para el poder, dinero ilícito que debería ser embargado por el Estado

camvalf

#1 yo diría que las leyes son suyas y se las follan cuando quieres...

oso_69

#1 Vale para cualquiera, no es algo que hayan inventado para los herederos de las figuras del PP. Otra cosa es que la gente no se informe y firme el "Recibí" sin comprobarlo.

Beneficio de inventario

El beneficio de inventario es una de las formas de aceptar una herencia gracias a la cual los aceptantes no adquieren responsabilidad personal por las obligaciones de la masa hereditaria (deudas). Estas obligaciones se cubrirán única y exclusivamente con los bienes y/o derechos de la propia masa hereditaria, sin afectar el patrimonio de los sucesores. La aceptación pura y simple, en cambio, supone la asunción de responsabilidad de las deudas por parte de los sucesores.


https://es.wikipedia.org/wiki/Beneficio_de_inventario

D

#12 Heredas lo bueno y lo malo. Lo bueno y lo malo hasta donde cubra lo bueno.
La misma situación que con Blesa vivo.

D

#13 ¿Si me muero mis hijos no pagarán la hipoteca?

RobertNeville

#15 Si no la pagan perderán la propiedad de la casa.

i

#13 Es que ponen estos titulares tan sensacionalistas que buscan dar pie a la cuñados y claro, no lo pueden evitar.

D

#1 Creo que tras este comentario ya no se puede añadir nada más. Se puede decir más alto pero no más claro.

D

#1 Me parece normal la ley. Blesa pagará después de muerto con sus bienes. Pero lo que es absurdo es que se deba pagar con los bienes de otros.

vicus.

#16 Nada, si tu heredas tienes que heredar lo bueno y lo malo. Lo de Blesa no creo que dé para pagar todo el desaguisado, por lo tanto el que herede, no se va a comer un torrao, a no ser que se herede ciertas cuentas corrientes fuera del conocimiento de la justicia. Puede que se pague la feuda de este funestos sujeto con el pateiminio que se conoce y sus herederos se queden con lo que está escondino y no se ve por parte judicial..

J

#18 Más lo que les legó en vida...

p

Sí, pero tengo entendido que, aunque la acepten a beneficio de inventario, hay que hacer el inventario y después aceptar o no, y que si la aceptan, cualquier deuda que salga después la han de pagar.

Además, leí por alguna parte que, si los herederos han recibido bienes donados por el difunto poco tiempo antes del fallecimiento, se consideran igualmente parte de la herencia.

tiopio

#2 no, a beneficio de inventario es que se paga con el inventario.

placeres

#2 #5 #7 Se pueden aceptar herencias de bienes y de deudas. Cuando aceptas la herencia a beneficio de inventario informas a la administración/deudores que tienes intención de recibir la herencia, pero sólo después de que se realice una tasación de todas las cargas de la misma.Mientras tanto, tras pasar por el notario, todas las propiedades del difunto quedan congeladas bajo administración de los herederos, actuando como legatarios hasta que estos realicen el inventariado.

Si les sale que las deudas del padre son inasumibles la pueden rechazar sin que nadie pueda ir contra ellos ni contra sus bienes. Y todos los bienes se destinarán al pago de los deudores por orden de prioridad dejando a los últimos sin cobrar nada.

El Código civil es algo puñetero en estos temas. mejor no menearlo mucho.

D

#2 Que yo sepa no, si luego sale negativo, se lo jama la administracion pertinente.

Este es un sistema que mucha gente desconoce y acaba en la ruina aceptando herencias.

p

muerto el perro se acabó la rabia..... ?????????¿¿¿¿?????????????????

r

Tranquilos :" nadie está legitimado para saltarse la ley ". Juas.

h

#4 La ley es esta para todos, no se la está saltando nadie.