Hace 3 años | Por pepel a elespanol.com
Publicado hace 3 años por pepel a elespanol.com

El Tribunal Supremo ha establecido que, a la hora de inscribir escrituras de cancelación de hipotecas, los Registros de la Propiedad no pueden cargar a los prestatarios los gastos generados por trasmisiones de los préstamos acordadas entre entidades bancarias cuando se deben a razones de conveniencia empresarial y no de saneamiento o reestructuración de los bancos.

Comentarios

tiopio

Ya era hora.

D

bancos, menuda escoria de mafia usurera