El fiscal superior de Baleares señala que un error humano y formal de la Justicia a la hora de formular el veredicto de culpabilidad obligará a repetir el juicio
#13:
#8 en España, en los juicios con jurado el veredicto tiene que ser al menos 7 a 2 para condenar (vale 7 a 2, 8 a 1 o unanimidad) y de 5 a 4 para absolver (cualquier mayoría vale para absolver)
Si no se alcanza ninguna de esas mayorías, el juicio se repite con otro jurado y si con el nuevo jurado tampoco se alcanzan esas mayorías, el acusado sale absuelto.
#2:
Muchos habíamos asumido que lo de 5 votos contra 4 era un error del periodista, pero resulta que no, que la información era correcta y hubo un error procesal del jurado.
#12:
#2 no, fue un error de la jueza, que planteó una pregunta como favorable al acusado cuando no era así:
Uno de los expertos que cuestiona dicho veredicto es Eduard Ramón, el titular de la asignatura de derecho penal de la UIB, que a través de su cuenta en la red social Instagram ha recordado que para alcanzar un veredicto de culpabilidad es necesario contar con siete de los nueve votos del jurado popular. Sin embargo, en el caso de Rigo el veredicto fue de cinco votos a favor de que era culpable de homicidio, frente a los otros cuatro que le consideraban inocente.
El jurado que alcanzó este veredicto, por el que condenaba al anciano de Porreres por un homicidio bajo la eximente incompleta de legítima defensa, en realidad alcanzó esta decisión como un situación favorable al acusado. Así fue como se planteaba en el formulario de preguntas que redactó la magistrada que presidió el juicio. La pregunta anterior, considerada desfavorable para el acusado, señalaba al jurado si entendía que Rigo había cometido un homicidio, sin ningún tipo de atenuante o eximente. La respuesta del jurado fue contundente y respondió negativamente a esta pregunta, que en el caso de que se hubiera aceptado esta hipótesis sí habría sido necesario siete votos a favor. La siguiente cuestión, interpretada como un hecho favorable a favor del acusado, coincidiendo además con la versión de los hechos que ha sostenido la fiscalía, se refería a si el jurado contemplaba un homicidio con legítima defensa. En este caso solo era necesario cinco votos. El tribunal popular ha establecido que existió un uso desproporcionado de los medios de defensa, es decir, que en esa situación Pau Rigo pudo plantearse otras posibilidades, pero optó por disparar contra el asaltante.
#17:
#14 La MIERDA-JUSTICIA (porque no tiene otro nombre) te exije un IMPOSIBLE:
Que en una situación de riesgo extremo, miedo y tensión, seas capaz de valorar fríamente la proporcionalidad de fuerza justa que debes aplicar para proteger a tu familia y tus bienes.
Osea, un hatajo de hijos de perra y vagos que no saben ni trabajar a tiempo, que llaman a juicios a años vista y que emiten sentencias que no pocas veces es para ponerles a un violador o asesino al que sueltan al lado de su puta casa, cuando no condenan con todo el peso de la ley al que roba una barra de pan o van dando carpetazo a expedientes de amigotes, exigen a cada ciudadano de España una capacidad de análisis en tiempo real similar a la de ROBOCOP tuneado con ChatGPT en situación de estress y peligro.
Osea, que si entra alguien en tu casa, primero tienes que fijarte bien, no lleva armas, estas muy jodido. A ostias lo tienes que sacar de tu casa. Lleva un cuchillo, pues tira de otro tú también. Si Katana, echa mano al cuchillo del jamón. Si lleva una pistola, coge el rifle de caza del abuelo...
Vivimos en un sinsentido estúpido de país donde para defender lo tuyo, lo que te ha costado años de trabajo, esfuerzo, no ya que entre un extraño en tu sitio más sagrado, tu hogar, a altas horas de la noche, la ley va a mirar con lupa todas tus reacciones y solo te va a salvar del varapalo de estos sinvergüenzas más amigos del delincuente que de la víctima la presión social ante los despropósitos y desmanes de toda esta chusma con disfrazes del medievo.
Ah, que las leyes no las hacen ellos... claro claro, ni huevos tienen a responsabilizarse de sus sentencias....
En el primer juicio con jurado popular de un delito debe llegarse o bien a una condena o bien a una absolución.
Dicho de otra forma:
El no alcanzar los votos suficientes para declarar culpable no implica que se declare absolución, sino que el jurado debe declarar por mayoría la absolución, cosa que no ocurrió.
Cuando no se alcanzan los votos suficientes para una condena ni para la absolución, debe repetirse el juicio, con OTRO jurado popular. Este otro sería el segundo juicio con jurado popular y en el segundo ya no es necesario llegar a que haya mayoría que decrete absolución... Si no alcanza la mayoría para una condena, directamente se absuelve.
Condena: al menos 7 de 9 deben votar que sí es culpable de un delito, para decretar culpabilidad.
Absolución: al menos 5 de 9 (mayoría simple) deben votar que se absuelva.
Si hay 5 que dicen que es culpable y 4 que se absuelva no se llega a ninguna de las dos condiciones.
Por otro lado, aparte de todo lo anterior, en caso de haber un fallo procesal que reduzca los derechos de alguien, el juicio debe repetirse. Es decir, aunque fuese el segundo juicio con jurado popular y no se alcanzan los 7, en algunos casos habría que repetir el juicio, por no ser un juicio justo...
#4:
#2 Del jurado no, de la Admin. de Justicia. El jurado (popular) son 9 personas como como yo que tienen "0" idea de los procedimientos que votaron culpable o inocente (5 a 4) segun su opinion. De ese resultado "alguien" aplico mal la norma y dicto un veredicto erroneo (deberia ser inocente).
#8 en España, en los juicios con jurado el veredicto tiene que ser al menos 7 a 2 para condenar (vale 7 a 2, 8 a 1 o unanimidad) y de 5 a 4 para absolver (cualquier mayoría vale para absolver)
Si no se alcanza ninguna de esas mayorías, el juicio se repite con otro jurado y si con el nuevo jurado tampoco se alcanzan esas mayorías, el acusado sale absuelto.
En el primer juicio con jurado popular de un delito debe llegarse o bien a una condena o bien a una absolución.
Dicho de otra forma:
El no alcanzar los votos suficientes para declarar culpable no implica que se declare absolución, sino que el jurado debe declarar por mayoría la absolución, cosa que no ocurrió.
Cuando no se alcanzan los votos suficientes para una condena ni para la absolución, debe repetirse el juicio, con OTRO jurado popular. Este otro sería el segundo juicio con jurado popular y en el segundo ya no es necesario llegar a que haya mayoría que decrete absolución... Si no alcanza la mayoría para una condena, directamente se absuelve.
Condena: al menos 7 de 9 deben votar que sí es culpable de un delito, para decretar culpabilidad.
Absolución: al menos 5 de 9 (mayoría simple) deben votar que se absuelva.
Si hay 5 que dicen que es culpable y 4 que se absuelva no se llega a ninguna de las dos condiciones.
Por otro lado, aparte de todo lo anterior, en caso de haber un fallo procesal que reduzca los derechos de alguien, el juicio debe repetirse. Es decir, aunque fuese el segundo juicio con jurado popular y no se alcanzan los 7, en algunos casos habría que repetir el juicio, por no ser un juicio justo...
Muchos habíamos asumido que lo de 5 votos contra 4 era un error del periodista, pero resulta que no, que la información era correcta y hubo un error procesal del jurado.
#2 Del jurado no, de la Admin. de Justicia. El jurado (popular) son 9 personas como como yo que tienen "0" idea de los procedimientos que votaron culpable o inocente (5 a 4) segun su opinion. De ese resultado "alguien" aplico mal la norma y dicto un veredicto erroneo (deberia ser inocente).
#2 no, fue un error de la jueza, que planteó una pregunta como favorable al acusado cuando no era así:
Uno de los expertos que cuestiona dicho veredicto es Eduard Ramón, el titular de la asignatura de derecho penal de la UIB, que a través de su cuenta en la red social Instagram ha recordado que para alcanzar un veredicto de culpabilidad es necesario contar con siete de los nueve votos del jurado popular. Sin embargo, en el caso de Rigo el veredicto fue de cinco votos a favor de que era culpable de homicidio, frente a los otros cuatro que le consideraban inocente.
El jurado que alcanzó este veredicto, por el que condenaba al anciano de Porreres por un homicidio bajo la eximente incompleta de legítima defensa, en realidad alcanzó esta decisión como un situación favorable al acusado. Así fue como se planteaba en el formulario de preguntas que redactó la magistrada que presidió el juicio. La pregunta anterior, considerada desfavorable para el acusado, señalaba al jurado si entendía que Rigo había cometido un homicidio, sin ningún tipo de atenuante o eximente. La respuesta del jurado fue contundente y respondió negativamente a esta pregunta, que en el caso de que se hubiera aceptado esta hipótesis sí habría sido necesario siete votos a favor. La siguiente cuestión, interpretada como un hecho favorable a favor del acusado, coincidiendo además con la versión de los hechos que ha sostenido la fiscalía, se refería a si el jurado contemplaba un homicidio con legítima defensa. En este caso solo era necesario cinco votos. El tribunal popular ha establecido que existió un uso desproporcionado de los medios de defensa, es decir, que en esa situación Pau Rigo pudo plantearse otras posibilidades, pero optó por disparar contra el asaltante.
#15 Lo que tendría que haber hecho este pobre hombre es decir que se habían matado entre ellos. A ver, la palabra de unos ladrones to' nerviosos y que no deberían haber estado ahí contra la de un jubilado que puede decir que perfectamente le robaron la escopeta.
Lo que no puede hacer es pretender que le den una medalla. Un aviso: nunca le toques el trabajo al juez en un juicio. Aunque por dentro pienses que hiciste justicia, lo que más le jode al juez es que la gente le quite el trabajo. Eso le jode mucho más que cualquier otra cosa, más que un muerto o que un culpable se vaya de rositas.
Pobre hombre, ahora a juicio otra vez.
Por otro lado: lo de tener dinero en casa y que la gente lo sepa es una muy mala idea (en una noticia leí que los ladrones lo sabían porque había vendido un negocio de tragaperras, hasta monedas tenía el hombre en casa).
#10 Pues yo estoy harto de ver gente a la que declaran no culpable.
Por ejemplo, un tio que está demostrado que se ha cargado a la mujer a martillazos y lo han declarado no culpable porque consideran que estaba trastornado por los celos.
En España cuando hay jurado popular, como es el caso de este meneo, el jurado popular puede declarar al acusado como "no culpable".
Sin embargo, cuando la sentencia la dicta enteramente un juez, sin jurado popular, dicho juez no puede sentenciar nunca "no culpable": en este este caso, el juez dice o bien "culpable" [de tal delito] o bien "inocente".
Es lo que leí hace tiempo (en otros meneos).
En otros países al parecer no existe "inocente", lo cual me parece muy razonable y correcto ya que el juez no puede asegurar [casi nunca] (en algunos casos sí) que sea inocente (que es seguro que no ha cometido el delito), solo que no se ha demostrado que lo haya cometido.
Creo que la diferencia que se hace en España es porque el juez, debido a los requisitos que ha debido pasar para llegar a ser juez, se le considera más capacitado/obligado para ir un paso más allá y decir "inocente", no quedarse solamente en "no culpable".
Un cualquiera de un jurado popular, al que no le exige lo mismo que a un juez, no se considera (en general) apto para decir que alguien sea inocente y se debe limitar a decir "no culpable".
#36 Para los abogados queda y no tengo claro qué juzgaría exclusivamente un juez, pero si alguien culpable se libra, por ejemplo, porque las pruebas que lo demuestran no son admisibles en el juicio, me chirría mucho que un juez tenga que declararlo inocente.
Me parece más lógico tener las tres opciones para diferenciar claramente cada caso, especialmente por la gente a la que se pueda declarar inocente.
#38
En España creo que sí, que el juez está obligado a decir "inocente" en ese caso que planteas tú.
De hecho existe una máxima que dice: "toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario".
Por ejemplo, un acusado sabe que es culpable... El juez puede interiormente "sospechar" o pensar alguna hipótesis de que quizá sea culpable, pero la ley le obliga a declarar inocente cuando hay duda ("in dubio pro reo"). En este ejemplo mio, el único que sabría con certeza que es culpable sería el propio acusado (a veces uno piensa que es culpable y la víctima ya estaba muerta: ni siquiera quien "cree" estar seguro de ser culpable tiene por qué serlo siempre) ... El juez solo tendría "sospecha", que la debe guardar en su interior: ningún juez puede afirmar que "sospecha". Dicho juez no tendría seguridad de que es culpable si no hay pruebas que garantizan esa "seguridad". Recordemos que en caso de tener seguridad su obligación es declarar culpable... sería prevaricación que un juez dejase libre a uno que sabe que es culpable. Pero, ojo, de forma rigurosa solo puede "saber" que es culpable si hay pruebas... no puede imaginar que lo "sabe".
Aquí en Meneame puedes decir cosas sin ninguna evidencia, basándote en tus imaginaciones, creencias, opiniones, ideologías, etc... Pero el juez solo puede basarse en hechos probados. Otra cosa sería lo que la ley admite como prueba...
#30 Si hacemos caso de lo que dices (y de lo que exagera Goyo Jiménez en los monólogos) al pueblo español no le hacen falta armas para defenderse porque nos valen hasta las piedras para acogotar al pelanas que se pase de la raya pero también te recuerdo que somos bastante de pegar la pedrada sin pensar mucho (en los pueblos no ha sido raro eso de que el vecino te amenace con escopeta por una linde) y abrir la mano de las "libertades de armas" no creo que sea solución viendo cómo le va a los estados juntitos y demás países con más apertura en las armas (y que los exámenes psicotécnicos son de risa viendo la de "accidentes" que tenemos)
Pero en general, estamos bastante tranquilitos y los de arriba mil veces más tranquilos (total por números da igual que tengamos palos y piedras que como te asalten el chiringuito suficiente gente, no te salvas ni de coña) y eso es verdad.
editado:
como dije, no sé si la solución es dejar que te cargues al ladrón que te ha entrado con maldad y alevosía porque igual esto escala a algo peor y empezamos a ver asaltos con subfusiles a casas normales pero desde luego la ley hay que revisarla.
#35 Esto ya ha escalado y hace mucho. Los delincuentes no tienen ningún problema, pero ninguno, para armarse en España. Hace unos años, la Guardia Civil pilló un alijo en Sevilla con aks-47 y todo, granadas... Somos uno de los mayores productores de armas del mundo ¿no lo sabías?, pero esta prohibidísimo que un ciudadano normal tenga acceso a una, ni siquiera para proteger su casa y familia.
Hay que hacer auténticos "vericuetos" legales como apuntarse al deporte de tiro olímpico con arma de fuego, competir una vez al año, y pasar unas pruebas de la guardia civil para que te dejen tener un arma en casa, guardada en un armero homologado. Flipa, y no te rías, que si no compites al menos una vez al año, te retiran la licencia y flipa del todo, a entregar tus armas en la Guardia Civil. O sacarte el carnet de coleccionista, y entonces puedes tener armas de fuego de antes del 1890 creo que era... ¿esto es serio o qué? Que te parece...
Yo tengo clarísimo, que nos quieren desarmados, en un país en el que los delincuentes jamás han tenido problema para armarse, y no creo que lo tengan tampoco en cualquier otro país. La retórica de que entonces esto será la selva si todos llevamos armas... joder, que poca fe en el ciudadano, cuando los delincuentes ya las tienen...
Deberían dejarte elegir, la ley no debería entrar hasta esos extremos en la vivienda de cada uno.
#54 Los delincuentes ahora mismo saben que no es necesario ir con mucho para amenazar, funcionan más al descuido y sin gente que con ella porque las cosas se pueden ir mucho de madre y sobretodo investigan a quién robar. Si aparece alguien con una 9mm que va a defender la situación cambia y mucho tanto para ti (no es fácil pegarle un tiro a un tío eh?) como para el ladrón que no irá solo y sí va a estar acostumbrado a usar el arma y viendote a ti con una te lo pegará por si las moscas. El argumento usano de "necesito una glock para proteger mi piso y a mi señora" no lo veo, lo que sí veo es que si no se te permite armarte, que puedas defenderte en tu casa bajo unos supuestos específicos con cierta seguridad pero abrir las opciones a un arma? Ya tenemos suficientes borricos "amantes de los montes" y suficientes accidentes como para permitir que el ciudadano de a pie tenga una.
A mí no me parece ninguna burrada que tengas que justificar que necesitas un arma y que debas guardarla en un armero reglado, es un arma no un juguete. Me parece perfecto que si quieres jugar con un arma, federado y participando o caza si quieres pero tenerla para pegarle un tiro en la cabeza a otro que te ha entrado no. Un arma en manos de alguien no adiestrado no es nunca buena idea.
Yo lo único que tengo claro es que las armas no solucionan nada en manos de quien no esté bien entrenado pero sin duda si no puedes tenerlas, hay que ponerle alguna solución para que por lo menos si te defiendes, no te enchironen a ti por daños al pobre ladrón que quería soplarte la tele y el portátil. O la policía se mete a fondo y no deja chorizo fuera (eso implica que si pillan al caco, no vuelve a ver la luz del sol) o nos dejan patear al ladrón pero tener la población armada no es solución salvo que me digas que ahora todo el mundo ha de tener entrenamiento con armas como los usanos y no parece que les vaya bien precisamente. Burros tenemos en todos lados.
Es el problema de ser "de los honrados" que si juegas con tramposos es común que pierdas.
Hace nada encontré a un compañero que decía que ni podías defenderte en tu casa de los ladrones pero parece que este señor se va a escapar precisamente de ser condenado. Igual sí que puedes defenderte en tu casa más de lo que la gente se piensa.
#14 La MIERDA-JUSTICIA (porque no tiene otro nombre) te exije un IMPOSIBLE:
Que en una situación de riesgo extremo, miedo y tensión, seas capaz de valorar fríamente la proporcionalidad de fuerza justa que debes aplicar para proteger a tu familia y tus bienes.
Osea, un hatajo de hijos de perra y vagos que no saben ni trabajar a tiempo, que llaman a juicios a años vista y que emiten sentencias que no pocas veces es para ponerles a un violador o asesino al que sueltan al lado de su puta casa, cuando no condenan con todo el peso de la ley al que roba una barra de pan o van dando carpetazo a expedientes de amigotes, exigen a cada ciudadano de España una capacidad de análisis en tiempo real similar a la de ROBOCOP tuneado con ChatGPT en situación de estress y peligro.
Osea, que si entra alguien en tu casa, primero tienes que fijarte bien, no lleva armas, estas muy jodido. A ostias lo tienes que sacar de tu casa. Lleva un cuchillo, pues tira de otro tú también. Si Katana, echa mano al cuchillo del jamón. Si lleva una pistola, coge el rifle de caza del abuelo...
Vivimos en un sinsentido estúpido de país donde para defender lo tuyo, lo que te ha costado años de trabajo, esfuerzo, no ya que entre un extraño en tu sitio más sagrado, tu hogar, a altas horas de la noche, la ley va a mirar con lupa todas tus reacciones y solo te va a salvar del varapalo de estos sinvergüenzas más amigos del delincuente que de la víctima la presión social ante los despropósitos y desmanes de toda esta chusma con disfrazes del medievo.
Ah, que las leyes no las hacen ellos... claro claro, ni huevos tienen a responsabilizarse de sus sentencias....
#17 Desde luego una revisión no vendría mal porque cuando me comentó PasaPollo eso de "defensa proporcional" me quedé con cara de "entonces tengo que medir la fuerza con la que le suelto el guantazo o que?" Que una cosa es que puedas cargarte a alguien en tu casa porque dices "que ma robao" y otra que tengas que estar con las mandangas de "proporcionalidad" para que no te carguen a ti con el mochuelo de daños perjuicios y homicidios.
Entiendo qué quieren evitar con la ley (que no puedas cargarte a alguien en tu casa con la excusa de robo) pero esto es ridículo sin duda porque como dijo otro user, pongamos que tienes los nervios de acero y le haces astilla la rodilla de un perdigonazo, como tenga amigos te vienen a apalizar por hacerle daño al amigo. Tampoco sé qué solución darle porque si te permiten apalizar al caco igual empiezan a entrar con armas más serias y no un palo o una glock cochambre.
#20 Lo que pasa es que cuando hicieron la Constitución, se dieron cuenta que el pueblo español era "peligroso", vamos, que no nos iban a poder torear porque si le echamos huevos ni Reyes, ni mangantes, ni ostias, y nuestra historia lo demuestra, y eso era un problema muy gordo para los políticos, para los militares, y para la Iglesia.
Así que hicieron una legislación ultra restrictiva con la posesión de armas y las capacidades de defensa del pueblo Español, para darnos bien por el culo sin miedo a que nos podamos defender. Mira como nos ha ido, con cada gobierno que hace y deshace lo que le da la gana. La surrealista situación legal que vives con un intruso es tu casa es fruto colateral de esas restricciones legales tan punitivas.
#14 La noticia dice que basicamente lo iban a indultar, en todo caso el problema no es eso, es que no tienes garantías jurídicas. Si te agreden, tu no puedes contar de antemano con que a posteriori alguien sentado en una silla que tarda meses o años en deliberar (lo que tu tienes que pensar en el momento) puede ser legítima defensa, los criterios legales/burocráticos, o si tendrás un indulto. Supongo que si sientes que necesitas defenderte, lo mejor es que lo hagas, pero luego aprieta los dientes que lo mismo no te salvas de las consecuencias.
A mi este tipo de situaciones me parecen absurdas, y concuerdo con #17 en que si te entran desconocidos a tu casa, tu no tienes una bola de cristal para saber cuál es la mejor opción, lo mismo no disparas y te torturan, o te matan, no puedes saberlo. Además, de que es una situación que te plantean sin que tengas responsabilidad sobre ella, ni la hayas elegido. Ni puedes saber si dispararles es proporcional, qué armas llevan, o cuales son sus líneas rojas.
El tener que espera a estar en peligro, o que disparen ellos primeros, te pone innecesariamente en la peor situación posible. Soy consciente que seguramente una legislación más permisiva con la legítima defensa pueda tener efectos adversos, como lo que ocurre en EE. UU. pero no puedo evitar que me parezca muy injusto.
#48 Sí, se lo dije a lestat cuando lo hablamos, tampoco me parece bien la ley actual y cuando PasaPollo comentó lo de la proporcionalidad me quedé a cuadros pero no sé qué solución puede haber porque si dejas que la gente apalice al ladrón igual empezamos a tener robos con armas de asalto y no una glock cochambre o igual vuelve un colega del ladrón a reventarte. O igual algún lila decide apalizar a alguien que le cae mal y luego decir que le estaba robando.
Sinceramente no sé qué solución ponerle aunque entienda la razón de la ley como está.
#9
Se ha probado que apretó el gatillo y que eso causó la muerte de otra persona.
Pero a veces eso no es delito ya que puede hacerse en defensa propia... Por tanto, NO se ha corroborado que sea culpable de ningún delito.
Si en el próximo juicio hay al menos 7 de 9 que dicen que sí cometió delito entonces quedará corroborado y será condenado, pero si no fuese así podría ser declarado "no culpable" y ser absuelto, sin poder decir que sea culpable ni que se ha corroborado que "no es inocente".
#9 No exactamente, porque si no se considera crimen por los motivos que sea, pues sería "inocente". Me parece que #42 tiene razón, una cosa es que se confirmen los hechos, y otra su interpretación posterior.
#51
A ver... la palabra "inocente" tiene varios significados pero el principal es "libre de culpa". Es el primero que aparece en el diccionario.
Otro significado es "que causa daño". Según este segundo significado, alguien que ha matado, aunque fuera sin querer y obligado, si ha matado ha causado daño, y, por tanto, no es inocente según este segundo significado.
Pero según el significado primero y principal, si no tiene culpa es exactamente inocente ¡Eso es principalmente lo que significa la palabra!
Aunque es cierto que "culpable" significa "que se puede culpar".
No sé si te refieres a que a veces alguien puede ser "declarado" no culpable aunque sea culpable, aunque tenga culpa... No es imposible, pero alguien puede tener culpa y al mismo tiempo ser "oficialmente inocente" por el hecho de estar "libre de culpa", en el sentido de haber sido absuelto, liberado de la culpa. Parece contradictorio pero no lo es: alguien podría ser "literalmente no inocente" y al mismo tiempo "oficialmente inocente".
Por último, puede parecer MUY sutil, pero no afirmé que fuese "inocente", lo que dije es que no puedes decir / afirmar / asegurar que "no es inocente" alguien que no sea culpable. [excepto en aquel significado secundario de la palabra "inocente" = alguien que no causa o no causó daño]
Casos:
*Caso A* : no sabemos si tiene culpa o no... ni hemos estado en el lugar de los hechos, ni ha concluido un juicio justo y correcto.
Oficialmente toda persona debe ser considerada inocente mientras no se demuestre lo contrario.
De acuerdo, tú no eres un juez, ni un policía, ni un miembro del jurado popular que juzga a esa persona... Y "puedes" decir que en tu opinión "no es inocente".
De acuerdo, puedes dar tu opinión... pero yo te doy la mía: cuando no se sabe algo, mejor callar, es decir, no es bonito decir que alguien no es inocente sin saber todos los detalles.
Desde un punto de vista legal, decir que alguien no es inocente de un delito sin poder probar que no es inocente constituye un delito de calumnia, daños al honor y la imagen de esa persona. Esa persona te podría denunciar por decir eso. Ha ocurrido con comentarios de Internet y en particular en Menéame.
Algunos detalles: el señor afirma que había sufrido otro robo en el que había recibido amenazas, tanto contra él como contra sus nietos. Es decir, no solo había un motivo para pensar que estaba en peligro la vida de él, el anciano, sino también de sus nietos. Aparte, se trata de un anciano, es decir, en inferioridad de condiciones físicas frente a dos jóvenes que entraron a su casa a robar. Y les había advertido que se fueran y que él tenía un arma... Pero los jóvenes no hicieron caso y siguieron acercándose a él... Por tanto, si no disparaba debido a su inferioridad puede ser razonable pensar que estaba en riesgo su vida.
*Caso B* Si sabemos que fue condenado.
En este caso sí podríamos decir que es culpable... Cabe la posibilidad de hubiera recibido una sentencia injusta, ser condenado sin ser culpable, pero por lo menos a efectos legales, cuando alguien fue juzgado con las garantías legales se le puede llamar culpable y no es delito llamárselo.
Aunque el señor fue juzgado y recibió en sentencia el apelativo de culpable, ahora sabemos que esa sentencia no es válida, y, por tanto, ahora ya no se le puede llamar culpable.
*Caso C* No ha recibido sentencia pero alguien sabe que es culpable porque estuvo allí y tiene pruebas...
En este caso es legal y justo llamarle culpable o decir que no es inocente, a pesar de no haber sido juzgado.
No creo que este sea tu caso, y como tampoco es el B, solo queda el A: que no lo sabes y por tanto, no deberías decir ni que sea culpable ni que "no es inocente".
-------
Lo que hice yo fue limitarme a lo que sé:
No le llamo inocente, porque no sé si es inocente. Aunque sería legal llamarlo inocente, pero preferí ser prudente y no pronunciarme en ese sentido.
Pero, sobre todo, no le llamo "culpable" ni tampoco le llamo "no inocente" porque tampoco lo sé, y porque, a diferencia del párrafo anterior en este caso SÍ es delito tipificado decir esto sin saberlo.
Aparte de lo legal, no me parece ético manchar a un señor anciano... si a ti te parece bien, haz lo que quieras y tú sabrás si estás cometiendo delito por decir eso o no.
Es legal decir que te parece mal, que te parece feo hacer eso, que no te parece "correcto", etc... pero ojo con decir que alguien es culpable o que no es inocente.
Las libertades de cada uno están limitadas por los derechos de los demás. Y el derecho al honor y la imagen de otros está por encima de la libertad de expresión.
#52 Inocente significa que no se cometió el crimen. No culpable significa que no hubo pruebas suficientes para determinar que se cometió el delito.
Aunque pueda parecer que ambos conceptos significan lo mismo, la verdad es que no es así. La diferencia entre declarar al individuo como ‘inocente’ o ‘no culpable' es que en el primero de los dos casos se ha podido comprobar la inocencia del acusado y por lo tanto queda libre de todo cargo.
Por el contrario, una persona es declarada 'no culpable' cuando, aun después de dictaminar sentencia, sigue habiendo evidencias que apuntan a que podría ser culpable del delito pero no hay pruebas suficientes que lo demuestren.
Este segundo caso, el de una persona 'no culpable', se puede dar por pruebas insuficientes, por pruebas conseguidas de manera ilegal o porque el acusado cometió el delito bajo un atenuante, como puede ser un cuadro psicótico.
Lo que el anciano dijo en sede jucidial, delante del juez es que SI, que el mato a ese hombre a tiros, por lo que no es inocente de matar al hombre a tiros, pero el jurado consideró que no era culpable del delito por los atenuantes, y demas pruebas.
pobre hombre, espero que si repiten todo salga inocente y le salga gratis todo esto, esa basura esta mejor muerta que viva, entrar en casa de unos ancianos infundiendoles terror con unos pasamontañas puestos y golpeandolos para robarles, no deberia salir gratis a estos hijos de puta
#29 Entiendo a lo que te refieres pero lo único que le hubiera salido gratis es que para empezar nadie intentara robarle. Llevar en su mente haber matado a alguien, incluso si el lo ve justo, y todo lo que derive del juico es un lastre para su bienestar personal y mental... y ahora otro juicio.
#5 No es inocente de cometer el crimen, lo hizo y lo ha corroborado en sala.
Otra cosa es que no sea culpable de el delito que se le imputaba al añadir atenuantes, eximentes, etc ...
#5 Como no tenía ni idea de cómo funcionaba esto, consulté la ley del jurado y creo que esto va así.
El jurado está compuesto por 9 personas.
Primero tienen que votar sobre si los distintos hechos descritos en el juicio según se los plantean los jueces del tribunal se consideran probados o no. Los hechos favorables al acusado se consideran probados si obtienen al menos 5 votos y los no favorables necesitan 7.
Luego se procede a la votación de culpabilidad o inculpabilidad (sic) del delito o delitos. Serán necesarios siete votos para establecer la culpabilidad y cinco votos para establecer la inculpabilidad.
Parece ser que el tribunal planteó al jurado 5 posibles escenarios para los hechos: desde un homicidio tal cual (sin ningún tipo de atenuante) hasta la legítima defensa eximente completa y entre medias distintos estadios de legítima defensa que no eximen de la pena pero atenúan la misma en distintos grados según se considere adecuada la proporcionalidad de la defensa. El jurado votó a favor de una de estas intermedias con una mayoría de 5.
El tema es que solamente se consideró desfavorable para el acusado el escenario de homicidio sin agravantes mientras que todas las demás se consideraron favorables por lo que solamente hacía falta mayoría de 7 para el homicidio sin ningún atenuante. Pero dice el fiscal que un escenario que suponga una condena, aunque atenuada, sigue siendo desfavorable para el acusado y por tanto tendría que tener al menos 7 votos.
#25 Es una forma un poco rara de votar, al menos yo pensaría que tendría más sentido plantear no tanto el escenario completo sino cada punto favorable al acusado por separado.
- En caso de que se considere culpable de homicidio ¿se aplicaría el atenuente de legítima defensa?
En ese caso la pregunta solo puede ser favorable, y tendría sentido que se pueda aplicar ese atenuante con mayoría simple. En fin, supongo que el tramite tendrá sus razones para ser así.
¿Este no era el que mató al ladrón en defensa propia pero con unas cuantas de decenas de puñaladas? Me suena haber visto noticia por aquí hace unos meses.
Comentarios
#8 en España, en los juicios con jurado el veredicto tiene que ser al menos 7 a 2 para condenar (vale 7 a 2, 8 a 1 o unanimidad) y de 5 a 4 para absolver (cualquier mayoría vale para absolver)
Si no se alcanza ninguna de esas mayorías, el juicio se repite con otro jurado y si con el nuevo jurado tampoco se alcanzan esas mayorías, el acusado sale absuelto.
#13 thanks for the info
#5
En base a lo que dijo #13 :
En el primer juicio con jurado popular de un delito debe llegarse o bien a una condena o bien a una absolución.
Dicho de otra forma:
El no alcanzar los votos suficientes para declarar culpable no implica que se declare absolución, sino que el jurado debe declarar por mayoría la absolución, cosa que no ocurrió.
Cuando no se alcanzan los votos suficientes para una condena ni para la absolución, debe repetirse el juicio, con OTRO jurado popular. Este otro sería el segundo juicio con jurado popular y en el segundo ya no es necesario llegar a que haya mayoría que decrete absolución... Si no alcanza la mayoría para una condena, directamente se absuelve.
Condena: al menos 7 de 9 deben votar que sí es culpable de un delito, para decretar culpabilidad.
Absolución: al menos 5 de 9 (mayoría simple) deben votar que se absuelva.
Si hay 5 que dicen que es culpable y 4 que se absuelva no se llega a ninguna de las dos condiciones.
Por otro lado, aparte de todo lo anterior, en caso de haber un fallo procesal que reduzca los derechos de alguien, el juicio debe repetirse. Es decir, aunque fuese el segundo juicio con jurado popular y no se alcanzan los 7, en algunos casos habría que repetir el juicio, por no ser un juicio justo...
#39
Nota:
Donde dije
"en caso de haber un fallo procesal"
sería mejor haber dicho
"en caso de haber un error procesal"
La palabra "fallo", aparte de "error", tiene otro significado en el mundo jurídico: sentencia.
Muchos habíamos asumido que lo de 5 votos contra 4 era un error del periodista, pero resulta que no, que la información era correcta y hubo un error procesal del jurado.
#2 Del jurado no, de la Admin. de Justicia. El jurado (popular) son 9 personas como como yo que tienen "0" idea de los procedimientos que votaron culpable o inocente (5 a 4) segun su opinion. De ese resultado "alguien" aplico mal la norma y dicto un veredicto erroneo (deberia ser inocente).
Al menos asi lo entiendo yo.
#2 A mi también me extraño, yo pensaba que el veredicto debía ser unánime. Cosas de las películas, probablemente.
#8 Si no fuera así Doce hombres sin piedad hubiera sido un corto
#11 La mejor película de la historia.
#16 la mejor no se, pero un peliculon como una casa, pena que estas pelis no se pongan en los colegios y luego se hable sobre ellas
#26 Ni en la televisión se ponen ya.
#26 Da la casualidad de que a mí me la pusieron en BUP en clase de filosofía , peliculón
#11 Habria sido "Doce hombres con un monton de tiempo para hacer otras cosas"
#2 no, fue un error de la jueza, que planteó una pregunta como favorable al acusado cuando no era así:
Uno de los expertos que cuestiona dicho veredicto es Eduard Ramón, el titular de la asignatura de derecho penal de la UIB, que a través de su cuenta en la red social Instagram ha recordado que para alcanzar un veredicto de culpabilidad es necesario contar con siete de los nueve votos del jurado popular. Sin embargo, en el caso de Rigo el veredicto fue de cinco votos a favor de que era culpable de homicidio, frente a los otros cuatro que le consideraban inocente.
El jurado que alcanzó este veredicto, por el que condenaba al anciano de Porreres por un homicidio bajo la eximente incompleta de legítima defensa, en realidad alcanzó esta decisión como un situación favorable al acusado. Así fue como se planteaba en el formulario de preguntas que redactó la magistrada que presidió el juicio. La pregunta anterior, considerada desfavorable para el acusado, señalaba al jurado si entendía que Rigo había cometido un homicidio, sin ningún tipo de atenuante o eximente. La respuesta del jurado fue contundente y respondió negativamente a esta pregunta, que en el caso de que se hubiera aceptado esta hipótesis sí habría sido necesario siete votos a favor. La siguiente cuestión, interpretada como un hecho favorable a favor del acusado, coincidiendo además con la versión de los hechos que ha sostenido la fiscalía, se refería a si el jurado contemplaba un homicidio con legítima defensa. En este caso solo era necesario cinco votos. El tribunal popular ha establecido que existió un uso desproporcionado de los medios de defensa, es decir, que en esa situación Pau Rigo pudo plantearse otras posibilidades, pero optó por disparar contra el asaltante.
https://www.diariodemallorca.es/sucesos/sucesos-mallorca/2023/09/25/crimen-porreres-profesor-uib-cuestiona-92501568.html
#12 venía a mentarte pero veo que ya andas por aquí.
#2 Esperaesperaespera... ¡que lo de que hacian falta dos votos mas de culpable era verdad? ¿Y que cojones hacia el juez!?
Relacionada: El jurado declara culpable al anciano de Porreres que mató a un ladrón
El jurado declara culpable al anciano de Porreres ...
ultimahora.es#1 Esperemos pues que salga absuelto a la segunda. Empezamos a aplicar un poco la lógica, o nuestro modo de vida se va a la mierda
#37 ¿Un sistema judicial aceptando que no es onmipotente y que el ciudadano puede auto administrarse justicia? No pides tu 'ni na'.
Lo que tendrían que hacer es darle una medalla y ponerle una estatua por quitar de en medio a un mierda.
#15 Lo que tendría que haber hecho este pobre hombre es decir que se habían matado entre ellos. A ver, la palabra de unos ladrones to' nerviosos y que no deberían haber estado ahí contra la de un jubilado que puede decir que perfectamente le robaron la escopeta.
Lo que no puede hacer es pretender que le den una medalla. Un aviso: nunca le toques el trabajo al juez en un juicio. Aunque por dentro pienses que hiciste justicia, lo que más le jode al juez es que la gente le quite el trabajo. Eso le jode mucho más que cualquier otra cosa, más que un muerto o que un culpable se vaya de rositas.
Pobre hombre, ahora a juicio otra vez.
Por otro lado: lo de tener dinero en casa y que la gente lo sepa es una muy mala idea (en una noticia leí que los ladrones lo sabían porque había vendido un negocio de tragaperras, hasta monedas tenía el hombre en casa).
#7 En España no. En España eres culpable o inocente
#10 Pues yo estoy harto de ver gente a la que declaran no culpable.
Por ejemplo, un tio que está demostrado que se ha cargado a la mujer a martillazos y lo han declarado no culpable porque consideran que estaba trastornado por los celos.
https://elpais.com/espana/madrid/2023-09-22/un-jurado-popular-considera-probado-que-los-celos-fueron-la-causa-de-que-un-anciano-asesinara-a-su-mujer.html
Y a poco que busques te salen muchos más
https://www.europapress.es/catalunya/noticia-jurado-declara-no-culpable-hombre-acusado-dejar-morir-mujer-manresa-barcelona-20220915124802.html
https://elpais.com/sociedad/2022-10-21/el-jurado-popular-declara-no-culpable-a-la-acusada-de-inducir-el-parricidio-de-vilanova.html
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/Un-jurado-popular-declara-no-culpable-al-unico-acusado-por-el-crimen-de-Salesas-de-Oviedo
#28 #10 #7 #5
En España cuando hay jurado popular, como es el caso de este meneo, el jurado popular puede declarar al acusado como "no culpable".
Sin embargo, cuando la sentencia la dicta enteramente un juez, sin jurado popular, dicho juez no puede sentenciar nunca "no culpable": en este este caso, el juez dice o bien "culpable" [de tal delito] o bien "inocente".
Es lo que leí hace tiempo (en otros meneos).
En otros países al parecer no existe "inocente", lo cual me parece muy razonable y correcto ya que el juez no puede asegurar [casi nunca] (en algunos casos sí) que sea inocente (que es seguro que no ha cometido el delito), solo que no se ha demostrado que lo haya cometido.
Creo que la diferencia que se hace en España es porque el juez, debido a los requisitos que ha debido pasar para llegar a ser juez, se le considera más capacitado/obligado para ir un paso más allá y decir "inocente", no quedarse solamente en "no culpable".
Un cualquiera de un jurado popular, al que no le exige lo mismo que a un juez, no se considera (en general) apto para decir que alguien sea inocente y se debe limitar a decir "no culpable".
#36 Para los abogados queda y no tengo claro qué juzgaría exclusivamente un juez, pero si alguien culpable se libra, por ejemplo, porque las pruebas que lo demuestran no son admisibles en el juicio, me chirría mucho que un juez tenga que declararlo inocente.
Me parece más lógico tener las tres opciones para diferenciar claramente cada caso, especialmente por la gente a la que se pueda declarar inocente.
#38
En España creo que sí, que el juez está obligado a decir "inocente" en ese caso que planteas tú.
De hecho existe una máxima que dice: "toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario".
Por ejemplo, un acusado sabe que es culpable... El juez puede interiormente "sospechar" o pensar alguna hipótesis de que quizá sea culpable, pero la ley le obliga a declarar inocente cuando hay duda ("in dubio pro reo"). En este ejemplo mio, el único que sabría con certeza que es culpable sería el propio acusado (a veces uno piensa que es culpable y la víctima ya estaba muerta: ni siquiera quien "cree" estar seguro de ser culpable tiene por qué serlo siempre) ... El juez solo tendría "sospecha", que la debe guardar en su interior: ningún juez puede afirmar que "sospecha". Dicho juez no tendría seguridad de que es culpable si no hay pruebas que garantizan esa "seguridad". Recordemos que en caso de tener seguridad su obligación es declarar culpable... sería prevaricación que un juez dejase libre a uno que sabe que es culpable. Pero, ojo, de forma rigurosa solo puede "saber" que es culpable si hay pruebas... no puede imaginar que lo "sabe".
Aquí en Meneame puedes decir cosas sin ninguna evidencia, basándote en tus imaginaciones, creencias, opiniones, ideologías, etc... Pero el juez solo puede basarse en hechos probados. Otra cosa sería lo que la ley admite como prueba...
Ale... a gastar otra vez en abogados y procuradores.... que son baratos!!!!
Manda huevos
#30 Si hacemos caso de lo que dices (y de lo que exagera Goyo Jiménez en los monólogos) al pueblo español no le hacen falta armas para defenderse porque nos valen hasta las piedras para acogotar al pelanas que se pase de la raya pero también te recuerdo que somos bastante de pegar la pedrada sin pensar mucho (en los pueblos no ha sido raro eso de que el vecino te amenace con escopeta por una linde) y abrir la mano de las "libertades de armas" no creo que sea solución viendo cómo le va a los estados juntitos y demás países con más apertura en las armas (y que los exámenes psicotécnicos son de risa viendo la de "accidentes" que tenemos)
Pero en general, estamos bastante tranquilitos y los de arriba mil veces más tranquilos (total por números da igual que tengamos palos y piedras que como te asalten el chiringuito suficiente gente, no te salvas ni de coña) y eso es verdad.
#35 Esto ya ha escalado y hace mucho. Los delincuentes no tienen ningún problema, pero ninguno, para armarse en España. Hace unos años, la Guardia Civil pilló un alijo en Sevilla con aks-47 y todo, granadas... Somos uno de los mayores productores de armas del mundo ¿no lo sabías?, pero esta prohibidísimo que un ciudadano normal tenga acceso a una, ni siquiera para proteger su casa y familia.
Hay que hacer auténticos "vericuetos" legales como apuntarse al deporte de tiro olímpico con arma de fuego, competir una vez al año, y pasar unas pruebas de la guardia civil para que te dejen tener un arma en casa, guardada en un armero homologado. Flipa, y no te rías, que si no compites al menos una vez al año, te retiran la licencia y flipa del todo, a entregar tus armas en la Guardia Civil. O sacarte el carnet de coleccionista, y entonces puedes tener armas de fuego de antes del 1890 creo que era... ¿esto es serio o qué? Que te parece...
Yo tengo clarísimo, que nos quieren desarmados, en un país en el que los delincuentes jamás han tenido problema para armarse, y no creo que lo tengan tampoco en cualquier otro país. La retórica de que entonces esto será la selva si todos llevamos armas... joder, que poca fe en el ciudadano, cuando los delincuentes ya las tienen...
Deberían dejarte elegir, la ley no debería entrar hasta esos extremos en la vivienda de cada uno.
#54 Los delincuentes ahora mismo saben que no es necesario ir con mucho para amenazar, funcionan más al descuido y sin gente que con ella porque las cosas se pueden ir mucho de madre y sobretodo investigan a quién robar. Si aparece alguien con una 9mm que va a defender la situación cambia y mucho tanto para ti (no es fácil pegarle un tiro a un tío eh?) como para el ladrón que no irá solo y sí va a estar acostumbrado a usar el arma y viendote a ti con una te lo pegará por si las moscas. El argumento usano de "necesito una glock para proteger mi piso y a mi señora" no lo veo, lo que sí veo es que si no se te permite armarte, que puedas defenderte en tu casa bajo unos supuestos específicos con cierta seguridad pero abrir las opciones a un arma? Ya tenemos suficientes borricos "amantes de los montes" y suficientes accidentes como para permitir que el ciudadano de a pie tenga una.
A mí no me parece ninguna burrada que tengas que justificar que necesitas un arma y que debas guardarla en un armero reglado, es un arma no un juguete. Me parece perfecto que si quieres jugar con un arma, federado y participando o caza si quieres pero tenerla para pegarle un tiro en la cabeza a otro que te ha entrado no. Un arma en manos de alguien no adiestrado no es nunca buena idea.
Yo lo único que tengo claro es que las armas no solucionan nada en manos de quien no esté bien entrenado pero sin duda si no puedes tenerlas, hay que ponerle alguna solución para que por lo menos si te defiendes, no te enchironen a ti por daños al pobre ladrón que quería soplarte la tele y el portátil. O la policía se mete a fondo y no deja chorizo fuera (eso implica que si pillan al caco, no vuelve a ver la luz del sol) o nos dejan patear al ladrón pero tener la población armada no es solución salvo que me digas que ahora todo el mundo ha de tener entrenamiento con armas como los usanos y no parece que les vaya bien precisamente. Burros tenemos en todos lados.
Es el problema de ser "de los honrados" que si juegas con tramposos es común que pierdas.
A lo mejor el error es intencionado
Hace nada encontré a un compañero que decía que ni podías defenderte en tu casa de los ladrones pero parece que este señor se va a escapar precisamente de ser condenado. Igual sí que puedes defenderte en tu casa más de lo que la gente se piensa.
#14 La MIERDA-JUSTICIA (porque no tiene otro nombre) te exije un IMPOSIBLE:
Que en una situación de riesgo extremo, miedo y tensión, seas capaz de valorar fríamente la proporcionalidad de fuerza justa que debes aplicar para proteger a tu familia y tus bienes.
Osea, un hatajo de hijos de perra y vagos que no saben ni trabajar a tiempo, que llaman a juicios a años vista y que emiten sentencias que no pocas veces es para ponerles a un violador o asesino al que sueltan al lado de su puta casa, cuando no condenan con todo el peso de la ley al que roba una barra de pan o van dando carpetazo a expedientes de amigotes, exigen a cada ciudadano de España una capacidad de análisis en tiempo real similar a la de ROBOCOP tuneado con ChatGPT en situación de estress y peligro.
Osea, que si entra alguien en tu casa, primero tienes que fijarte bien, no lleva armas, estas muy jodido. A ostias lo tienes que sacar de tu casa. Lleva un cuchillo, pues tira de otro tú también. Si Katana, echa mano al cuchillo del jamón. Si lleva una pistola, coge el rifle de caza del abuelo...
Vivimos en un sinsentido estúpido de país donde para defender lo tuyo, lo que te ha costado años de trabajo, esfuerzo, no ya que entre un extraño en tu sitio más sagrado, tu hogar, a altas horas de la noche, la ley va a mirar con lupa todas tus reacciones y solo te va a salvar del varapalo de estos sinvergüenzas más amigos del delincuente que de la víctima la presión social ante los despropósitos y desmanes de toda esta chusma con disfrazes del medievo.
Ah, que las leyes no las hacen ellos... claro claro, ni huevos tienen a responsabilizarse de sus sentencias....
#17 Desde luego una revisión no vendría mal porque cuando me comentó PasaPollo eso de "defensa proporcional" me quedé con cara de "entonces tengo que medir la fuerza con la que le suelto el guantazo o que?" Que una cosa es que puedas cargarte a alguien en tu casa porque dices "que ma robao" y otra que tengas que estar con las mandangas de "proporcionalidad" para que no te carguen a ti con el mochuelo de daños perjuicios y homicidios.
Entiendo qué quieren evitar con la ley (que no puedas cargarte a alguien en tu casa con la excusa de robo) pero esto es ridículo sin duda porque como dijo otro user, pongamos que tienes los nervios de acero y le haces astilla la rodilla de un perdigonazo, como tenga amigos te vienen a apalizar por hacerle daño al amigo. Tampoco sé qué solución darle porque si te permiten apalizar al caco igual empiezan a entrar con armas más serias y no un palo o una glock cochambre.
#20 Lo que pasa es que cuando hicieron la Constitución, se dieron cuenta que el pueblo español era "peligroso", vamos, que no nos iban a poder torear porque si le echamos huevos ni Reyes, ni mangantes, ni ostias, y nuestra historia lo demuestra, y eso era un problema muy gordo para los políticos, para los militares, y para la Iglesia.
Así que hicieron una legislación ultra restrictiva con la posesión de armas y las capacidades de defensa del pueblo Español, para darnos bien por el culo sin miedo a que nos podamos defender. Mira como nos ha ido, con cada gobierno que hace y deshace lo que le da la gana. La surrealista situación legal que vives con un intruso es tu casa es fruto colateral de esas restricciones legales tan punitivas.
Un pueblo desarmado es un pueblo indefenso.
#14 La noticia dice que basicamente lo iban a indultar, en todo caso el problema no es eso, es que no tienes garantías jurídicas. Si te agreden, tu no puedes contar de antemano con que a posteriori alguien sentado en una silla que tarda meses o años en deliberar (lo que tu tienes que pensar en el momento) puede ser legítima defensa, los criterios legales/burocráticos, o si tendrás un indulto. Supongo que si sientes que necesitas defenderte, lo mejor es que lo hagas, pero luego aprieta los dientes que lo mismo no te salvas de las consecuencias.
A mi este tipo de situaciones me parecen absurdas, y concuerdo con #17 en que si te entran desconocidos a tu casa, tu no tienes una bola de cristal para saber cuál es la mejor opción, lo mismo no disparas y te torturan, o te matan, no puedes saberlo. Además, de que es una situación que te plantean sin que tengas responsabilidad sobre ella, ni la hayas elegido. Ni puedes saber si dispararles es proporcional, qué armas llevan, o cuales son sus líneas rojas.
El tener que espera a estar en peligro, o que disparen ellos primeros, te pone innecesariamente en la peor situación posible. Soy consciente que seguramente una legislación más permisiva con la legítima defensa pueda tener efectos adversos, como lo que ocurre en EE. UU. pero no puedo evitar que me parezca muy injusto.
#48 Sí, se lo dije a lestat cuando lo hablamos, tampoco me parece bien la ley actual y cuando PasaPollo comentó lo de la proporcionalidad me quedé a cuadros pero no sé qué solución puede haber porque si dejas que la gente apalice al ladrón igual empezamos a tener robos con armas de asalto y no una glock cochambre o igual vuelve un colega del ladrón a reventarte. O igual algún lila decide apalizar a alguien que le cae mal y luego decir que le estaba robando.
Sinceramente no sé qué solución ponerle aunque entienda la razón de la ley como está.
#9
Se ha probado que apretó el gatillo y que eso causó la muerte de otra persona.
Pero a veces eso no es delito ya que puede hacerse en defensa propia... Por tanto, NO se ha corroborado que sea culpable de ningún delito.
Si en el próximo juicio hay al menos 7 de 9 que dicen que sí cometió delito entonces quedará corroborado y será condenado, pero si no fuese así podría ser declarado "no culpable" y ser absuelto, sin poder decir que sea culpable ni que se ha corroborado que "no es inocente".
#9 No exactamente, porque si no se considera crimen por los motivos que sea, pues sería "inocente". Me parece que #42 tiene razón, una cosa es que se confirmen los hechos, y otra su interpretación posterior.
#42 Pero eso lo declararia "no culpable" de ese delito, pero nunca "inocente", ya que realmente lo hizo aunque no se considere culpable del delito
#51
A ver... la palabra "inocente" tiene varios significados pero el principal es "libre de culpa". Es el primero que aparece en el diccionario.
Otro significado es "que causa daño". Según este segundo significado, alguien que ha matado, aunque fuera sin querer y obligado, si ha matado ha causado daño, y, por tanto, no es inocente según este segundo significado.
Pero según el significado primero y principal, si no tiene culpa es exactamente inocente ¡Eso es principalmente lo que significa la palabra!
Aunque es cierto que "culpable" significa "que se puede culpar".
No sé si te refieres a que a veces alguien puede ser "declarado" no culpable aunque sea culpable, aunque tenga culpa... No es imposible, pero alguien puede tener culpa y al mismo tiempo ser "oficialmente inocente" por el hecho de estar "libre de culpa", en el sentido de haber sido absuelto, liberado de la culpa. Parece contradictorio pero no lo es: alguien podría ser "literalmente no inocente" y al mismo tiempo "oficialmente inocente".
Por último, puede parecer MUY sutil, pero no afirmé que fuese "inocente", lo que dije es que no puedes decir / afirmar / asegurar que "no es inocente" alguien que no sea culpable. [excepto en aquel significado secundario de la palabra "inocente" = alguien que no causa o no causó daño]
Casos:
*Caso A* : no sabemos si tiene culpa o no... ni hemos estado en el lugar de los hechos, ni ha concluido un juicio justo y correcto.
Oficialmente toda persona debe ser considerada inocente mientras no se demuestre lo contrario.
De acuerdo, tú no eres un juez, ni un policía, ni un miembro del jurado popular que juzga a esa persona... Y "puedes" decir que en tu opinión "no es inocente".
De acuerdo, puedes dar tu opinión... pero yo te doy la mía: cuando no se sabe algo, mejor callar, es decir, no es bonito decir que alguien no es inocente sin saber todos los detalles.
Desde un punto de vista legal, decir que alguien no es inocente de un delito sin poder probar que no es inocente constituye un delito de calumnia, daños al honor y la imagen de esa persona. Esa persona te podría denunciar por decir eso. Ha ocurrido con comentarios de Internet y en particular en Menéame.
Algunos detalles: el señor afirma que había sufrido otro robo en el que había recibido amenazas, tanto contra él como contra sus nietos. Es decir, no solo había un motivo para pensar que estaba en peligro la vida de él, el anciano, sino también de sus nietos. Aparte, se trata de un anciano, es decir, en inferioridad de condiciones físicas frente a dos jóvenes que entraron a su casa a robar. Y les había advertido que se fueran y que él tenía un arma... Pero los jóvenes no hicieron caso y siguieron acercándose a él... Por tanto, si no disparaba debido a su inferioridad puede ser razonable pensar que estaba en riesgo su vida.
*Caso B* Si sabemos que fue condenado.
En este caso sí podríamos decir que es culpable... Cabe la posibilidad de hubiera recibido una sentencia injusta, ser condenado sin ser culpable, pero por lo menos a efectos legales, cuando alguien fue juzgado con las garantías legales se le puede llamar culpable y no es delito llamárselo.
Aunque el señor fue juzgado y recibió en sentencia el apelativo de culpable, ahora sabemos que esa sentencia no es válida, y, por tanto, ahora ya no se le puede llamar culpable.
*Caso C* No ha recibido sentencia pero alguien sabe que es culpable porque estuvo allí y tiene pruebas...
En este caso es legal y justo llamarle culpable o decir que no es inocente, a pesar de no haber sido juzgado.
No creo que este sea tu caso, y como tampoco es el B, solo queda el A: que no lo sabes y por tanto, no deberías decir ni que sea culpable ni que "no es inocente".
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Lo que hice yo fue limitarme a lo que sé:
No le llamo inocente, porque no sé si es inocente. Aunque sería legal llamarlo inocente, pero preferí ser prudente y no pronunciarme en ese sentido.
Pero, sobre todo, no le llamo "culpable" ni tampoco le llamo "no inocente" porque tampoco lo sé, y porque, a diferencia del párrafo anterior en este caso SÍ es delito tipificado decir esto sin saberlo.
Aparte de lo legal, no me parece ético manchar a un señor anciano... si a ti te parece bien, haz lo que quieras y tú sabrás si estás cometiendo delito por decir eso o no.
Es legal decir que te parece mal, que te parece feo hacer eso, que no te parece "correcto", etc... pero ojo con decir que alguien es culpable o que no es inocente.
Las libertades de cada uno están limitadas por los derechos de los demás. Y el derecho al honor y la imagen de otros está por encima de la libertad de expresión.
#52 Inocente significa que no se cometió el crimen. No culpable significa que no hubo pruebas suficientes para determinar que se cometió el delito.
Aunque pueda parecer que ambos conceptos significan lo mismo, la verdad es que no es así. La diferencia entre declarar al individuo como ‘inocente’ o ‘no culpable' es que en el primero de los dos casos se ha podido comprobar la inocencia del acusado y por lo tanto queda libre de todo cargo.
Por el contrario, una persona es declarada 'no culpable' cuando, aun después de dictaminar sentencia, sigue habiendo evidencias que apuntan a que podría ser culpable del delito pero no hay pruebas suficientes que lo demuestren.
Este segundo caso, el de una persona 'no culpable', se puede dar por pruebas insuficientes, por pruebas conseguidas de manera ilegal o porque el acusado cometió el delito bajo un atenuante, como puede ser un cuadro psicótico.
Lo que el anciano dijo en sede jucidial, delante del juez es que SI, que el mato a ese hombre a tiros, por lo que no es inocente de matar al hombre a tiros, pero el jurado consideró que no era culpable del delito por los atenuantes, y demas pruebas.
pobre hombre, espero que si repiten todo salga inocente y le salga gratis todo esto, esa basura esta mejor muerta que viva, entrar en casa de unos ancianos infundiendoles terror con unos pasamontañas puestos y golpeandolos para robarles, no deberia salir gratis a estos hijos de puta
#29 Entiendo a lo que te refieres pero lo único que le hubiera salido gratis es que para empezar nadie intentara robarle. Llevar en su mente haber matado a alguien, incluso si el lo ve justo, y todo lo que derive del juico es un lastre para su bienestar personal y mental... y ahora otro juicio.
A este hombre le tienen que dar la amnistía, mas que al Puigdemont.
Y quien le va a pagar a este señor el abogado por segunda vez?
Amen del suplicio de padecer el juicio
Si hacían falta 7 de los 9 votos para declararlo culable y solo obtuvo 5.
¿no deberían declararlo inocente y ya está?
Pregunto.
#5 Existe la palabra no culpable también, ¿eh?
#5 No es inocente de cometer el crimen, lo hizo y lo ha corroborado en sala.
Otra cosa es que no sea culpable de el delito que se le imputaba al añadir atenuantes, eximentes, etc ...
#5 Como no tenía ni idea de cómo funcionaba esto, consulté la ley del jurado y creo que esto va así.
El jurado está compuesto por 9 personas.
Primero tienen que votar sobre si los distintos hechos descritos en el juicio según se los plantean los jueces del tribunal se consideran probados o no. Los hechos favorables al acusado se consideran probados si obtienen al menos 5 votos y los no favorables necesitan 7.
Luego se procede a la votación de culpabilidad o inculpabilidad (sic) del delito o delitos. Serán necesarios siete votos para establecer la culpabilidad y cinco votos para establecer la inculpabilidad.
Parece ser que el tribunal planteó al jurado 5 posibles escenarios para los hechos: desde un homicidio tal cual (sin ningún tipo de atenuante) hasta la legítima defensa eximente completa y entre medias distintos estadios de legítima defensa que no eximen de la pena pero atenúan la misma en distintos grados según se considere adecuada la proporcionalidad de la defensa. El jurado votó a favor de una de estas intermedias con una mayoría de 5.
El tema es que solamente se consideró desfavorable para el acusado el escenario de homicidio sin agravantes mientras que todas las demás se consideraron favorables por lo que solamente hacía falta mayoría de 7 para el homicidio sin ningún atenuante. Pero dice el fiscal que un escenario que suponga una condena, aunque atenuada, sigue siendo desfavorable para el acusado y por tanto tendría que tener al menos 7 votos.
#25 Es una forma un poco rara de votar, al menos yo pensaría que tendría más sentido plantear no tanto el escenario completo sino cada punto favorable al acusado por separado.
- En caso de que se considere culpable de homicidio ¿se aplicaría el atenuente de legítima defensa?
En ese caso la pregunta solo puede ser favorable, y tendría sentido que se pueda aplicar ese atenuante con mayoría simple. En fin, supongo que el tramite tendrá sus razones para ser así.
Así es la justicia española, que sólo puede hacerlo bien por error...
¿Este no era el que mató al ladrón en defensa propia pero con unas cuantas de decenas de puñaladas? Me suena haber visto noticia por aquí hace unos meses.
#24 Imagino que te refieres a esta Detenido el vecino de Segorbe que mató a un ladrón en el asalto violento a su casa
Detenido el vecino de Segorbe que mató a un ladrón...
elperiodicomediterraneo.comPero este es otro caso, fue un disparo de escopeta.