Hace 3 años | Por yosoyali a elmundofinanciero.com
Publicado hace 3 años por yosoyali a elmundofinanciero.com

Si al principio los bancos comercializadores de estos créditos ofrecían acuerdos que únicamente reducían el interés de estas tarjetas a un tipo cercano al 20%, sin devolver el dinero y obligando a renunciar a acciones judiciales posteriores, ahora, los afectados se encuentran con un nuevo escollo que superar: la obtención del cuadro de amortización de su tarjeta revolving, imprescindible tanto para calcular qué cantidad debe devolver el banco como para reclamar judicialmente, si fuera necesario.

Comentarios

noexisto

@admin por si tienes que ver el spam de este user con “Reclamador” desde su web y otras (búsqueda rápida, debe de haber más que no estén en la entradilla)
https://www.meneame.net/search?u=yosoyali&q=reclamador

editado:

Efectivamente.
Esta que no tiene apariencia de “reclamador” sí lo tiene dentro de la noticia. ¿Qué ocurre con mis vacaciones si he estado en un ERTE?
Hace 3 años | Por yosoyali a huffingtonpost.es

patchgirl

#4 Gracias, le echamos un ojo!

jonolulu

Dudo que sea legal que te oculten conceptos por los que te están cobrando

D

#1 No lo es. Si se niegan, reclamación al SAC de la entidad, y si se siguen negando, con copia de la negativa, reclamación al Banco de España.

Que esto no es nuevo. Pasa de siempre.

Os aconsejo visitar foroantiusura.com

Lonnegan

El cuadro de amortización de un préstamo se debería exigir antes de firmar cualquier préstamo, siempre